V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2023-34533)
Resolución de la Presidencia de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A. por la que se establecen los criterios de autorización de uso del agua durante la campaña 2023-2024, para los usuarios con obligación de pertenencia o integrados en la Junta Central de Regantes de la Mancha Oriental.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 277

Lunes 20 de noviembre de 2023

Sec. V-B. Pág. 56080

resolución, y con la finalidad de hacer efectivo lo dispuesto en la misma, se insta a
la Junta Central de Regantes de la Mancha Oriental para que, en el ámbito de sus
competencias, elabore y apruebe las correspondientes normas de gestión,
coordinación y control de los aprovechamientos de aguas superficiales y
subterráneas de su ámbito, de cuya aplicación se deberán obtener las superficies
regadas y los volúmenes de agua utilizados en cada una de las explotaciones,
informando al Organismo de cuenca en el seno de los trabajos del Convenio
suscrito entre la Confederación Hidrográfica del Júcar y la Junta Central de
Regantes de la Mancha Oriental para el seguimiento de las medidas de gestión de
los regadíos en la Mancha Oriental (UGHs 2023-2024) e indicando aquéllas en las
que se hubiese producido el incumplimiento de dichas normas. Dicha información
deberá facilitarse en soporte digital en formato compatible para poder ser utilizada
en sistemas de información geográficos (GIS) con la cartografía digital de los datos
anteriormente mencionados a nivel de recinto agrícola. En este informe también
deberá incluirse un resumen de las actuaciones de sustitución de bombeos,
indicando las explotaciones y los pozos afectados, así como los volúmenes
realmente sustituidos.
UNDÉCIMO. El incumplimiento de la presente Resolución, podrá dar lugar a
las sanciones previstas en la normativa de aguas.
Contra la presente resolución que, según lo dispuesto en el artículo 22.2 del
Texto Refundido de la Ley de Aguas, pone fin a la vía administrativa, puede el
interesado interponer recurso potestativo de reposición, de conformidad con lo
establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ante el
Presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar en el plazo de un mes,
contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación; o
impugnar directamente dicha resolución ante el orden jurisdiccional contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses, en los términos previstos en los artículos
45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
ANEXO I

Cultivos herbáceos

Consumo (m³/ha)

Cultivos herbáceos

Consumo (m³/ha)

Adormidera

2.700

Melón, sandía, calabazas, pepino

5.000

Ajo Blanco

3.000

Nabiza o grelos

1.300

Ajo chino

2.200

Nabo forrajero

2.000

Ajo morado

3.100

Pasto primavera aprov. diente

1.000

Alcachofa

7.000

Patata

5.600

Alfalfa (ciclo completo)

8.000

Patata temprana hasta 15 de julio

5.000

Alfalfa riego hasta abril

800

Pradera estacional riego de marzo a junio

1.500

Alfalfa riego hasta mayo

1.850

Pradera permanente

4.500

Alfalfa riego hasta junio

3.700

Ray-grass ciclo completo

8.000

Alfalfa riego hasta julio

5.700

Ray-grass con parada estival

5.500

Alfalfa riego hasta agosto

7.000

Ray-grass (octubre-junio)

4.400

Alfalfa con parada estival

4.900

Ray-grass (octubre-mayo)

2.800

Avena

2.300

Ray-grass (octubre-abril)

1.600

Azafrán

1.000

Ray-grass (febrero-mayo)

2.000

Bróculi, col, col de Bruselas, romanescu

3.500

Remolacha

7.500

Camelina

1.500

Ricino

6.250

Cártamo

4.480

Soja (ciclo corto, 2ª cosecha)

4.500

Cebada, centeno

2.600

Sorgo forrajero (principios julio-final septiembre)

5.000

Cebolla

5.800

Trigo

3.100

Cebolla de enero a junio

3.000

Triticale grano

3.300

Cebolla de septiembre a junio

3.300

Veza forraje

1.800

Cebolla de trasplante

4.500

Veza grano, yeros

2.500

Cereal de invierno como forraje

1.600

Zanahoria, puerros, apio, chirivía, nabos

6.500

Colza

2.650

Cultivos leñosos

Consumo (m³/ha)

cve: BOE-B-2023-34533
Verificable en https://www.boe.es

Tabla de consumos de cultivos 2024