III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Comunidades autónomas. Convenio. (BOE-A-2023-23925)
Resolución de 17 de noviembre de 2023, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica el Convenio con la Cooperación Descentralizada, para la actuación conjunta y coordinada en materia de acción humanitaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 24 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 156949

autorizada por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en sesión
de 10 de mayo de 2023.
– Doña Catalina Cirer Adrover, Consejera de Familias y Asuntos Sociales del
Gobierno de las Illes Balears, nombrada mediante Decreto 9/2023, de 10 de julio, de la
Presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros
del Gobierno de las Illes Balears, y en el ejercicio de las competencias conferidas por el
Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la Presidenta de las Illes Balears, por el que se
establecen las competencias y la estructura básica de las Consejerías de la
Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el
Decreto 16/2023, de 20 de julio, y por el Decreto 17/2023, de 23 de agosto.
– Don Luis Miguel González Gago, Consejero de la Presidencia, en nombre y
representación de la Comunidad Autónoma de Castilla y León y en virtud de las
atribuciones que le son conferidas de acuerdo a lo previsto en el Decreto 1/2022, de 19
de abril, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de reestructuración de
consejerías, y en relación con el Decreto 6/2022, de 5 de mayo, por el que se establece
la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia.
– Don Carlos Daniel Casares Díaz, en su calidad de secretario general de la
Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) con CIF núm. G-28783991,
actuando en nombre y representación de la misma, en desarrollo de las funciones que le
atribuye el artículo 39 apartado 2 de los Estatutos aprobados en el XII Pleno celebrado
en Madrid el día 21 de septiembre de 2019, con domicilio en Madrid, c/ Nuncio, núm. 8.
EXPONEN
Que, entre los principios generales que deberán regir la actuación de todas las
Administraciones Públicas, establecidos en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, se encuentran la cooperación, colaboración y coordinación
entre las Administraciones Públicas.
Que, la mencionada Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, establece que la suscripción de convenios deberá mejorar la eficiencia de la
gestión pública, facilitar la utilización conjunta de medios y servicios públicos, contribuir a
la realización de actividades de utilidad pública y cumplir con la legislación de estabilidad
presupuestaria y sostenibilidad financiera.
Que la Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y
la Solidaridad Global, establece, en su artículo 1, apartado 5, que la política española de
cooperación para el desarrollo sostenible es un elemento integral, central y definitorio de
la Acción Exterior del Estado y, por ello, sujeto al cumplimiento de los objetivos, fines y
directrices de Política Exterior del Gobierno, que se desarrollará conforme a los
principios rectores definidos en la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del
Servicio Exterior del Estado, y desde la colaboración entre Administraciones respetando
el ámbito competencial de cada una de ellas. Que la Agencia Española de Cooperación
Internacional para el Desarrollo (en adelante, AECID) tiene atribuida la coordinación de
la ayuda humanitaria oficial del Estado y, por tanto, se constituye en agente facilitador de
procesos y capacidades del sistema de cooperación humanitario, ofreciendo sus
capacidades, instrumentos y dispositivos para canalizar recursos financieros, humanos y
técnicos en la respuesta a crisis, articulando aquellas contribuciones de la Cooperación
Descentralizada que se establezcan en el ámbito de este convenio en programas cada
vez más complejos, así como la posibilidad de acceder a un seguimiento más profundo.
Que, tal y como reconoce el V Plan Director de la Cooperación española, la
Agenda 2030 requiere de una articulación multinivel y multiactor, comprometiendo, por
tanto, al conjunto de los poderes públicos, al nivel local, regional, nacional e
internacional. Es esencial la actuación coordinada de todos ellos para la consecución de
los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y sus 169 metas en los distintos
territorios promoviendo, en consecuencia, una mejora de las condiciones de vida y
oportunidades de sus habitantes de forma integral. Por consiguiente, el propio Plan

cve: BOE-A-2023-23925
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Núm. 281