II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Personal laboral. (BOE-A-2023-23423)
Resolución de 10 de noviembre de 2023, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se aprueban las bases y se convoca la provisión de plaza de Coordinador/a General de la Cooperación Española en Túnez.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 20 de noviembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 154076

señala el puesto vacante, así como las retribuciones anuales, en las que no está incluida
la vivienda, cuyo coste (dentro de unos límites estipulados) correrá a cargo de la AECID.
En ningún caso se formalizarán contratos mientras los puestos estén ocupados.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 38.1.b) del Estatuto de la Agencia Española
de Cooperación Internacional para el Desarrollo, los/las Coordinadores/as Generales de
la Cooperación tendrán la consideración de personal directivo.
Los/las Coordinadores/as Generales de la Cooperación española ocuparán las
plazas previstas en el Catálogo de Personal Laboral de la AECID en el exterior y
prestarán servicios en las Oficinas Técnicas de Cooperación española, integradas en la
Embajada de España.
Bajo la dirección de los/las Jefes/as de Misión, se ocuparán de dirigir las Oficinas
Técnicas de Cooperación y los programas de cooperación de la AECID en el país que
corresponda, contribuyendo a la identificación, formulación, ejecución, seguimiento y
control de las actuaciones de la cooperación española en dicho país. Asimismo, se
ocuparán de la gestión de los recursos humanos, de la gestión de los recursos
económicos, incluyendo la gestión contable en su condición de cajero pagador, de la
conservación de locales y equipos informáticos, así como del inventario.
Asimismo, participarán en las Comisiones Mixtas de Cooperación y en el seguimiento
de los Marcos de Asociación, manteniendo una adecuada relación con las autoridades
competentes e instituciones contrapartes en temas de cooperación, elaborando los
correspondientes informes y memorias sobre los programas de cooperación que existan
en su demarcación.
Igualmente, prestarán su apoyo a las instituciones españolas en materia de
cooperación, gestionando y administrando, en su caso, los recursos de otras
administraciones o instituciones públicas españolas que ejecuten proyectos de
cooperación en dicho país.
Además, asumirán, en general, cualquier otra función que le sea encomendada por
el equipo directivo de la AECID, en relación con los fines, funciones y objetivos de la
agencia.
II)

Régimen de contratación

El/La candidato/a designado/a para ocupar la plaza que se convoca, suscribirá un
contrato de trabajo de personal de alta dirección, de conformidad con lo establecido en el
Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto.
La duración del contrato será de dos años, prorrogable por un máximo de tres años
adicionales. La incorporación será inmediata al finalizar el proceso selectivo.
Las retribuciones de la plaza serán las aprobadas, para la categoría de
Coordinador/a General de la Cooperación Española en Túnez, por la Comisión
Interministerial de Retribuciones, conforme a lo establecido en la Orden de 26 de abril
de 2012 del Ministerio de Hacienda Administraciones Públicas por la que se aprueba la
clasificación de las Agencias Estatales de conformidad con el Real Decreto 451/2012,
de 5 de marzo, por el que se aprueba el régimen retributivo de los máximos
responsables y directivos en el sector público empresarial y otras entidades.
III)

Requisitos de los aspirantes

Referidos al último día del plazo de presentación de solicitudes:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, conforme a lo
establecido en el artículo 7 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores
aprobado por Real decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
c) No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas incompatibles con el
normal desempeño de las tareas o funciones correspondientes, sin perjuicio de lo
establecido en la Orden PCI/154/2019, de 19 de febrero, por la que se publica el

cve: BOE-A-2023-23423
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Núm. 277