III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-24091)
Resolución de 16 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Abei Energy CSPV Six, SL, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para el parque eólico Mudarra, de 99,9 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación asociadas, en Valdenebro de los Valles, Villabrágima, Medina de Rioseco y La Mudarra (Valladolid).
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 283

Lunes 27 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 158091

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
24091

Resolución de 16 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Abei Energy CSPV Six, SL,
autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción para el parque eólico Mudarra, de 99,9 MW de potencia
instalada y sus infraestructuras de evacuación asociadas, en Valdenebro de
los Valles, Villabrágima, Medina de Rioseco y La Mudarra (Valladolid).

Abei Energy CSPV Six, SL, en adelante el promotor, solicitó con fecha 18 de agosto
de 2020, subsanada con fechas 7 de octubre de 2020, 15 de octubre de 2020 y 3 de
diciembre de 2020, autorización administrativa previa del parque eólico Mudarra de 100
MW y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Valdenebro de
los Valles, Villabrágima, Medina de Rioseco y La Mudarra, en la provincia de Valladolid.
Mediante Resolución de 5 de abril de 2023 de la Dirección General de Política
Energética y Minas, se otorgó a Abei Energy CSPV Six, SL autorización administrativa
previa para el parque eólico Mudarra de 62,2 MW y sus infraestructuras de evacuación,
en los términos municipales de Valdenebro de los Valles, Villabrágima, Medina de
Rioseco y La Mudarra, en la provincia de Valladolid (en adelante, Resolución de
autorización administrativa previa), publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 97,
de 24 de abril de 2023.
De conformidad con lo dispuesto en la citada Resolución de autorización
administrativa previa, sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes
al proyecto establecidos en la Resolución de 27 de diciembre de 2022 de la Dirección
General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico, por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental favorable
para el proyecto (en adelante, DIA), publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 13,
de 16 de enero de 2023, para la definición del proyecto de ejecución se debían llevar a
cabo, en particular y entre otras, las siguientes modificaciones:

Debido a este condicionante, la potencia total del parque que resulta de sumar las
unitarias de las posiciones autorizadas, con los aerogeneradores descritos en el proyecto
técnico presentado, era de 62,2 MW. Por ello, la citada autorización de autorización
administrativa previa otorgada mediante Resolución de 5 de abril de 2023 de la Dirección
General de Política Energética y Minas autorizaba una potencia instalada de 62,2 MW.
En consecuencia, el promotor remite el proyecto ejecutivo modificado del parque eólico
Mudarra con un total de quince aerogeneradores situados en las posiciones autorizadas,
cuyo modelo es de la misma altura y diámetro que el autorizado, pero aumentando la
potencia unitaria a 6,66 MW, siendo la nueva potencia total del proyecto de 99,9 MW.
En la Resolución de autorización administrativa previa del proyecto, se recogía
expresamente que sería necesario obtener autorización administrativa previa de alguna
de las modificaciones propuestas si no se cumplen los supuestos del artículo 115.2 del
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica.

cve: BOE-A-2023-24091
Verificable en https://www.boe.es

− Los aerogeneradores identificados como M01-1, M01-2, M01-3, M01-4, M01-5,
M01-6, M01- 7, M01-8 y M01-9 quedan informados desfavorablemente y por
consiguiente serán eliminados del proyecto, tal y como se establece en el punto (1.i.6).