III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Registro Civil. Gestión informatizada. (BOE-A-2023-23382)
Resolución de 6 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerda la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg en las Oficinas del Registro Civil del Partido Judicial de Estella/Lizarra, para el funcionamiento de las mismas conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 276

Sábado 18 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 153775

Abáigar, Abárzuza/Abartzuza, Aberin, Aguilar de Codés, Allín/Allin, Allo, Améscoa Baja,
Ancín/Antzin, Andosilla, Aranarache/Aranaratxe, Aras, Arellano, Armañanzas, Arróniz,
Artazu, Ayegui/Aiegi, Azagra, Azuelo, Barbarin, Bargota, Cabredo, Cárcar, Cirauqui/
Zirauki, Desojo, Dicastillo, El Busto, Espronceda, Etayo, Eulate, Genevilla, Goñi,
Guesálaz/Gesalatz, Guirguillano, Igúzquiza, Lana, Lapoblación, Larraona, Lazagurría,
Legaria, Lerín, Lezaun, Lodosa, Los Arcos, Luquin, Mañeru, Marañón, Mendavia,
Mendaza, Metauten, Mirafuentes, Morentin, Mues, Murieta, Nazar, Oco, Olejua, Oteiza,
Piedramillera, Salinas de Oro/Jaitz, San Adrián, Sansol, Sartaguda, Sesma, Sorlada,
Torralba del Río, Torres del Río, Valle de Yerri/Deierri, Viana, Villamayor de Monjardín,
Villatuerta y Zúñiga, según resultan creadas en virtud de lo dispuesto en la disposición
transitoria octava y en la disposición adicional quinta, ambas de la Ley 20/2011, de 21 de
julio, y serán de aplicación las demás previsiones contenidas en dicha Ley.
2. Mientras no entre en vigor el nuevo Reglamento de Registro Civil, que desarrolle
la Ley 20/2011, de 21 de julio, será de aplicación lo dispuesto en la Instrucción de 16 de
septiembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la
que se acuerdan las pautas y criterios para apoyar la entrada en servicio efectiva de la
aplicación informática DICIREG, conforme a las previsiones contenidas en la
Ley 20/2011, de 21 de julio, modificada por la Instrucción de 3 de junio de 2022, de la
Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y las demás Instrucciones,
Circulares y Resoluciones que han sido dictadas hasta el momento, en relación con la
aplicación de la Ley 20/2011.
Tercero.
El personal que, en la fecha indicada de entrada en servicio efectiva de DICIREG,
esté prestando servicios en el Registro Civil de Estella/Lizarra y en las secretarías o
unidades procesales de apoyo directo de los Registros Civiles Municipales Delegados de
Abáigar, Abárzuza/Abartzuza, Aberin, Aguilar de Codés, Allín/Allin, Allo, Améscoa Baja,
Ancín/Antzin, Andosilla, Aranarache/Aranaratxe, Aras, Arellano, Armañanzas, Arróniz,
Artazu, Ayegui/Aiegi, Azagra, Azuelo, Barbarin, Bargota, Cabredo, Cárcar, Cirauqui/
Zirauki, Desojo, Dicastillo, El Busto, Espronceda, Etayo, Eulate, Genevilla, Goñi,
Guesálaz/Gesalatz, Guirguillano, Igúzquiza, Lana, Lapoblación, Larraona, Lazagurría,
Legaria, Lerín, Lezaun, Lodosa, Los Arcos, Luquin, Mañeru, Marañón, Mendavia,
Mendaza, Metauten, Mirafuentes, Morentin, Mues, Murieta, Nazar, Oco, Olejua, Oteiza,
Piedramillera, Salinas de Oro/Jaitz, San Adrián, Sansol, Sartaguda, Sesma, Sorlada,
Torralba del Río, Torres del Río, Valle de Yerri/Deierri, Viana, Villamayor de Monjardín,
Villatuerta y Zúñiga, continuará desarrollando sus funciones en las oficinas del Registro
Civil, según lo establecido en la disposición transitoria octava de la Ley 20/2011, de 21
de julio y en esta Resolución, aplicando las normas reseñadas en el artículo segundo.
Cuarto.
La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública regulará, en uso de las
atribuciones comprendidas en el artículo 26 de la Ley 20/2011, de 21 de julio, los
protocolos e instrucciones que resulten oportunos para el mejor desempeño del servicio.

La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 6 de noviembre de 2023.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública, Sofía Puente Santiago.

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Quinto.