II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Cuerpos de funcionarios docentes. (BOE-A-2023-23967)
Resolución de 23 de noviembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso de traslados de personal funcionario de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Cuerpo a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, Cuerpos de Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de la Formación Profesional y Cuerpo de Maestros, para la provisión de plazas en el ámbito de gestión territorial del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 25 de noviembre de 2023

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tendrá en consideración, únicamente, la última solicitud que se haya registrado y que
esté dentro del plazo de presentación de solicitudes.
2. Documentación justificativa de los requisitos de participación y méritos. Toda la
documentación justificativa de los requisitos y méritos deberán adjuntarse por el mismo
procedimiento de modo electrónico (archivo pdf o zip, capacidad máxima de 10 Mb) en la
sede electrónica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, a través
de los formularios que se encuentran habilitados a tal efecto en la citada página web
https://www.educacionyfp.gob.es/contenidos/profesorado/no-universitarios/funcionariosdocentes/concurso.html.
El participante declarará en la solicitud de participación que reúne los requisitos
exigidos para participar en el presente concurso y que los documentos aportados son
veraces. En el caso de falsedad en los datos y/o en la documentación aportada podrá
ser excluido de su participación en este procedimiento con independencia de las
responsabilidades a que hubiera lugar.
El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes podrá solicitar, en
cualquier momento del procedimiento administrativo, los originales a través de los cuales
se generaron todos los archivos electrónicos incorporados a la solicitud, con el fin de
contrastar su validez y concordancia. Asimismo, se reserva el derecho de proceder
legalmente contra quienes hubieran modificado o alterado documentos originales para
generar los archivos electrónicos incluidos en la solicitud.
Los aspirantes deberán acreditar sus méritos incorporando la documentación
justificativa para su valoración a que se hace referencia en el anexo XIV de esta
convocatoria. Estos méritos deberán relacionarse en los correspondientes apartados de
la solicitud, e incorporarse conforme a lo dispuesto en el punto 1.2 de esta base.
La documentación que debe acompañar a la solicitud es la siguiente:
a) Hoja de servicios certificada y cerrada a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes expedida por los órganos correspondientes de la Dirección
Provincial de la que dependa su centro de destino o, en su caso, por la autoridad
educativa española de la que dependa en el exterior. A estos efectos se tendrán en
consideración aquellas hojas de servicio que hayan sido expedidas a través de
aplicaciones informáticas y certificadas por el órgano competente de la Administración
Educativa, siempre que estén convenientemente firmadas, manual o digitalmente, por la
persona responsable de la unidad de personal de esa Administración Educativa. En el
caso de haber sido firmada de forma manual deberá además tener el sello en original de
dicha unidad. No se considerarán, a estos efectos, las hojas de servicio certificadas por
los centros docentes.
b) Certificación en la que conste la titularidad de la especialidad exigida para las
plazas o puestos solicitados o, en el caso del Cuerpo de Maestros, copia de la
certificación de habilitación expedida por la Dirección Provincial o por la Subsecretaría,
conforme a la normativa anterior a la entrada en vigor del Real Decreto 1364/2010, de 20
de octubre, o el reconocimiento de la especialidad conforme a lo establecido en el
artículo 4 o en la disposición transitoria segunda del Real Decreto 1594/2011, de 4 de
noviembre, o a las Instrucciones de la Subsecretaría, de 10 de noviembre de 2011.
La remisión de esta certificación no será necesaria si en la hoja de servicios
expedida por la Administración Educativa correspondiente constan los datos indicados
en el párrafo anterior.
c) Documento que acredite su derecho a ejercer el derecho preferente a centro,
localidad o ámbito territorial, que será incorporado de oficio por la Dirección Provincial
correspondiente.
d) Documentación justificativa para la valoración de los méritos a los que se hace
referencia en el baremo que aparece como anexo XIV de la presente convocatoria.
Al objeto de simplificar los trámites administrativos que deban realizar los
concursantes, los funcionarios de los Cuerpos que se convocan en la presente

cve: BOE-A-2023-23967
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Núm. 282