III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-23604)
Resolución de 31 de octubre de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por el registrador de la propiedad de Las Palmas de Gran Canaria n.º 4, por la que se rechaza la toma de razón de anotaciones preventivas de embargo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 278

Martes 21 de noviembre de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
23604

Resolución de 31 de octubre de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
extendida por el registrador de la propiedad de Las Palmas de Gran Canaria
n.º 4, por la que se rechaza la toma de razón de anotaciones preventivas de
embargo.

En el recurso interpuesto por doña K. C. M. V. contra la nota de calificación extendida
por el registrador de la Propiedad de Las Palmas de Gran Canaria número 4, don José
Antonio Utrera-Molina Gómez, por la que se rechaza la toma de razón de anotaciones
preventivas de embargo.
Hechos
I
Por doña R. H. R., letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera
Instancia número 15 de las Palmas de Gran Canaria, se dictó decreto el día 21 de junio
de 2023 dirigido al Registro de la Propiedad de Las Palmas de Gran Canaria número 4,
derivado del procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 24/2020, en el que
actuaba como actora doña K. C. M. V. y como demandado don R. F. S. S., del que
resultaba que se declaraban embargados cinco inmuebles por vía de mejora de embargo
en cuanto al 16,66%. Dichos inmuebles se describían por referencia a su naturaleza
urbana o rústica, su referencia catastral, calle y número o polígono y parcela para las
rústicas y municipio donde se ubicaban.
II
Presentado dicho mandamiento en el Registro de la Propiedad de Las Palmas
de Gran Canaria número 4, fue objeto de la siguiente nota de calificación:
«De conformidad con el artículo 322 de la Ley Hipotecaria pongo en su conocimiento
la calificación del documento presentado el día 22/06/2023 y suscrito en Las Palmas de
Gran Canaria el 21/06/2023 por Juzgado de Primera Instancia número 15 de Las Palmas
de Gran Canaria, número 24/2020 y previa calificación por don José Antonio UtreraMolina Gómez, titular del Registro de la Propiedad número 4 de Las Palmas y su distrito
hipotecario, provincia de Las Palmas, Tribunal Superior de Justicia de Canarias, no se
practica inscripción alguna porque falta la previa inscripción a favor del demandado,
en los términos que seguidamente se exponen.
Dicha calificación se basa en los siguientes:

1.º Presentado el precedente documento en esta Oficina el día 22/06/2023,
asiento 1310 del tomo 117 del Diario, entrada número 4172 de 2023.
2.º En el documento presentado se dispone la anotación de embargo de fincas
descritas con su referencia catastral y ubicación, sin que se aporten los datos precisos
para su determinación registral: número de CRU, datos registrales o descripción
completa.
Sin embargo, hechas las buscas registrales posibles, resulta que no consta finca
alguna inscrita a nombre del demandado. Pero ha sido posible localizar las

cve: BOE-A-2023-23604
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Hechos: