III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2023-24097)
Resolución de 17 de noviembre de 2023, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se publica el Convenio con la Universidad Autónoma de Barcelona, para la realización de prácticas externas curriculares y extracurriculares del alumnado de titulaciones oficiales de grado y máster.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 283

Lunes 27 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 158152

Comunicar las faltas de asistencia, disciplina y cualesquiera otras que, a criterio del
tutor o tutora formativo/a, puedan cometer los estudiantes durante el tiempo de
realización de las Prácticas, lo que podría conllevar la suspensión de las mismas.
Comunicar las renuncias que puedan producirse antes de haberse cumplido el
período de vigencia de las Prácticas y la fecha exacta de dicha renuncia o
incomparecencia.
Facilitar el acceso a CNMV a la persona que ejerza la tutoría académica, para el
cumplimiento de los fines propios de su función.
Emitir al estudiante el documento acreditativo con la descripción de las Prácticas,
especificando su duración, fechas de realización y actividades realizadas.
Emitir el informe final según modelo facilitado por la Universidad.
Sexta. Obligaciones de la Universidad.
La Universidad se compromete a poner a disposición del estudiantado los modelos
de solicitud para participar en el programa de Prácticas, así como a poner a disposición
de CNMV los modelos para que ésta le traslade su oferta de Prácticas.
De igual manera, la Universidad se compromete a convocar, difundir entre su
estudiantado y tramitar, las ofertas de Prácticas que reciba de CNMV en el marco de
este convenio.
La Universidad cumplirá en todo caso los principios de transparencia, publicidad,
accesibilidad universal e igualdad de oportunidades en las prácticas ofertadas.
Séptima.

Adjudicación de las prácticas.

Para cada estudiante que realice las prácticas formativas curriculares en la CNMV se
suscribirá un anexo al presente convenio, que será individual para cada alumno y en él
se reflejarán los datos del estudiante, titulación, créditos ECTS, el proyecto formativo de
las prácticas, en el que se harán constar los objetivos educativos y las competencias que
debe adquirir el estudiante, la fecha de incorporación y finalización de la práctica, horas
totales de la práctica, el horario y lugar de realización, la ayuda al estudio que
corresponda, el tutor designado por la CNMV y el tutor académico.
Para el caso de prácticas formativas extracurriculares, este «anexo» al presente
convenio que será individual para cada alumno se tramitará a través de la plataforma
informática NEXUS gestionada por el Servei d’Ocupabilitat de la Universidad.
La oferta de plazas a favor de los estudiantes de la Universidad se regirá por lo
establecido en el Reglamento de Prácticas Externas de dicha Universidad (depende de
cada Universidad).
La Universidad presentará a la CNMV los candidatos que, dentro de las condiciones
generales del presente convenio, considere idóneos por su adecuación al perfil solicitado
por la CNMV.
La CNMV seleccionará al estudiante/s que reúna/n las mejores condiciones para el
desarrollo del programa formativo y lo/s adscribirá a la unidad o unidades de la
organización en las que puedan conocer y aplicar los aspectos prácticos de su
formación.

La Escuela/Facultad/Centro de la Universidad nombrará una tutora o tutor académico
de entre su profesorado, que tendrá como función el asesoramiento metodológico y
técnico en las áreas de trabajo del estudiante. Asimismo, en CNMV se designará una
persona que ejercerá la tutoría formativa y que desarrolle las funciones de guía,
supervisión y asesoramiento del estudiante mientras realice las prácticas en dicha
entidad. La persona que realice la tutoría formativa realizará y remitirá a la persona que
ejerza la tutoría académica el informe final según el modelo facilitado por la Universidad.

cve: BOE-A-2023-24097
Verificable en https://www.boe.es

Octava. Tutorías.