III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-23693)
Resolución de 26 de octubre de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Cartagena n.º 3, por la que se suspende la inscripción de una edificación declarada por antigüedad por no estar terminada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 279

Miércoles 22 de noviembre de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
23693

Resolución de 26 de octubre de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
de la registradora de la propiedad de Cartagena n.º 3, por la que se suspende
la inscripción de una edificación declarada por antigüedad por no estar
terminada.

En el recurso interpuesto por don Juan Isidro Gancedo del Pino, notario de Torre
Pacheco, contra la nota de calificación de la registradora de la Propiedad de Cartagena
número 3, doña Marta Amat Garrido, por la que suspende la inscripción de una
edificación declarada por antigüedad por no estar terminada.
Hechos
I
Mediante escritura autorizada el día 22 de julio de 2022 por el notario de Torre
Pacheco, don Juan Isidro Gancedo del Pino, con el número 1.436 de protocolo, doña M.
G. M., como dueña de la finca registral número 44.531 del Registro de la Propiedad de
Cartagena número 3, consistente en una parcela de terreno de 266 metros cuadrados
sobre la que existía construida un edificio compuesto de planta baja destinada a
almacén, ocupando la totalidad de la parcela, declaraba por antigüedad la reforma y
adecuación del almacén en dos locales y la construcción parcial de dos viviendas, y,
seguidamente, dicha edificación la constituía en régimen de propiedad horizontal,
resultando cuatro elementos privativos, los cuales donaba respectivamente a sus hijos.
En dicha escritura, doña M. G. M. declaraba que «se llevó a cabo aproximadamente
en el año 1996 la reforma y adecuación del almacén de planta baja en dos locales y se
inició la construcción de dos viviendas sobre dichos locales, construcción que,
parcialmente ejecutada, quedó paralizada poco después».
II
Presentada dicha escritura en el Registro de la Propiedad de Cartagena número 3,
fue objeto de la siguiente nota de calificación:
«Entrada N.º: 1883/2023.
Asiento: 12 del Diario 35.
Examinado el precedente documento que fue presentado este Registro el día 08 de
junio de 2023 con el asiento arriba indicado, el Registrador que suscribe suspende su
inscripción, con arreglo a los siguientes hechos y fundamentos de derecho:

Se presenta en el Registro escritura autorizada el 22 de julio de 2022 por el notario
de Torrepacheco Don Juan Isidro Gancedo del Pino, protocolo n.º 1436/2022, por la que
Doña M. G. M., como dueña de la finca registral 44531 de la sección de Fuente Álamo,
consistente en una parcela de terreno de 266 m2 sobre el que existe construida un
edificio compuesto de planta baja destinado a almacén ocupando la totalidad de la
parcela declara por antigüedad la reforma y adecuación del almacén en dos locales y la
construcción parcial de dos viviendas, y seguidamente dicha edificación la constituye en

cve: BOE-A-2023-23693
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Hechos