II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-23588)
Resolución de 15 de noviembre de 2023, de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 278

Martes 21 de noviembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 154790

de 3 de diciembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de
servicios postales, en el que se establece lo siguiente:
«Las solicitudes, escritos y comunicaciones que los ciudadanos o entidades dirijan a
los órganos de las administraciones públicas, a través del operador al que se le ha
encomendado la prestación del servicio postal universal, se presentarán en sobre abierto
con objeto de que en la cabecera de la primera hoja del documento que se quiera enviar,
se hagan constar, con claridad, el nombre de la oficina y la fecha, el lugar, la hora y el
minuto de su admisión. El remitente también podrá exigir que se hagan constar las
circunstancias del envío, previa comparación de su identidad con el original, en la
primera página de la copia, fotocopia u otro tipo de reproducción del documento principal
que se quiera enviar, que deberá aportarse como forma de recibo que acredite la
presentación de aquél ante el órgano administrativo competente.
Practicadas las diligencias indicadas, el propio remitente cerrará el sobre, y el empleado
formalizará y entregará el resguardo de admisión, cuya matriz archivará en la oficina.
Los envíos aceptados por el operador al que se encomienda la prestación del
servicio postal universal, siguiendo las formalidades previstas en este artículo, se
considerarán debidamente presentados, a los efectos previstos en el artículo 38 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999 (BOE 14 de
enero) y su normativa de desarrollo (art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).»
3.3

Junto con la solicitud se acompañará la siguiente documentación:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad para las y los aspirantes que
posean nacionalidad española.
Las y los aspirantes que no posean nacionalidad española y tengan derecho a
participar, deberán presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en
su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a
expensas o estar a cargo de nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo
cuando esta circunstancia proceda. Asimismo, en el caso de aquellas y aquellos
aspirantes que participen en el concurso por su condición de cónyuges deberán
presentar, además de los documentos señalados, declaración jurada o promesa de no
hallarse separados de derecho de sus respectivos cónyuges.
b) Fotocopia simple de los documentos que acrediten el cumplimiento de los
requisitos específicos establecidos en la base 2.2 (acreditación Aneca para el Cuerpo de
Catedráticos y Catedráticas de Universidad).
c) Documento acreditativo del ingreso de las cantidades establecidas como
derechos de examen.
d) Titulo o certificado acreditativo de la competencia del conocimiento requerido del
euskera o idioma no oficial, en su caso.
e) Declaración jurada (anexo IV).
Admisión de aspirantes

4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Universidad publicará en
el tablón de anuncios del Personal Docente e Investigador y en la página web de la
UPV/EHU, la resolución por la que se aprueba la relación provisional de personas
admitidas y excluidas del concurso, con indicación del motivo de la exclusión. El plazo
para interponer reclamaciones contra la relación provisional de personas admitidas y
excluidas, así como para subsanar los defectos de que adolezca será, asimismo, de diez
días hábiles a partir de su publicación en la página web de la UPV/EHU.
4.2 En el supuesto de tratarse de una plaza con perfil lingüístico bilingüe el
conocimiento del euskera se acreditará conforme a lo establecido en la base 2.2.2.

cve: BOE-A-2023-23588
Verificable en https://www.boe.es

4.