I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Productos petrolíferos. Precios. (BOE-A-2023-23344)
Resolución de 13 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publican los nuevos precios máximos de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo envasados, en envases de carga igual o superior a 8 kg, e inferior a 20 kg, excluidos los envases de mezcla para usos de los gases licuados del petróleo como carburante.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 276
Sábado 18 de noviembre de 2023
Sec. I. Pág. 153660
IET/389/2015, de 5 de marzo, se han tenido en cuenta los siguientes cálculos y
desajustes para el próximo periodo:
Bimestre
Tipo de cambio
$/€
Cotización
Internacional
$/Tm
Flete (Fb)
$/Tm
Coste de comercialización
(CCb)
c€/kg
Coste de la materia
prima (CMPb)
c€/kg
Precio sin impuestos
teórico (PSIbt)
c€/kg
Precio sin
impuestos (PSIb)
c€/kg
2023/5
1,098351
503,2500
29,70
53,3829
48,5227
101,9056
93,9330
2023/6
1,062318
545,0800
37,60
53,3829
54,8499
108,2328
98,6297
En este bimestre, el valor del desajuste (xb-1) utilizado para calcular el precio sin
impuestos (PSIb) es de –8,3993 c€/kg. Además, el valor del desajuste para la próxima
revisión bimestral de precios será de +1,0976 c€/kg.
Para obtener estos precios se han tenido en cuenta las siguientes cotizaciones o
resultados intermedios:
– Cotización internacional ($/Tm): propano octubre = 553,9; butano octubre = 560,5;
propano noviembre = 555,3; butano noviembre = 524,9.
– Fletes septiembre ($/Tm): 43,4; Fletes octubre ($/Tm): 31,8.
– Media septiembre del cambio dólar/euro: 1,068381.
– Media octubre del cambio dólar/euro: 1,056255.
Quinto.
Eficacia.
Esta resolución surtirá efectos desde el día 21 de noviembre de 2023.
Contra la presente resolución, y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y
siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, puede interponerse recurso de alzada ante el
Secretario de Estado de Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su
publicación.
cve: BOE-A-2023-23344
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 13 de noviembre de 2023.–El Director General de Política Energética y
Minas, Manuel García Hernández.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 276
Sábado 18 de noviembre de 2023
Sec. I. Pág. 153660
IET/389/2015, de 5 de marzo, se han tenido en cuenta los siguientes cálculos y
desajustes para el próximo periodo:
Bimestre
Tipo de cambio
$/€
Cotización
Internacional
$/Tm
Flete (Fb)
$/Tm
Coste de comercialización
(CCb)
c€/kg
Coste de la materia
prima (CMPb)
c€/kg
Precio sin impuestos
teórico (PSIbt)
c€/kg
Precio sin
impuestos (PSIb)
c€/kg
2023/5
1,098351
503,2500
29,70
53,3829
48,5227
101,9056
93,9330
2023/6
1,062318
545,0800
37,60
53,3829
54,8499
108,2328
98,6297
En este bimestre, el valor del desajuste (xb-1) utilizado para calcular el precio sin
impuestos (PSIb) es de –8,3993 c€/kg. Además, el valor del desajuste para la próxima
revisión bimestral de precios será de +1,0976 c€/kg.
Para obtener estos precios se han tenido en cuenta las siguientes cotizaciones o
resultados intermedios:
– Cotización internacional ($/Tm): propano octubre = 553,9; butano octubre = 560,5;
propano noviembre = 555,3; butano noviembre = 524,9.
– Fletes septiembre ($/Tm): 43,4; Fletes octubre ($/Tm): 31,8.
– Media septiembre del cambio dólar/euro: 1,068381.
– Media octubre del cambio dólar/euro: 1,056255.
Quinto.
Eficacia.
Esta resolución surtirá efectos desde el día 21 de noviembre de 2023.
Contra la presente resolución, y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y
siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, puede interponerse recurso de alzada ante el
Secretario de Estado de Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su
publicación.
cve: BOE-A-2023-23344
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 13 de noviembre de 2023.–El Director General de Política Energética y
Minas, Manuel García Hernández.
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