II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Funcionarios del Subgrupo A2. (BOE-A-2023-23315)
Acuerdo de 8 de noviembre de 2023, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo en la Escuela Judicial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 275

Viernes 17 de noviembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 153135

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
23315

Acuerdo de 8 de noviembre de 2023, de la Comisión Permanente del
Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso para la
provisión de puestos de trabajo en la Escuela Judicial.

En la sede de la Escuela Judicial en Barcelona se encuentran vacantes y dotados
presupuestariamente dos puestos de trabajo, cuyas características se describen en el
anexo I de este acuerdo.
La cobertura de esos puestos se considera necesaria para atender correctamente las
funciones y competencias atribuidas a ese órgano técnico y por ello, la Comisión
Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día de la fecha,
ha acordado convocar un concurso de méritos para su provisión, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 625 y concordantes de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del
Poder Judicial.
El presente concurso tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres
y hombres en materia de acceso al empleo público, a la formación profesional y a las
condiciones de trabajo, por lo que la provisión de puestos de trabajo se efectuará de
acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, la Directiva 2006/54/CE, de 5 de
julio de 2006, relativa a la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e
igualdad de trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación, la Ley
Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres.
Todas las menciones a los funcionarios recogidas en las bases de esta convocatoria
deberán entenderse referidas a funcionarios y funcionarias.
El concurso de méritos se regirá por las siguientes
Normas
Requisitos de participación.

1. Podrán tomar parte en el presente concurso los funcionarios de carrera de las
administraciones públicas pertenecientes o integrados en cuerpos o escalas clasificados
en el subgrupo «A2» a que se refiere el artículo 76 del texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, y los funcionarios de carrera pertenecientes al cuerpo o escala de
Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, siempre que reúnan
las condiciones generales exigidas para desempeñar el puesto de trabajo y los requisitos
determinados en esta convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación
de solicitudes.
2. Los funcionarios con destino definitivo podrán participar siempre que hayan
transcurrido, al menos, dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo.
No será necesario cumplir este plazo para los funcionarios que hayan sido removidos
del puesto de trabajo obtenido por el procedimiento de concurso o, también, si ha sido
suprimido su puesto de trabajo.
Los funcionarios con destino definitivo en el Consejo podrán participar si ha
transcurrido, al menos, un año desde su toma de posesión en el último destino definitivo,
salvo en el caso de aquellos que participen desde un puesto de trabajo con nivel inferior
al convocado.

cve: BOE-A-2023-23315
Verificable en https://www.boe.es

Primera.