II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Especialidades Agrícolas. (BOE-A-2023-23804)
Resolución de 15 de noviembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Especialidades Agrícolas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 23 de noviembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 155751

7.3 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.
7.4 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.
8.

Tribunal

8.1 El tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III
de esta convocatoria.
8.2 El tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por
el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto
las decisiones motivadas que estime pertinentes.
8.3 Las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando
concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre.
8.4 De acuerdo con el artículo 3.14 del Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, por
el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022, se publicará en la
página web del Departamento un breve currículum profesional de las personas que
forman parte del tribunal calificador de este proceso selectivo.
8.5 Se habilita al tribunal calificador para la adopción de cuantas medidas,
instrucciones o resoluciones sean precisas para el normal desarrollo de las pruebas o de
alguna de sus fases, así como para su descentralización, incluida la realización o lectura
de los ejercicios. Para ello, el tribunal podrá acordar la forma, el procedimiento a seguir y
el orden de actuación de las personas aspirantes, en aras a garantizar el cumplimiento
de los principios de libre concurrencia, igualdad y no discriminación, así como la
celeridad, agilidad y eficiencia a la hora de ordenar el desarrollo del proceso selectivo.
8.6 Una vez iniciado el proceso selectivo, las comunicaciones e incidencias
relacionadas con el mismo se deberán dirigir al Tribunal que tendrá su sede en el
Ministerio de Agricultura, Pesca, y Alimentación, Paseo de la Infanta Isabel, 1, 28071
Madrid, dirección de correo electrónico (bzn-selec.itas@mapa.es).
9. Desarrollo del proceso selectivo
9.1 El orden de actuación se iniciará alfabéticamente por el primer apellido de la
letra «W», según lo establecido en la Resolución de 27 de julio de 2023 de la Secretaría
de Estado de Función Pública («Boletín Oficial del Estado» del 29).
9.2 La información sobre este proceso selectivo se podrá consultar en la página web del
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación: www.mapa.gob.es/es/ministerio/
servicios/empleo-publico/oep.aspx, así como en la página web www.administracion.gob.es.
9.3 Cualquier consulta en relación con las bases de esta convocatoria se deberá
dirigir a la dirección de correo electrónico: oposiciones@mapa.es.
10.

Destinos

Con el fin de canalizar los principios contenidos en el artículo 14 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, en las convocatorias de procesos selectivos derivadas de la Oferta de Empleo
Público, se podrá establecer la obligatoriedad de que quienes superen dichas pruebas
soliciten destino utilizando exclusivamente medios electrónicos.
El nombramiento como funcionarios y funcionarias de carrera de quienes superen
este proceso selectivo tendrá lugar en puestos de trabajo adscritos a Centros Directivos
y Organismos Autónomos de este Departamento.

cve: BOE-A-2023-23804
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 280