II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-23676)
Resolución de 13 de noviembre de 2023, de la Universidad Politécnica de Cartagena, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 279
Miércoles 22 de noviembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 155179
aspectos que estime relevantes en relación con el trabajo expuesto, durante un tiempo
máximo de dos horas.
Finalizada la prueba, la Comisión de Selección de forma colectiva, o cada uno de sus
miembros por separado, elaborarán un informe razonado sobre la valoración que le
merece cada concursante.
A la vista del informe, la Comisión procederá a la valoración de cada uno de los
candidatos, con asignación de la puntuación numérica correspondiente a este segundo
ejercicio. No superarán esta prueba los concursantes que no obtengan la puntuación
mínima establecida en el baremo.
Novena.
Propuesta de adjudicación.
9.1 La Comisión elevará al Vicerrector una propuesta motivada con carácter
vinculante, en la que se relacionarán todos los candidatos por orden de preferencia para
su nombramiento y sin que se pueda exceder en la propuesta el número de plazas
convocadas a concurso. El concurso podrá concluir con la propuesta de la Comisión
de no proveer alguna o la totalidad de las plazas convocadas.
9.2 Esta propuesta de adjudicación deberá ir acompañada de una valoración
individualizada de cada uno de los concursantes, con asignación de puntuación numérica
referida al baremo aplicado y la indicación de aptitud o no aptitud para la plaza, sin que
sea posible la abstención del desempeño de la tarea evaluadora por los miembros
de la Comisión.
9.3 La propuesta de adjudicación se publicará en el Tablón Oficial Electrónico
de la UPCT.
9.4 Formulada la propuesta, el Secretario de la Comisión, en el plazo de cinco días
hábiles siguientes al de finalización de sus actuaciones, entregará a la Unidad de
Recursos Humanos el expediente administrativo del concurso, incluidos los currículos,
las publicaciones y los documentos y trabajos presentados por los candidatos. Esta
documentación, una vez finalizado el concurso y siendo firme la resolución del mismo,
les podrá ser devuelta a los concursantes si así lo solicitan. En todo caso, transcurridos
tres meses desde que el proceso devino firme, sin que los interesados hayan solicitado
la devolución de la documentación, se procederá a su destrucción, previa notificación
de tal actuación.
9.5 Los concursantes podrán acceder a los informes o valoraciones efectuadas por
los miembros de la Comisión, y tendrán derecho a la expedición de las correspondientes
copias.
9.6 Los concursantes que no hayan sido nombrados para la plaza no podrán alegar
ningún derecho sobre plazas vacantes, cualquiera que sea la Universidad a la que
pertenezcan las mismas.
10.1 Contra la propuesta de la Comisión evaluadora, que no pone fin a la vía
administrativa, los aspirantes admitidos al concurso podrán presentar reclamación ante
el Vicerrector en el plazo máximo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a
su publicación. Admitida a trámite la reclamación, siempre que cumplan las formalidades
y plazos previstos, se suspenderán los nombramientos hasta su resolución.
10.2 La reclamación será valorada por la Comisión de Reclamaciones de la
Universidad, cuya composición y actuaciones están definidas en el artículo 10 del Real
Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos
de acceso a cuerpos docentes universitarios y artículo 101 de los Estatutos de la UPCT.
10.3 La Comisión de Reclamaciones oirá a los miembros de la Comisión contra
cuya propuesta se hubiera presentado la reclamación, y concederá trámite de audiencia
a los candidatos que hubieran participado en las mismas.
Esta Comisión examinará el expediente relativo al concurso para velar por las garantías
establecidas y ratificará o no la propuesta reclamada en el plazo máximo de tres meses,
cve: BOE-A-2023-23676
Verificable en https://www.boe.es
Décima. Reclamaciones.
Núm. 279
Miércoles 22 de noviembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 155179
aspectos que estime relevantes en relación con el trabajo expuesto, durante un tiempo
máximo de dos horas.
Finalizada la prueba, la Comisión de Selección de forma colectiva, o cada uno de sus
miembros por separado, elaborarán un informe razonado sobre la valoración que le
merece cada concursante.
A la vista del informe, la Comisión procederá a la valoración de cada uno de los
candidatos, con asignación de la puntuación numérica correspondiente a este segundo
ejercicio. No superarán esta prueba los concursantes que no obtengan la puntuación
mínima establecida en el baremo.
Novena.
Propuesta de adjudicación.
9.1 La Comisión elevará al Vicerrector una propuesta motivada con carácter
vinculante, en la que se relacionarán todos los candidatos por orden de preferencia para
su nombramiento y sin que se pueda exceder en la propuesta el número de plazas
convocadas a concurso. El concurso podrá concluir con la propuesta de la Comisión
de no proveer alguna o la totalidad de las plazas convocadas.
9.2 Esta propuesta de adjudicación deberá ir acompañada de una valoración
individualizada de cada uno de los concursantes, con asignación de puntuación numérica
referida al baremo aplicado y la indicación de aptitud o no aptitud para la plaza, sin que
sea posible la abstención del desempeño de la tarea evaluadora por los miembros
de la Comisión.
9.3 La propuesta de adjudicación se publicará en el Tablón Oficial Electrónico
de la UPCT.
9.4 Formulada la propuesta, el Secretario de la Comisión, en el plazo de cinco días
hábiles siguientes al de finalización de sus actuaciones, entregará a la Unidad de
Recursos Humanos el expediente administrativo del concurso, incluidos los currículos,
las publicaciones y los documentos y trabajos presentados por los candidatos. Esta
documentación, una vez finalizado el concurso y siendo firme la resolución del mismo,
les podrá ser devuelta a los concursantes si así lo solicitan. En todo caso, transcurridos
tres meses desde que el proceso devino firme, sin que los interesados hayan solicitado
la devolución de la documentación, se procederá a su destrucción, previa notificación
de tal actuación.
9.5 Los concursantes podrán acceder a los informes o valoraciones efectuadas por
los miembros de la Comisión, y tendrán derecho a la expedición de las correspondientes
copias.
9.6 Los concursantes que no hayan sido nombrados para la plaza no podrán alegar
ningún derecho sobre plazas vacantes, cualquiera que sea la Universidad a la que
pertenezcan las mismas.
10.1 Contra la propuesta de la Comisión evaluadora, que no pone fin a la vía
administrativa, los aspirantes admitidos al concurso podrán presentar reclamación ante
el Vicerrector en el plazo máximo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a
su publicación. Admitida a trámite la reclamación, siempre que cumplan las formalidades
y plazos previstos, se suspenderán los nombramientos hasta su resolución.
10.2 La reclamación será valorada por la Comisión de Reclamaciones de la
Universidad, cuya composición y actuaciones están definidas en el artículo 10 del Real
Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos
de acceso a cuerpos docentes universitarios y artículo 101 de los Estatutos de la UPCT.
10.3 La Comisión de Reclamaciones oirá a los miembros de la Comisión contra
cuya propuesta se hubiera presentado la reclamación, y concederá trámite de audiencia
a los candidatos que hubieran participado en las mismas.
Esta Comisión examinará el expediente relativo al concurso para velar por las garantías
establecidas y ratificará o no la propuesta reclamada en el plazo máximo de tres meses,
cve: BOE-A-2023-23676
Verificable en https://www.boe.es
Décima. Reclamaciones.