III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-23288)
Resolución de 8 de noviembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda al Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Empresa Nacional de Innovación, S.M.E., SA, para el apoyo al emprendimiento y a la pyme innovadora en el sector agroalimentario y el medio rural mediante el desarrollo de la línea de préstamos participativos Línea Agroinnpulso, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 274
Jueves 16 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 153018
Actuando ambos en razón de sus respectivas competencias y reconociéndose
poderes y facultades suficientes para formalizar el presente convenio, a tal efecto,
EXPONEN
Primero.
Que con fecha 22 de julio de 2022 se formalizó el convenio entre el Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación y la Empresa Nacional de Innovación, S.M.E. SA, en
relación con el apoyo al emprendimiento y a la pyme innovadora en el sector
agroalimentario y el medio rural mediante el desarrollo de la línea de préstamos
participativos: Línea Agroinnpulso. La línea de apoyo al emprendimiento de base digital
objeto de este convenio, forma parte de la componente 3 correspondiente al MAPA del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la economía española.
Segundo.
Que en el Anexo de la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de
la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España, en la Inversión 5
(C3.I5), «Estrategia de Digitalización del Sector Agroalimentario y Forestal y del Medio
Rural: Desarrollo de actuaciones para dar apoyo a la digitalización y el emprendimiento
del sector agroalimentario y forestal y del medio rural» se establece que como parte de la
medida, al menos 60 pymes del sector agroalimentario ejecutarán, a más tardar a finales
de 2023, proyectos empresariales innovadores y digitales que cumplirán la Guía técnica
sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18
de febrero de 2021, p. 1) y se financiarán mediante préstamos participativos.
Asimismo, establece dicha decisión que, a fin de garantizar que la medida se ajusta a
la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo»,
el acuerdo jurídico entre el MAPA y la Empresa Nacional de Innovación (ENISA) y la
subsiguiente política de inversión del instrumento financiero:
i. Exigirán la aplicación de la Guía técnica de la Comisión en cuanto a la prueba de
sostenibilidad para el Fondo InvestEU;
ii. excluirán de la subvencionabilidad la lista siguiente de actividades y activos: i) las
actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de los
mismos; ii) las actividades y activos en el marco del régimen de comercio de derechos de
emisión de la UE (RCDE) en relación con las cuales se prevea que las emisiones de
gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los
parámetros de referencia pertinentes; iii) las actividades relacionadas con vertederos de
residuos, incineradoras y plantas de tratamiento mecánico-biológico; y iv) las actividades
en las que la eliminación a largo plazo de residuos pueda causar daños al medio
ambiente;
iii. exigirán la verificación del cumplimiento de la legislación medioambiental
nacional y de la UE pertinente de los proyectos por parte de ENISA respecto de todas las
transacciones, incluidas las exentas de la prueba de sostenibilidad.
Tercero.
Que, debido a diferentes motivos coyunturales, en 2023 se ha visto incrementado el
Euríbor respecto del año a 2022 un 701,20 % en términos absolutos (pasando el Euríbor
a un año de -0,502 % en enero de 2022 a 3,018 % en enero de 2023) y se espera que el
Euríbor continúe su tendencia alcista a lo largo del año 2023 y, posiblemente, siguientes.
Con el objetivo de que la línea de financiación puesta en marcha en el marco del
convenio que se adenda siga siendo atractiva para las pymes del sector agroalimentario,
cve: BOE-A-2023-23288
Verificable en https://www.boe.es
No se apoyará ninguna actividad relacionada con la captura y el almacenamiento de
carbono.
Núm. 274
Jueves 16 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 153018
Actuando ambos en razón de sus respectivas competencias y reconociéndose
poderes y facultades suficientes para formalizar el presente convenio, a tal efecto,
EXPONEN
Primero.
Que con fecha 22 de julio de 2022 se formalizó el convenio entre el Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación y la Empresa Nacional de Innovación, S.M.E. SA, en
relación con el apoyo al emprendimiento y a la pyme innovadora en el sector
agroalimentario y el medio rural mediante el desarrollo de la línea de préstamos
participativos: Línea Agroinnpulso. La línea de apoyo al emprendimiento de base digital
objeto de este convenio, forma parte de la componente 3 correspondiente al MAPA del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la economía española.
Segundo.
Que en el Anexo de la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de
la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España, en la Inversión 5
(C3.I5), «Estrategia de Digitalización del Sector Agroalimentario y Forestal y del Medio
Rural: Desarrollo de actuaciones para dar apoyo a la digitalización y el emprendimiento
del sector agroalimentario y forestal y del medio rural» se establece que como parte de la
medida, al menos 60 pymes del sector agroalimentario ejecutarán, a más tardar a finales
de 2023, proyectos empresariales innovadores y digitales que cumplirán la Guía técnica
sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18
de febrero de 2021, p. 1) y se financiarán mediante préstamos participativos.
Asimismo, establece dicha decisión que, a fin de garantizar que la medida se ajusta a
la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo»,
el acuerdo jurídico entre el MAPA y la Empresa Nacional de Innovación (ENISA) y la
subsiguiente política de inversión del instrumento financiero:
i. Exigirán la aplicación de la Guía técnica de la Comisión en cuanto a la prueba de
sostenibilidad para el Fondo InvestEU;
ii. excluirán de la subvencionabilidad la lista siguiente de actividades y activos: i) las
actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de los
mismos; ii) las actividades y activos en el marco del régimen de comercio de derechos de
emisión de la UE (RCDE) en relación con las cuales se prevea que las emisiones de
gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los
parámetros de referencia pertinentes; iii) las actividades relacionadas con vertederos de
residuos, incineradoras y plantas de tratamiento mecánico-biológico; y iv) las actividades
en las que la eliminación a largo plazo de residuos pueda causar daños al medio
ambiente;
iii. exigirán la verificación del cumplimiento de la legislación medioambiental
nacional y de la UE pertinente de los proyectos por parte de ENISA respecto de todas las
transacciones, incluidas las exentas de la prueba de sostenibilidad.
Tercero.
Que, debido a diferentes motivos coyunturales, en 2023 se ha visto incrementado el
Euríbor respecto del año a 2022 un 701,20 % en términos absolutos (pasando el Euríbor
a un año de -0,502 % en enero de 2022 a 3,018 % en enero de 2023) y se espera que el
Euríbor continúe su tendencia alcista a lo largo del año 2023 y, posiblemente, siguientes.
Con el objetivo de que la línea de financiación puesta en marcha en el marco del
convenio que se adenda siga siendo atractiva para las pymes del sector agroalimentario,
cve: BOE-A-2023-23288
Verificable en https://www.boe.es
No se apoyará ninguna actividad relacionada con la captura y el almacenamiento de
carbono.