III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-23285)
Resolución de 8 de noviembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., y la Autoridad Portuaria de Santander, para colaborar en la organización de la «Escuela de Liderazgo Port Management. Innovación: prioridad estratégica».
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 274

Jueves 16 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 152980

Las personas que se encargarán de la dirección académica serán designadas de
mutuo acuerdo entre las partes a propuesta de la APS y nombrada por el órgano
competente de la UIMP.
El programa definitivo deberá contar con el visto bueno de ambas partes y ser
aprobado por el órgano competente de la UIMP. Las variaciones que posteriormente sea
imprescindible efectuar en cuanto a ponentes o conferencias, por causa de imprevistos o
por motivos de otra índole, deberán ser aprobadas por ambas instituciones a través de la
comisión de seguimiento del convenio.
II. La UIMP avalará académicamente esta escuela emitiendo los correspondientes
diplomas a los participantes que cumplan los requisitos mínimos de asistencia y
aprovechamiento establecidos en su normativa interna, así como las certificaciones
académicas que se soliciten. Con tal fin la UIMP se responsabilizará del control de
asistencia de los alumnos.
Será competencia también de la UIMP toda la normativa relativa a criterios de
admisión o cualquier otro asunto relativo al alumnado.
Tercera. Actuaciones de cada una de las partes. Colaboración en la organización y
gestión.
Para la ejecución de este convenio las partes firmantes asumen los siguientes
compromisos de gestión:
I.

Ejecución de la escuela.

a) La UIMP, haciendo uso de su experiencia en la organización de este tipo de
actividades docentes, se encargará, siempre dentro de lo que establezca su normativa sobre
tarifas, procedimientos y demás legislación que le sea aplicable como organismo público, de:
– Pago de honorarios a los ponentes y conferenciantes.
– Publicidad de la celebración de la escuela dentro del plan general de publicidad de
la UIMP y a través de su web.
– No será necesario el servicio de traducción simultánea.
– Servicio de Secretaría de Alumnos.
● Información y matriculación de alumnos.
● Expedición de diplomas y certificaciones.

b) La APS, por su parte, se encargará de las siguientes gestiones, de acuerdo con
sus procedimientos y normativa:
– En relación con las personas que se encarguen de la dirección y secretaría
académica y demás ponentes y conferenciantes:
● Viajes y transfers.
● Alojamiento.

cve: BOE-A-2023-23285
Verificable en https://www.boe.es

– Organización, en su caso, de actos de inauguración y/o clausura y otros actos
protocolarios.
– Recopilación de la documentación de la escuela. Inclusión de la escuela en la
memoria anual de la UIMP.
– Servicio de gabinete de prensa.
– Grabación en vídeo de las sesiones y retransmisión en streaming, previa
autorización por escrito de los profesores que impartan las ponencias, conferencias y
demás presentaciones.
– Infraestructura general y medios técnicos necesarios para la organización y
realización de la escuela (locales, megafonía, equipos audiovisuales, de traducción,
servicios de limpieza, mantenimiento y vigilancia, personal).