III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-23513)
Resolución de 7 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Anjana Investments, SL.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 277

Lunes 20 de noviembre de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
23513

Resolución de 7 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo,
por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Anjana Investments,
SL.

Visto el texto del Convenio colectivo de la empresa Anjana Investments, SL (código
de convenio: 90104442012023), que fue suscrito con fecha 31 de agosto de 2023, de
una parte, por las personas designadas por la Dirección de la empresa, en
representación de la misma, y de otra por las organizaciones sindicales UGT-FICA,
Confederación Sindical Independiente Fetico y Valorian, en representación de los
trabajadores afectados, y que ha sido definitivamente subsanado mediante Acta de la
Comisión negociadora de 2 de noviembre de 2023, y de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real
Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos,
acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado convenio en el correspondiente registro de
convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación
a la comisión negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 7 de noviembre de 2023.–El Director General de Trabajo, Ricardo Morón Prieto.
Convenio colectivo de la empresa Anjana Investments, SL
CAPÍTULO I
Disposiciones generales.
Artículo 1.

Partes que lo conciertan.

Artículo 2. Ámbito funcional y personal de aplicación.
El convenio afecta a todas las personas trabajadoras de la empresa Anjana
Investments, SL, que prestan servicios en la misma o sean contratados durante su
vigencia, sin más exclusiones que las establecidas en los artículo 1.3.c) y 2.1.a) del
Estatuto de los Trabajadores.

cve: BOE-A-2023-23513
Verificable en https://www.boe.es

El presente convenio colectivo se concierta entre la dirección de la empresa Anjana
Investments, SL, y de otra por las organizaciones sindicales Confederación Sindical
Independiente Fetico, Valorian y UGT-FICA, en representación del colectivo laboral
afectado, reconociéndose mutuamente legitimidad y capacidad para este acto.