II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. TRIBUNAL DE CUENTAS. Personal laboral. (BOE-A-2023-24018)
Resolución de 13 de noviembre de 2023, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se convoca concurso de traslados para la provisión de puestos de trabajo de personal laboral.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 283

Lunes 27 de noviembre de 2023

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del Estado; el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; el Reglamento
General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de
provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de
la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo, y demás disposiciones legales o reglamentarias que resulten de aplicación.
1.2 Este concurso de traslados, así como los actos de desarrollo del mismo, tendrá
en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres en lo que se refiere
al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la
Directiva 2006/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006,
relativa a la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato
entre mujeres y hombres en asuntos de empleo y ocupación, la Ley Orgánica 3/2007,
de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el Acuerdo del Pleno
del Tribunal de Cuentas, de 29 de septiembre de 2014, por el que se aprueba el I Plan
de igualdad entre mujeres y hombres del Tribunal de Cuentas.
1.3 Toda la información del concurso de traslados se realizará en formatos
adecuados, siguiendo los principios de accesibilidad universal y diseño para todas las
personas, definidos en el artículo 2 del texto refundido de la Ley General de derechos de
las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre. Se garantizará la igualdad y no discriminación
de las personas con discapacidad en cuanto a la accesibilidad de la sede electrónica,
todo ello conforme a las prescripciones vigentes en materia de accesibilidad de los sitios
web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público.
1.4 Los datos de carácter personal facilitados por quienes participen en este
concurso de traslados serán tratados por el Tribunal de Cuentas de conformidad con lo
dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos (Reglamento (UE)
2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril del 2016; en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
derechos digitales, y en las demás normas complementarias que resulten aplicables.
1.5 El régimen jurídico aplicable a los puestos de trabajo convocados será el
laboral, regulándose por el Estatuto de los Trabajadores, por el Convenio colectivo para
el personal laboral al servicio del Tribunal de Cuentas y por los acuerdos del Pleno y de
la Comisión de Gobierno del Tribunal de Cuentas que resulten de aplicación.
1.6 Las personas que resulten adjudicatarias de los puestos de trabajo convocados
quedarán sujetas a las normas contenidas en la legislación general sobre
incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones públicas, aplicables al
personal al servicio del Tribunal de Cuentas conforme al artículo 27 del Convenio
colectivo para el personal laboral del Tribunal de Cuentas.
2.

Requisitos y condiciones de participación

2.1.1 Pertenecer a la plantilla laboral del Tribunal de Cuentas como personal laboral fijo.
2.1.2 Pertenecer al mismo grupo profesional y área funcional que aquellos a los
que esté adscrito el puesto de trabajo vacante que en cada caso se solicite. Los grupos y
categorías profesionales son los definidos en el anexo I del Convenio colectivo para el
personal laboral del Tribunal de Cuentas.
2.1.3 Cumplir el requisito de formación que el puesto a proveer exija para su
correcto desempeño y que conste en la definición del puesto en la relación de puestos
de trabajo del Tribunal de Cuentas. El incumplimiento de este requisito conllevará la
exclusión de la persona solicitante, conforme a lo previsto en la base quinta.
2.1.4 Cumplir, además, las condiciones de participación, requisitos y circunstancias
que se señalan en la presente convocatoria y, específicamente, las relativas a cada
puesto de trabajo ofertados en el anexo I de la presente resolución.

cve: BOE-A-2023-24018
Verificable en https://www.boe.es

2.1 Podrán participar en el presente concurso de traslados las personas que
cumplan los siguientes requisitos: