III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Adopción internacional. (BOE-A-2023-23706)
Resolución de 7 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Derechos de la Infancia y de la Adolescencia, por la que se suspende la tramitación de nuevos ofrecimientos de adopción internacional en Burkina Faso.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 279

Miércoles 22 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 155464

Segundo.
El artículo 4, apartado 6, de la citada Ley 54/2007, exige como trámite previo a la
determinación de la suspensión de la tramitación de adopciones con cada país de origen
de los menores, que se haya recabado información de los organismos acreditados; sin
embargo, no existe ningún organismo acreditado, en estos momentos, en Burkina Faso.
Asimismo, también se ha solicitado información a terceros países, posibilidad que
contempla el apartado 2 del mismo precepto.
Tercero.
En virtud de lo previsto en el artículo 3 del Real Decreto 452/2020, de 10 de marzo,
por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos
Sociales y Agenda 2030, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el
que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, la
Dirección General de Derechos de la Infancia y de la Adolescencia es el órgano
competente para la suspensión de la tramitación de adopciones con cada país de origen
de las personas menores de edad.
En aplicación de las normas citadas, y teniendo en cuenta la propuesta formulada
por la Comisión Sectorial de Infancia y Adolescencia, en su reunión del día 30 de junio
de 2023, esta Dirección General resuelve:
Primero.
Suspender la tramitación de nuevos ofrecimientos de adopción internacional de
personas menores de edad nacionales de Burkina Faso.
Segundo.
La Dirección General de Derechos de la Infancia y de la Adolescencia, en
colaboración con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y las
Entidades Públicas de las Comunidades Autónomas, garantizará el envío de los informes
de seguimiento post-adoptivo de las personas menores de edad adoptadas en Burkina
Faso, a la Autoridad Central competente en materia de adopción de dicho país, conforme
a su legislación, para dar cumplimiento al compromiso adquirido por las Entidades
Públicas de Protección a la infancia, de remisión de los mencionados informes.
Tercero.
Notificar la presente resolución al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y
Cooperación y a las Entidades Públicas competentes en materia de protección a la
infancia.

Madrid, 7 de noviembre de 2023.–La Directora General de Derechos de la Infancia y
de la Adolescencia, Lucía Losoviz Adani.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2023-23706
Verificable en https://www.boe.es

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse
recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Derechos Sociales en el plazo de un
mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.