V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. (BOE-B-2023-35011)
Resolución de la Dirección General de Energía de 17 de octubre de 2023, por la que se concede a Enel Green Power España, S.L., Autorización Administrativa y Declaración, en concreto, de Utilidad Pública del Parque Fotovoltaico El Matorral, en el término municipal de San Bartolomé de Tirajana. Isla de Gran Canaria. Expediente ER201442.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 24 de noviembre de 2023
Sec. V-B. Pág. 56943
llevará a negociación, para facilitar un acuerdo con los propietarios de forma
amistosa. además, los propietarios de los terrenos siempre estarán informados del
estado del proyecto.
Que respecto a la "ALEGACIÓN QUINTA: Previamente a la realización del
proyecto se ha contado con información facilitada por la subestación eléctrica
Salinas de Matorral, de esta manera se asegura que las conexiones de la línea
subterránea y sus trazados cumplen la normativa ITC-06 de distancias de
seguridad, cruces ya paralelismo que puedan producirse con la presencia de otras
líneas cercanas. Además, para no afectar al acceso de las fincas, se dejará una
servidumbre, siempre estando en contacto con los propietarios para llegar a un
acuerdo y no causar ninguna afección.
Que respecto a la "ALEGACIÓN SEXTA": El acceso a la finca será siempre
coordinado con los propietarios, informándolos con la debida antelación, para
evitar daños sobre la misma y sobre las instalaciones preexistentes, antes del
inicio de las obras de instalación de la línea eléctrica, debiendo del mismo modo, al
finalizar dichas obras, quedar los terrenos en el mismo estado en que se
encontraban al inicio de las mismas, cerrando todas las pistas y caminos en el
mismo estado en que se encontraban, siendo valorados previamente por los
propietarios de las fincas.
Que respecto a la "ALEGACIÓN SEPTIMA": Debido a la posible expropiación,
en caso, de que tuviera que llevarse a cabo, se tendrían en cuenta todos los
parámetros vinculados al uso de la finca, para de esta manera cuantificar su valor
económico.
Que respecto a la "ALEGACIÓN OCTAVA": Se asegura que el proyecto
fotovoltaico Matorral, esta diseñado para satisfacer las necesidades para las que
fue desarrollado, como es la producción de energía eléctrica mediante tecnología
fotovoltaica.
QUINTO.- De la disponibilidad urbanística de los terrenos
5.1.- Con fecha 29/06/2021 Enel Green Power España, S.L. solicita la
declaración de interés general del proyecto objeto de referencia.
5.2.- Con fecha 16/06/2023, mediante Orden N.º 351/2023 del Consejero de
Transición Ecológica, Lucha Contra el Cambio Climático y Planificación Territorial,
se declarara el interés general de las obras necesarias para la ejecución del
Proyecto "Parque Fotovoltaico El Matorral", de 8,8 MW de potencia nominal, en el
Término Municipal de San Bartolomé de Tirajana, Expediente ER201442, de
conformidad con lo establecido en el artículo artículo 6-bis de La Ley 11/1997 de
Regulación del Sector Eléctrico Canario.
5.3.- Con fecha 20/06/2023 es remitida al Ayuntamiento de San Bartolomé de
Tirajana la mencionada Orden N.º 351/2023 del Consejero de Transición
Ecológica, Lucha Contra el Cambio Climático y Planificación Territorial, por la que
se declarara el interés general de las obras necesarias para la ejecución del
Proyecto "Parque Fotovoltaico El Matorral", de 8,8 MW de potencia nominal,
concediéndoles un plazo de 15 días, de conformidad con el artículo 6-bis de la Ley
11/1997, de 2 de diciembre, de Regulación del Sector Eléctrico Canario, a los
efectos de que informen sobre la conformidad o disconformidad con el
planeamiento territorial o urbanístico en vigor del proyecto objeto de referencia.
cve: BOE-B-2023-35011
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 281
Viernes 24 de noviembre de 2023
Sec. V-B. Pág. 56943
llevará a negociación, para facilitar un acuerdo con los propietarios de forma
amistosa. además, los propietarios de los terrenos siempre estarán informados del
estado del proyecto.
Que respecto a la "ALEGACIÓN QUINTA: Previamente a la realización del
proyecto se ha contado con información facilitada por la subestación eléctrica
Salinas de Matorral, de esta manera se asegura que las conexiones de la línea
subterránea y sus trazados cumplen la normativa ITC-06 de distancias de
seguridad, cruces ya paralelismo que puedan producirse con la presencia de otras
líneas cercanas. Además, para no afectar al acceso de las fincas, se dejará una
servidumbre, siempre estando en contacto con los propietarios para llegar a un
acuerdo y no causar ninguna afección.
Que respecto a la "ALEGACIÓN SEXTA": El acceso a la finca será siempre
coordinado con los propietarios, informándolos con la debida antelación, para
evitar daños sobre la misma y sobre las instalaciones preexistentes, antes del
inicio de las obras de instalación de la línea eléctrica, debiendo del mismo modo, al
finalizar dichas obras, quedar los terrenos en el mismo estado en que se
encontraban al inicio de las mismas, cerrando todas las pistas y caminos en el
mismo estado en que se encontraban, siendo valorados previamente por los
propietarios de las fincas.
Que respecto a la "ALEGACIÓN SEPTIMA": Debido a la posible expropiación,
en caso, de que tuviera que llevarse a cabo, se tendrían en cuenta todos los
parámetros vinculados al uso de la finca, para de esta manera cuantificar su valor
económico.
Que respecto a la "ALEGACIÓN OCTAVA": Se asegura que el proyecto
fotovoltaico Matorral, esta diseñado para satisfacer las necesidades para las que
fue desarrollado, como es la producción de energía eléctrica mediante tecnología
fotovoltaica.
QUINTO.- De la disponibilidad urbanística de los terrenos
5.1.- Con fecha 29/06/2021 Enel Green Power España, S.L. solicita la
declaración de interés general del proyecto objeto de referencia.
5.2.- Con fecha 16/06/2023, mediante Orden N.º 351/2023 del Consejero de
Transición Ecológica, Lucha Contra el Cambio Climático y Planificación Territorial,
se declarara el interés general de las obras necesarias para la ejecución del
Proyecto "Parque Fotovoltaico El Matorral", de 8,8 MW de potencia nominal, en el
Término Municipal de San Bartolomé de Tirajana, Expediente ER201442, de
conformidad con lo establecido en el artículo artículo 6-bis de La Ley 11/1997 de
Regulación del Sector Eléctrico Canario.
5.3.- Con fecha 20/06/2023 es remitida al Ayuntamiento de San Bartolomé de
Tirajana la mencionada Orden N.º 351/2023 del Consejero de Transición
Ecológica, Lucha Contra el Cambio Climático y Planificación Territorial, por la que
se declarara el interés general de las obras necesarias para la ejecución del
Proyecto "Parque Fotovoltaico El Matorral", de 8,8 MW de potencia nominal,
concediéndoles un plazo de 15 días, de conformidad con el artículo 6-bis de la Ley
11/1997, de 2 de diciembre, de Regulación del Sector Eléctrico Canario, a los
efectos de que informen sobre la conformidad o disconformidad con el
planeamiento territorial o urbanístico en vigor del proyecto objeto de referencia.
cve: BOE-B-2023-35011
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 281