II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Especialidades Agrícolas. (BOE-A-2023-23804)
Resolución de 15 de noviembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Especialidades Agrícolas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 23 de noviembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 155750

No obstante lo anterior, y de conformidad con lo previsto en el artículo 32.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en la Orden APA 76/2020, en caso de incidencia técnica
que imposibilite la presentación de la solicitud por medios telemáticos, y hasta que se
solucione la incidencia, la Administración podrá determinar una ampliación de los plazos
no vencidos y publicará en la sede electrónica del órgano convocante, tanto la incidencia
técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido:
a) La presentación de la solicitud por vía electrónica se realizará haciendo uso del
servicio Inscripción en Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (http://
administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo
necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica
Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.
La presentación por esta vía permitirá:
– La cumplimentación e inscripción en línea del modelo 790.
– Anexar documentos a la solicitud.
– El pago electrónico de las tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.
– La modificación o subsanación de los datos de la inscripción realizada durante el
plazo de referido.
– La subsanación, en su caso, de la solicitud durante el plazo de subsanación.
En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de
inscripción deberán dirigirse al teléfono 060 o rellenar el formulario de consultas/incidencias,
disponible en la siguiente dirección: https://centrodeservicios.redsara.es/ayuda/consulta/IPS.
b) El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos
previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen los supuestos
y condiciones generales para el pago por vía electrónica de las tasas que constituyen
recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos. La constancia
de correcto pago de las tasas estará avalado por el Número de Referencia Completo (NRC)
emitido por la AEAT que figurará en el justificante de registro.
En el caso de exención del pago de la tasa o de reducción de esta, deberá
adjuntarse escaneada la documentación justificativa relacionada en el anexo IV de esta
convocatoria, si no se da la conformidad al órgano gestor para la verificación de datos en
la plataforma de intermediación.
Cumplimentados todos los datos solicitados, pulsará el botón de «Firma y enviar
inscripción». El proceso de inscripción finalizará correctamente si se muestran el justificante
de registro de la inscripción y, en su caso, del pago en la pestaña «Mis inscripciones».
En el caso de que no sea posible realizar la inscripción electrónica por las personas
aspirantes que la cursen en el extranjero, estas podrán presentarla en las
representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. Estas
solicitudes cursadas en el extranjero acompañarán el comprobante bancario de haber
ingresado los derechos de examen. El ingreso de estas solicitudes podrá efectuarse
directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante
transferencia desde un número de cuenta bancaria abierta en una entidad extranjera, a
la cuenta corriente código IBAN ES06-0182-2370-4902-0020-3962 (código BIC
BBVAESMM) del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de «Tesoro Público.
Ministerio de Política Territorial y Función Pública. Derechos de examen». Este sistema
de pago sólo será válido para las solicitudes que sean cursadas en el extranjero.
El tratamiento de la información por medios telemáticos tendrá en cuenta lo
establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y Garantía de los Derechos Digitales y en el Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril.
7.2 La solicitud se dirigirá a la Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación.
La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

cve: BOE-A-2023-23804
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 280