III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-23855)
Resolución de 13 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Línea aérea de transporte de energía eléctrica a 400 kV, doble circuito, Itxaso-Castejón/Muruarte y de desmontaje de las líneas aéreas de transporte de energía eléctrica a 220 kV, simple circuito, Itxaso-Orcoyen 1 y 2 (Comunidad Foral de Navarra y TH de Gipuzkoa)".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280
Jueves 23 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 156217
5. El promotor procederá a la restauración de todos los HIC y de las formaciones de
vegetación natural de interés afectados por el proyecto de forma temporal, así como a la
compensación en superficie equivalente de los anteriores afectados permanentemente.
Las restauraciones se realizarán mediante la preparación o acondicionamiento del suelo
e implantación de vegetación con la misma composición específica, proporción de
especies, densidad, etc., que permita la progresión hacia la comunidad preexistente. El
mismo criterio se aplicará a las compensaciones de superficie, que se ubicarán lo más
próximas posible a las afectadas.
6. El proyecto de restauración e integración paisajística previsto por el promotor
concretará, detallará y cuantificará las superficies de plantaciones forestales, de
vegetación de interés y de HIC finalmente afectadas temporal y permanentemente por
las diferentes operaciones del proyecto, así como las acciones de restauración,
revegetación, reforestación, reposición de superficies, compensación, etc. destinadas a
mitigar las afecciones sobre la vegetación de interés y de HIC. Especificará los métodos
de preparación del suelo, especies vegetales a utilizar, métodos de siembra o plantación
y resto de prescripciones técnicas, así como el presupuesto, cronograma y cartografía de
todas las actuaciones a escala de proyecto ejecutivo. Deberá asegurarse la viabilidad y
supervivencia durante la vida útil del proyecto de las formaciones vegetales implantadas,
contemplando la reposición de marras y riegos de mantenimiento si fuera preciso. El
proyecto de restauración deberá contar con la conformidad de las Administraciones
regionales competentes en biodiversidad y se incorporará al proyecto ejecutivo
previamente a la autorización del órgano sustantivo.
7. La señalización de los cables de tierra-fibra óptica con balizas salvapájaros se
realizará, conforme a lo indicado por las Administraciones regionales, en toda la longitud
de la línea 400 kV con dispositivos móviles en forma de aspa con catadióptrico
desarrollado por REE, excepto en los cruces de carreteras, en los que se instalarán
espirales, para evitar producir destellos que puedan afectar a la seguridad. Se colocarán
al tresbolillo en ambos cables de tierra, con una separación máxima de 14 m entre
elementos en cada cable. El balizamiento se acometerá después del izado y tensado de
los conductores en un plazo de cinco días y se incluirá su mantenimiento en las
operaciones generales de conservación de la línea. Las balizas serán repuestas cuando
no cumplan su función por deterioro.
8. En el caso de detectarse mortalidad por colisión con la nueva línea de 400 kV de
ejemplares de especies incluidas en los catálogos regionales y español de especies
amenazadas o en el LESRPE durante el seguimiento, se deberá intensificar de forma
progresiva la señalización de aquellos tramos que provoquen estos sucesos disminuyendo
la distancia entre balizas, sustituyendo el modelo de baliza por el de aspas catadióptricas
fotoluminiscentes o de luz flash, incorporando balizas en los conductores, etc. Finalmente,
si las anteriores medidas resultaran ineficaces en base a los resultados del seguimiento
específico de mortalidad, se procederá a instalar en los apoyos de los tramos conflictivos
nuevos dispositivos anticolisión actualmente en fase de investigación, como cámaras de
vídeo de alta resolución con disuasores de sonido u otros de eficacia probada. El protocolo
de seguimiento de mortalidad del PVA citado más adelante deberá cuantificar el número
de accidentes de ejemplares de las diferentes especies, en función de su categoría de
amenaza, que obligará a introducir las medidas adicionales anteriores.
Paisaje.
9. Conforme a lo informado por la Dirección General de Ordenación del Territorio
del Gobierno de Navarra, en los paisajes singulares en los que se producirán los
principales impactos por intrusión visual de la línea de 400 kV y en los PAE en los que el
EsIA valora el impacto como severo, el promotor deberá estudiar e implantar medidas de
integración paisajística y/o compensatorias que minimicen los impactos, con un
cve: BOE-A-2023-23855
Verificable en https://www.boe.es
Fauna.
