III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-23600)
Resolución de 30 de octubre de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Salou a inscribir una escritura de compraventa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 278

Martes 21 de noviembre de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
23600

Resolución de 30 de octubre de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del
registrador de la propiedad de Salou a inscribir una escritura de compraventa.

En el recurso interpuesto por don Manuel Pablo Sarobe Oyarzun, notario de Valls,
contra la negativa del registrador de la Propiedad de Salou, don Juan Pablo de la Cruz
Martín, a inscribir una escritura de compraventa.
Hechos
I
Mediante escritura autorizada el día 19 de mayo de 2023 por el notario de Valls, don
Manuel Pablo Sarobe Oyarzun, con el número 888 de protocolo, la sociedad
«Alimentación Sirvent, SL» vendió a «Grup Argelaga, SL» un local comercial arrendado
a la sociedad «Fragadis, SL», según contrato de arrendamiento cuya copia se
incorporaba a la escritura, en la que dicho notario hacía constar que se le había exhibido,
además, copia autorizada electrónica de la escritura –cuyos datos identificativos se
reseñaban, otorgada el día 17 de mayo de 2023– en la que la sociedad arrendataria
había renunciado a los derechos de adquisición preferente que le correspondían.
II
Presentada dicha escritura de compraventa en el Registro de la Propiedad de Salou,
fue objeto de la siguiente nota de calificación:
«N.º Protocolo: 888/2023.
Calificación del documento que ha originado el asiento de presentación n.º 2038 del
diario 81.
Escritura autorizada por el notario de Valls don Manuel Pablo Sarobe Oyarzun el
día 19 de mayo de 2023, número 888 de su protocolo, para la práctica de inscripción de
compraventa, pongo en su conocimiento que, no se ha practicado su inscripción y que,
con fecha de hoy, ha sido emitida por el Registrador que suscribe la siguiente
calificación.

Primero. En la escritura que se califica se formaliza la venta de la finca 64149 de este
Registro de la Propiedad.
Copia electrónica de dicha escritura fue presentada el día de su autorización bajo el
asiento 2038 del diario 81 acreditándose el cumplimiento de lo dispuesto en el art. 254.1
de la Ley Hipotecaria el día 16 de junio pasado.
Segundo. La finca es un local comercial que, según manifestación de los
vendedores, se encuentra arrendado a la mercantil Fragadís, S.L. Se incorpora el
contrato de arrendamiento de fecha 20 de enero de 2011 del que resulta que no se han
excluido los derechos de adquisición preferente que determina el art. 31 de la Ley de
Arrendamientos Urbanos en relación con el art. 25 de la misma ley.
Se hace constar en la escritura que la mercantil Fragadís, S.L. mediante una
escritura otorgada en Tarragona el día 17 de mayo de 2023 ante el notario Ángel María
Doblado Romo, número 1597 de su protocolo, copia autorizada electrónica de la cual ha

cve: BOE-A-2023-23600
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Hechos.