III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-23687)
Resolución de 24 de octubre de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Dos Hermanas n.º 3, por la que se deniega la inscripción de la georreferenciación de una finca registral y la consiguiente rectificación de la descripción de la finca, por existir dudas en la identidad de la finca, que procede de segregación, e indicios de operaciones de modificación de entidad hipotecaria encubiertas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 279

Miércoles 22 de noviembre de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
23687

Resolución de 24 de octubre de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la propiedad de Dos Hermanas n.º 3, por la que se deniega
la inscripción de la georreferenciación de una finca registral y la consiguiente
rectificación de la descripción de la finca, por existir dudas en la identidad de
la finca, que procede de segregación, e indicios de operaciones de
modificación de entidad hipotecaria encubiertas.

En el recurso interpuesto por don J. C. C. contra la nota de calificación del registrador
de la Propiedad de Dos Hermanas número 3, don Jacobo Jesús Fenech Ramos, por la
que se deniega la inscripción de la georreferenciación de una finca registral y la
consiguiente rectificación de la descripción de la finca, por existir dudas en la identidad
de la finca, que procede de segregación, e indicios de operaciones de modificación de
entidad hipotecaria encubiertas.
Hechos
I
Mediante instancia privada suscrita el día 8 de junio de 2023 por don J. C. C., cuya
firma estaba legitimada notarialmente, como titular registral de la finca número 5.202 del
término municipal de Dos Hermanas, se solicitaba el inicio de un expediente del
artículo 199 de la Ley Hipotecaria para la inscripción de la georreferenciación alternativa
y la consiguiente rectificación de la descripción de la citada finca.
II
Presentado dicha instancia en el Registro de la Propiedad de Dos Hermanas
número 3, fue objeto de la siguiente nota de calificación:
«Calificación negativa.
Calificado el documento que tuvo entrada número 3936/2023 conforme al artículo 18
de la Ley Hipotecaria y concordantes de su Reglamento no se han practicado las
operaciones solicitadas por haberse apreciado circunstancias que han sido objeto de
calificación desfavorable con arreglo a los siguientes:

1.º A las once horas cuarenta y cinco minutos del nueve de junio de dos mil
veintitrés fue presentada a través de correo instancia privada suscrita por don J. C. C. en
la que se solicita la inscripción de la representación gráfica alternativa de la finca
registral 5202, con Código Registral Único 41019000648669. Dicha solicitud causó el
asiento 828 del Diario 124 de Operaciones de este Registro.
2.º La finca figura inscrita con la siguiente descripción: Urbana. Parcela de terreno
al sitio de “(…)” del término de Dos Hermanas, con una superficie de cuatro mil
veinticuatro metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados y que linda Norte, finca
de Internacional Olivarera, S.A.; finca segregada bajo la letra C9 anterior en su porción
destinada a vial de comunicación entre las rotondas interiores; Sur, con finca matriz de la
que se segrega; Este, parcela M-1 y terrenos de la finca matriz de la que se segregó y
Oeste, terrenos de la finca matriz que se segregó y rotonda.”

cve: BOE-A-2023-23687
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Hechos.