Núm. 280
Jueves 23 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 156217
5. El promotor procederá a la restauración de todos los HIC y de las formaciones de
vegetación natural de interés afectados por el proyecto de forma temporal, así como a la
compensación en superficie equivalente de los anteriores afectados permanentemente.
Las restauraciones se realizarán mediante la preparación o acondicionamiento del suelo
e implantación de vegetación con la misma composición específica, proporción de
especies, densidad, etc., que permita la progresión hacia la comunidad preexistente. El
mismo criterio se aplicará a las compensaciones de superficie, que se ubicarán lo más
próximas posible a las afectadas.
6. El proyecto de restauración e integración paisajística previsto por el promotor
concretará, detallará y cuantificará las superficies de plantaciones forestales, de
vegetación de interés y de HIC finalmente afectadas temporal y permanentemente por
las diferentes operaciones del proyecto, así como las acciones de restauración,
revegetación, reforestación, reposición de superficies, compensación, etc. destinadas a
mitigar las afecciones sobre la vegetación de interés y de HIC. Especificará los métodos
de preparación del suelo, especies vegetales a utilizar, métodos de siembra o plantación
y resto de prescripciones técnicas, así como el presupuesto, cronograma y cartografía de
todas las actuaciones a escala de proyecto ejecutivo. Deberá asegurarse la viabilidad y
supervivencia durante la vida útil del proyecto de las formaciones vegetales implantadas,
contemplando la reposición de marras y riegos de mantenimiento si fuera preciso. El
proyecto de restauración deberá contar con la conformidad de las Administraciones
regionales competentes en biodiversidad y se incorporará al proyecto ejecutivo
previamente a la autorización del órgano sustantivo.
7. La señalización de los cables de tierra-fibra óptica con balizas salvapájaros se
realizará, conforme a lo indicado por las Administraciones regionales, en toda la longitud
de la línea 400 kV con dispositivos móviles en forma de aspa con catadióptrico
desarrollado por REE, excepto en los cruces de carreteras, en los que se instalarán
espirales, para evitar producir destellos que puedan afectar a la seguridad. Se colocarán
al tresbolillo en ambos cables de tierra, con una separación máxima de 14 m entre
elementos en cada cable. El balizamiento se acometerá después del izado y tensado de
los conductores en un plazo de cinco días y se incluirá su mantenimiento en las
operaciones generales de conservación de la línea. Las balizas serán repuestas cuando
no cumplan su función por deterioro.
8. En el caso de detectarse mortalidad por colisión con la nueva línea de 400 kV de
ejemplares de especies incluidas en los catálogos regionales y español de especies
amenazadas o en el LESRPE durante el seguimiento, se deberá intensificar de forma
progresiva la señalización de aquellos tramos que provoquen estos sucesos disminuyendo
la distancia entre balizas, sustituyendo el modelo de baliza por el de aspas catadióptricas
fotoluminiscentes o de luz flash, incorporando balizas en los conductores, etc. Finalmente,
si las anteriores medidas resultaran ineficaces en base a los resultados del seguimiento
específico de mortalidad, se procederá a instalar en los apoyos de los tramos conflictivos
nuevos dispositivos anticolisión actualmente en fase de investigación, como cámaras de
vídeo de alta resolución con disuasores de sonido u otros de eficacia probada. El protocolo
de seguimiento de mortalidad del PVA citado más adelante deberá cuantificar el número
de accidentes de ejemplares de las diferentes especies, en función de su categoría de
amenaza, que obligará a introducir las medidas adicionales anteriores.
Paisaje.
9. Conforme a lo informado por la Dirección General de Ordenación del Territorio
del Gobierno de Navarra, en los paisajes singulares en los que se producirán los
principales impactos por intrusión visual de la línea de 400 kV y en los PAE en los que el
EsIA valora el impacto como severo, el promotor deberá estudiar e implantar medidas de
integración paisajística y/o compensatorias que minimicen los impactos, con un
cve: BOE-A-2023-23855
Verificable en https://www.boe.es
Fauna.