III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2023-23528)
Resolución de 10 de noviembre de 2023, de la Dirección General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de La Rioja, para el desarrollo del Marco de Cooperación Interadministrativa previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de dependencia y para el establecimiento y financiación del nivel de protección acordado para el ejercicio 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 277

Lunes 20 de noviembre de 2023

Acción n.º 4.

Sec. III. Pág. 154615

Reducir la lista de espera en la atención residencial para personas mayores. Generación
de nuevas plazas

Descripción de la medida.

Incorporación al Sistema Riojano para la Autonomía Personal y la Dependencia nuevas
plazas públicas de servicio de atención residencial para personas mayores
dependientes.

Línea de base a 1 de enero de 2023.

Número de personas mayores con plaza pública de servicio de atención residencial.

Impacto esperado sobre la lista de espera para 2023
(desde 1 de enero hasta 31 de diciembre).

Número de personas mayores con plaza pública de servicio de atención residencial.

Indicadores de verificación de cumplimiento.

Porcentaje de reducción de la lista de espera de personas mayores.
Evolución de la lista de espera en relación con la demanda a lo largo del año.

Observaciones.

El mantenimiento o reducción de la lista de espera del servicio residencial de personas
mayores, en el primer caso vendría justificado con motivo del incremento de solicitudes
de este recurso que hace que la demanda vaya muy por delante de la oferta.

Acción n.º 5.

Continuar reduciendo las listas de espera de las prestaciones de dependencia

Descripción de la medida.

Mantener la mejorar de la dotación de personal encargado de la tramitación de las
solicitudes de prestaciones de dependencia, así como del seguimiento de los contratos
prestación de dichos servicios, tal y como se hizo en 2022.
Para ello se mantendrá los contratos del personal para mejorar la gestión y la
tramitación de las prestaciones de dependencias.

Línea de base a 1 de enero de 2023.

Tiempo medio tramitación.

Impacto esperado sobre la lista de espera para 2023
(desde 1 de enero hasta 31 de diciembre).

Tiempo medio tramitación.

Indicadores de verificación de cumplimiento.

Mantenimiento de las contrataciones realizadas en 2022.
Control de tiempos transcurridos en el caso de las prestaciones en la tramitación de los
expedientes, y en el caso de los servicios entre la fecha de entrada de la solicitud y la
fecha de resolución de la misma.

Observaciones.

Por la mecánica de procedimientos de concesión de servicios y prestaciones en La
Rioja, no es posible determinar n.º de expedientes previos de valoración, PIA, etc. dado
que el PIA y las solicitudes de prestaciones/servicios son independientes.

Objetivo 2.

Mejora en la calidad de los servicios

Incremento de las intensidades en los servicios y las prestaciones (Real
Decreto 675/2023, de 18 de julio).
Reconocimiento de compatibilidades de servicios entre sí y de servicios con las
prestaciones económicas.
Mejora y fomento del servicio de teleasistencia.
Financiación de las entidades locales en su ámbito territorial para la adecuación y
mejora de los servicios.
Actuaciones coherentes con los criterios de acreditación y calidad en los centros y
servicios del SAAD aprobados por el Acuerdo de 28 de junio de 2022.
Fomento de la asistencia personal en los términos contenidos en el Acuerdo por el que
se definen y establecen las condiciones específicas de acceso a la asistencia personal en
el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia de 12 de mayo de 2023.
Cualesquiera otras que vayan dirigidas al cumplimiento de las actuaciones contenidas
y los acuerdos derivados del Plan de choque en dependencia.

cve: BOE-A-2023-23528
Verificable en https://www.boe.es

Acciones referidas a los apartados b), d), e) y f) de la cláusula tercera del presente
convenio: