III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Convenios. (BOE-A-2023-23293)
Resolución de 11 de noviembre de 2023, de la Secretaría General de Salud Digital, Información e Innovación del Sistema Nacional de Salud, por la que se publica el Convenio con la Asociación Instituto de Investigación en Servicios de Salud-Biosistemak, para establecer el régimen de cooperación en el marco del programa de acción de la Unión Europea en el ámbito de la salud para el periodo 2021-2027, "Programa EU4Health".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 274
Jueves 16 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 153043
acción u omisión dé lugar, directa o indirectamente, a que el Reino de España sea
sancionado, en los términos previstos en la norma, la Administración pública de la que la
entidad dependa o esté vinculada asumirá subsidiariamente la responsabilidad que se
derive de tal incumplimiento.
En este sentido, el artículo 3.2 del Real Decreto 315/2013 determina que a efectos
de lo establecido en el apartado anterior, tendrá la consideración de sanción para el
Reino de España la imposición, mediante sentencia, acto o decisión ejecutiva de las
instituciones europeas, de una multa a tanto alzado o una multa coercitiva, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 260 del Tratado sobre el Funcionamiento de
la Unión Europea, las correcciones financieras adoptadas mediante decisión de la
Comisión Europea, la minoración de las cuantías de las transferencias o fondos que a
España le puedan corresponder del presupuesto de la Unión Europea o cualquier otro
acto adoptado por una institución, órgano u organismo de la Unión Europea que implique
responsabilidades financieras para el Estado o la merma de cualquier cantidad que le
hubiera sido reconocida.
Sexto.
Considerando un objetivo común de las partes firmantes avanzar en los objetivos del
Programa EU4HEALTH, ambas tienen interés en establecer el régimen jurídico de su
relación en el marco de la indicada acción.
En consecuencia, las partes acuerdan formalizar el presente Convenio que se regirá
por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del Convenio.
Es objeto de este Convenio establecer el régimen de cooperación entre el Ministerio
de Sanidad y la entidad afiliada Instituto Biosistemak, como participantes de la Joint
Action-09 «Preparatory actions for a European Health Data Space: primary use of data
and reuse of data», en lo sucesivo JA-09.
Segunda.
Naturaleza jurídica.
Este Convenio tiene naturaleza administrativa, y su régimen jurídico está constituido
por lo dispuesto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre
de Régimen Jurídico del sector Público.
Tercera. Compromisos de las partes.
Las partes se comprometen a realizar el objeto del Convenio mediante las siguientes
actuaciones:
a) Con carácter previo a la firma del «Grant Agreement», a realizar funciones de
representación y coordinación ante la UE y la Dirección del Consorcio europeo.
b) Asignar y coordinar las tareas a desarrollar por el Instituto Biosistemak en el
proyecto, que serán las que de común acuerdo se hayan identificado entre los distintos
paquetes de trabajo (WPs) presentados por el Consorcio europeo en la propuesta
presentada a HaDEA, y por la cual Instituto Biosistemak recibirá la parte correspondiente
de la subvención.
cve: BOE-A-2023-23293
Verificable en https://www.boe.es
3.1 El Ministerio de Sanidad, como representante del Reino de España ante la
Unión Europea (UE) se compromete a:
Núm. 274
Jueves 16 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 153043
acción u omisión dé lugar, directa o indirectamente, a que el Reino de España sea
sancionado, en los términos previstos en la norma, la Administración pública de la que la
entidad dependa o esté vinculada asumirá subsidiariamente la responsabilidad que se
derive de tal incumplimiento.
En este sentido, el artículo 3.2 del Real Decreto 315/2013 determina que a efectos
de lo establecido en el apartado anterior, tendrá la consideración de sanción para el
Reino de España la imposición, mediante sentencia, acto o decisión ejecutiva de las
instituciones europeas, de una multa a tanto alzado o una multa coercitiva, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 260 del Tratado sobre el Funcionamiento de
la Unión Europea, las correcciones financieras adoptadas mediante decisión de la
Comisión Europea, la minoración de las cuantías de las transferencias o fondos que a
España le puedan corresponder del presupuesto de la Unión Europea o cualquier otro
acto adoptado por una institución, órgano u organismo de la Unión Europea que implique
responsabilidades financieras para el Estado o la merma de cualquier cantidad que le
hubiera sido reconocida.
Sexto.
Considerando un objetivo común de las partes firmantes avanzar en los objetivos del
Programa EU4HEALTH, ambas tienen interés en establecer el régimen jurídico de su
relación en el marco de la indicada acción.
En consecuencia, las partes acuerdan formalizar el presente Convenio que se regirá
por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del Convenio.
Es objeto de este Convenio establecer el régimen de cooperación entre el Ministerio
de Sanidad y la entidad afiliada Instituto Biosistemak, como participantes de la Joint
Action-09 «Preparatory actions for a European Health Data Space: primary use of data
and reuse of data», en lo sucesivo JA-09.
Segunda.
Naturaleza jurídica.
Este Convenio tiene naturaleza administrativa, y su régimen jurídico está constituido
por lo dispuesto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre
de Régimen Jurídico del sector Público.
Tercera. Compromisos de las partes.
Las partes se comprometen a realizar el objeto del Convenio mediante las siguientes
actuaciones:
a) Con carácter previo a la firma del «Grant Agreement», a realizar funciones de
representación y coordinación ante la UE y la Dirección del Consorcio europeo.
b) Asignar y coordinar las tareas a desarrollar por el Instituto Biosistemak en el
proyecto, que serán las que de común acuerdo se hayan identificado entre los distintos
paquetes de trabajo (WPs) presentados por el Consorcio europeo en la propuesta
presentada a HaDEA, y por la cual Instituto Biosistemak recibirá la parte correspondiente
de la subvención.
cve: BOE-A-2023-23293
Verificable en https://www.boe.es
3.1 El Ministerio de Sanidad, como representante del Reino de España ante la
Unión Europea (UE) se compromete a: