III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2023-23845)
Resolución de 15 de noviembre de 2023, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con el Instituto para la Competitividad de Castilla y León, para la organización de misiones inversas de compradores del sector de alimentación y bebidas a celebrar en Castilla y León en 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280

Jueves 23 de noviembre de 2023

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Acompañamiento y programación de las agendas de los participantes integrantes de
las misiones inversas.
Preparación de una memoria económica comprensiva de los gastos efectuados por
el Instituto, o documento equivalente disponible en el que igualmente consten los gastos
efectuados por el Instituto, y una Memoria técnica en la que se describan las tareas
realizadas en cada una de las misiones inversas organizadas al amparo del presente
Convenio.
b)

Por parte de ICEX:

Convocar, a través de las Ofecomes en su caso, a los participantes extranjeros en
las misiones inversas.
Seguimiento y supervisión de las agendas de los invitados.
Seguimiento y supervisión de la organización de cada una de las actividades
relacionadas con las misiones inversas que se lleven a cabo bajo el presente Convenio.
Preparación de una memoria económica comprensiva de los gastos efectuados por
ICEX, o documento equivalente disponible en el que igualmente consten los gastos
efectuados por ICEX, y una memoria técnica en la que se describan las tareas realizadas
en cada una de las misiones inversas organizadas al amparo del presente Convenio.
Tercera.

Compromiso económico.

El presupuesto total establecido para las misiones inversas objeto de este Convenio
es de hasta ciento cuatro mil doscientos sesenta y ocho euros con cincuenta céntimos
(104.268,50 euros). De los cuales:
ICEX financiará hasta un importe máximo de cincuenta mil euros (50.000,00 euros)
de los gastos incurridos elegibles, definidos en el apartado 4.1 del Convenio, que hayan
sido generados por las misiones inversas ejecutadas.
Por su parte, el Instituto financiará hasta un importe máximo de cincuenta y cuatro
mil doscientos sesenta y ocho euros con cincuenta céntimos (54.268,50 euros) de los
gastos incurridos elegibles, definidos en el apartado 4.1 del Convenio, que hayan sido
generados por las misiones inversas ejecutadas.
A tales efectos, y de conformidad con el artículo 49.5) de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la partida presupuestaria a la que se
imputará la aportación que corresponde al Instituto será la siguiente:
Año

Aplicación presupuestaria

Importe

Euros

2024

02.22.431A01.64100.0

54.268,50

Gastos elegibles.

Con el importe previsto en la cláusula anterior, se financiarán los siguientes gastos
que pudieran darse en el marco de la ejecución de las misiones inversas llevadas a cabo
a través del presente Convenio.
ICEX, con su aportación, financiará:
El gasto de los desplazamientos internacionales de los misioneros hasta el primer
punto de destino en España.
El alojamiento y demás gastos de manutención en dicho punto de destino.
El desplazamiento hasta dicho alojamiento.
Los gastos de viaje de una persona de ICEX que acompañe a la misión.
Los seguros de viaje internacional y seguro de cancelación.
El desplazamiento internacional de retorno.

cve: BOE-A-2023-23845
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.