III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-23196)
Resolución de 6 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Planta solar fotovoltaica "Valdemoro V" 49,95 MWinst/47,81 MWnom y planta solar fotovoltaica "Valdemoro VI" 49,95 MWinst/47,81 MWnom, en Borox, Pantoja y Alameda de la Sagra (Toledo)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 15 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 152438

imperial (Aquila adalberti), alcaudón real (Lanius meridionalis) y avión zapador. El área
es zona de campeo y dispersión del buitre negro, águila imperial y águila perdicera.
En la fase de obra, la presencia humana y el tránsito de maquinaria pesada
generarán alteración del comportamiento de la fauna, así como su desplazamiento,
temporal o permanente, por pérdida o fragmentación de su hábitat, molestias y emisión
de ruido. Los animales terrestres serán las especies más afectadas. En este sentido, la
Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de
Castilla-La Mancha señala que la instalación de las plantas solares supondrá la pérdida
de hábitat para caza, puesto que se asientan en un mosaico agroforestal con elevada
presencia de conejo de monte.
Durante la explotación, la nueva instalación constituirá una barrera para la fauna. La
colisión de avifauna contra el vallado perimetral de las plantas solares también queda
recogida como impacto sobre la fauna.
Con el fin de reducir el efecto vacío, el promotor propone como medidas
compensatorias la instalación de posaderos para rapaces en el perímetro de las plantas
solares fotovoltaicas, la creación de majanos para micromamíferos y reptiles así como
otros nidos y refugios para favorecer la reproducción de diversos grupos faunísticos y,
desarrollar un Plan de Obras pensado para atenuar las molestias que las mismas
originan sobre la fauna. Al respecto de los majanos, la Dirección General de Medio
Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha indica que
deben mantenerse los existentes y, en referencia al plan de obras, que las actuaciones
se deben ejecutar fuera del periodo de cría de las especies esteparias (marzo a
septiembre), con el fin de interferir lo mínimo posible en la actividad reproductora, como
recoge el condicionado de esta resolución.
En relación a la reducción de hábitat de caza para rapaces, la citada Dirección
General indica actuaciones que deberán llevarse a cabo sobre la vegetación, que
quedan recogidas en el condicionado de la presente resolución y, a las que el promotor
ha manifestado conformidad.
Para mitigar el efecto barrera de la PFV Valdemoro V, el promotor plantea la
instalación de un vallado perimetral de diseño permeable para la fauna terrestre. En este
sentido, la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha detalla, en su informe de julio de 2022, las
características para que el vallado sea permeable. En su informe de octubre de 2022,
incluye otras consideraciones sobre conectividad territorial para la PFV Valdemoro VI
cómo crear un corredor ecológico al norte de la urbanización de nuevo Borox y, aumentar
la conectividad longitudinal del arroyo «Barranco de la Valdehiguera». En el mismo
sentido de reducir la ocupación del hábitat y el efecto barrera de la PFV Valdemoro VI,
esa Dirección General también indica que el promotor deberá ajustar al máximo la
superficie de ocupación con respecto a la potencia finalmente instalada. Además, el
vallado deberá estar lo más cerca posible de los seguidores. El promotor manifiesta
conformidad con todas las prescripciones incluidas en los informes de la Dirección
General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha.
El promotor propone como medida para compensar la reducción de la superficie de
hábitat adecuado para las aves esteparias, mejorar su hábitat mediante la
implementación de medidas agroambientales. Propone desarrollar esta medida en 1 ha
por cada 1 ha de ocupación de la PFV de hábitat estepario, en coordinación con el
órgano competente para la conservación de la naturaleza de la Comunidad Autónoma.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de
Castilla-La Mancha proporciona una serie de indicaciones en su informe de julio de 2022
sobre el diseño de las medidas agroambientales, que quedan recogidas en el
condicionado de la presente resolución.
El promotor incluye en sus EsIAs como medida para proteger la fauna, la prohibición
del uso de herbicidas, plaguicidas, insecticidas, rodenticidas y otros productos químicos

cve: BOE-A-2023-23196
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Núm. 273