III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-23688)
Resolución de 24 de octubre de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador mercantil XXIII de Madrid, por la que se suspende la inscripción de una escritura de elevación a público de acuerdos sociales.
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Núm. 279

Miércoles 22 de noviembre de 2023

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estricta del principio de legalidad (artículo 18 del Código de Comercio). Con
independencia del juicio particular que merezca al recurrente la norma legal y las
inevitables consecuencias negativas para la gestión social que de ella se derivan, resulta
evidente que esta Dirección General no puede amparar la solicitud de que se prescinda
pura y llanamente del mandato legal. Tampoco se puede estimar la pretensión de que se
permita una inscripción de la designación del liquidador a los solos efectos de obtener la
firma digital, inscripción no prevista en la Ley (artículo 22.2 del Código de Comercio en
relación con el artículo 94 del Reglamento del Registro Mercantil), y que carece de
cualquier amparo normativo.
En consecuencia, esta Dirección General ha acordado desestimar el recurso y
confirmar la nota de calificación del registrador.
Contra esta resolución los legalmente legitimados pueden recurrir mediante demanda
ante el Juzgado de lo Mercantil de la provincia donde radica el Registro, en el plazo de
dos meses desde su notificación, siendo de aplicación las normas del juicio verbal,
conforme a lo establecido en la disposición adicional vigésima cuarta de la Ley 24/2001,
27 de diciembre, y los artículos 325 y 328 de la Ley Hipotecaria.

cve: BOE-A-2023-23688
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 24 de octubre de 2023.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública, Sofía Puente Santiago.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X