III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-23694)
Resolución de 26 de octubre de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Arrecife, por la que, tras la tramitación del procedimiento del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, se deniega la inscripción de la georreferenciación de una finca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 279

Miércoles 22 de noviembre de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
23694

Resolución de 26 de octubre de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la propiedad de Arrecife, por la que, tras la tramitación del
procedimiento del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, se deniega la inscripción
de la georreferenciación de una finca.

En el recurso interpuesto por don A. R. C. M. contra la nota de calificación del
registrador de la Propiedad de Arrecife, don Antonio Díaz Marquina, por la que, tras la
tramitación del procedimiento del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, se deniega la
inscripción de la georreferenciación de una finca.
Hechos
I
Mediante instancia suscrita por don A. R. C. M., en unión de certificado administrativo
de no invasión expedido por el Cabildo de Lanzarote, de fecha 7 de septiembre de 2022,
se solicitaba la inscripción de la representación gráfica correspondiente a finca registral
número 22.487 de San Bartolomé, acompañando sentencia expedida por el Juzgado de
Primera Instancia número 5 de Arrecife, en el procedimiento ordinario número 501/2016.
II
Presentada dicha instancia en el Registro de la Propiedad de Arrecife, fue objeto de
la siguiente nota de calificación:
«Certifico que, previa calificación jurídica del documento reseñado, consultados los
antecedentes del Registro, he procedido a su calificación negativa en base a los
siguientes:
Hechos:
Con fecha 24/01/2023 se presenta instancia de fecha veinticinco de abril del año dos
mil veintidós, suscrita por la que A. R. C. M., en unión de certificado administrativo de no
invasión, expedido por el Cabildo de Lanzarote, de fecha 07/09/2022 solicitando la
inscripción de la representación gráfica correspondiente a finca número 22487 de San
Bartolomé, en unión de Sentencia expedida por el Juzgado de Primera Instancia N.º 5,
procedimiento 501/2016.

Los documentos de todas clases, susceptibles de inscripción, se hallan sujetos a
calificación por el Registrador, quien, bajo su responsabilidad, ha de resolver acerca de
la legalidad de sus formas extrínsecas, la capacidad de los otorgantes, y la validez de los
actos contenidos en los mismos, de conformidad con lo establecido en los artículos 18
y 19 de la Ley Hipotecaria, y 98 a 100 del Reglamento para su ejecución.
Conforme a lo anterior y vistos los artículos 9, 10 y 199 de la Ley Hipotecaria, así
como Resoluciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 8 de
junio de 2016, 19 de julio de 2016, de 3 de octubre de 2016, 10 de octubre de 2016, 14
de noviembre de 2016, 28 de noviembre de 2016, y 20 de diciembre de 2016, se ha
procedido a calificar el documento presentado que adolece del siguiente defecto que se

cve: BOE-A-2023-23694
Verificable en https://www.boe.es

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