III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-23933)
Resolución de 20 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Ingenieros Agrónomos de Aragón, Navarra y País Vasco, para el establecimiento de un marco de colaboración para la organización del "IX Foro Nacional de Desarrollo Rural: El Asesoramiento: los sistemas de información y conocimiento agroalimentarios".
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 281

Viernes 24 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 157272

5. Conceder al Ministerio un máximo de 10 plazas exentas del pago de asistencia,
sin derecho a alojamiento o manutención, para asistir al Foro objeto de este convenio.
Estas plazas podrán ser ocupadas por las personas que el Ministerio designe y
comunique formalmente al COIAANPV con la suficiente antelación y en todo caso, un día
antes del inicio del mismo. El resto de las plazas serán cubiertas por los procedimientos
habituales establecidos por el COIAANPV.
6. Destacar la colaboración del Ministerio en cuantos medios se utilicen para la
promoción y difusión del Foro (programa, carteles, publicidad en medios, notas de
prensa, etc.), incorporando, de modo visible, el logotipo oficial del Ministerio y respetando
en todo caso, las directrices de imagen externa que le sean facilitadas a estos efectos.
Cuarta.

Financiación y forma de pago.

1. El presupuesto total para la organización conjunta del Foro asciende a treinta
ocho mil trescientos cincuenta euros (38.350,00 euros).
2. El MAPA aportará la cantidad máxima de dieciocho mil ciento cincuenta euros
(18.150,00 euros) con cargo a la partida presupuestaria 21.01.411M.226.06 de los
Presupuestos Generales del Estado vigentes en el ejercicio 2024.
3. El COIAANPV cofinanciará con veinte mil dos cientos euros (20.200,00 euros)
los costes del desarrollo del Foro.
4. Con el fin de que se pueda llevar a cabo el pago, el Decano del COIAANPV
emitirá una certificación del gasto realizado.
5. El MAPA abonará dicha cantidad en un único pago, en la cuenta a nombre del
COIAANPV, cuenta específica abierta para la organización y financiación del Foro: IBAN
ES34 3025 0013 6114 0000 3123.
Asimismo, la eficacia a efectos económicos del presente convenio queda
condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la aplicación
presupuestaria que corresponda.
Quinta.

Eficacia y duración.

El convenio se perfeccionará con el consentimiento de las partes expresado
mediante su firma y resultará eficaz una vez inscrito en el plazo de 5 días hábiles desde
su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicado en el plazo de diez
días desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».
La duración del presente Convenio se extenderá hasta el 30 de junio de 2024.
Sexta.

Comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio.

a) Interpretar el contenido del convenio y adoptar las decisiones de carácter
operativo necesarias para su correcta aplicación.
b) Efectuar el seguimiento y evaluación del convenio.
3. La Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control se reunirá siempre que se
considere oportuno, al objeto de examinar los resultados de las actividades realizadas en
el marco de este convenio.

cve: BOE-A-2023-23933
Verificable en https://www.boe.es

1. Con el fin de conseguir la máxima operatividad en la aplicación del presente
convenio y velar por el adecuado cumplimiento de sus objetivos, se establece la
Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control de la ejecución del convenio, integrada
por parte del MAPA por un representante de la SGID y por parte del COIAANPV, un
representante.
2. Las funciones de la Comisión serán: