III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-23196)
Resolución de 6 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Planta solar fotovoltaica "Valdemoro V" 49,95 MWinst/47,81 MWnom y planta solar fotovoltaica "Valdemoro VI" 49,95 MWinst/47,81 MWnom, en Borox, Pantoja y Alameda de la Sagra (Toledo)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 273

Miércoles 15 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 152433

ambiental, y se requiere su subsanación, que es atendida por el órgano sustantivo, con
fecha 12 de junio de 2023.
Analizada la información obrante en el expediente, se realiza un requerimiento de
información adicional relativa al estudio de impacto ambiental, en aplicación del
artículo 40.3 de la Ley de evaluación ambiental, con fecha 21 de julio de 2023,
incluyendo la solicitud de información cartográfica e información sobre los condicionados
de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha
Con fecha 3 de agosto de 2023, esta Dirección General recibe la respuesta del
promotor a la solicitud de información adicional.
3.
a.

Análisis técnico del expediente

Análisis de alternativas.

La selección de la alternativa óptima para cada infraestructura se lleva a cabo
atendiendo a criterios técnicos y económicos, así como ambientales: distancias a
núcleos urbanos, carreteras y AVE, accesibilidad, calificación urbanística, vegetación,
hábitat de interés comunitario, áreas de importancia para las aves y espacios Red
Natura 2000, montes de utilidad pública, topografía, riesgo de erosión, vías pecuarias,
hidrología, patrimonio cultural, avifauna.
La valoración de las alternativas se fundamenta en el desarrollo de un análisis
multicriterio.
Alternativa 0 o de no ejecución: Se rechaza debido a que no representa ningún
beneficio social ni económico, ya que, al optar por no actuar, no se requiere el uso de
materiales ni de mano de obra. Tampoco representa ninguna mejora ambiental, pues no
reduce la emisión de CO2 a la atmósfera.
Descartada la alternativa 0 se plantean otras tres para la PFV Valdemoro V:
Alternativa 1 (seleccionada). Se ubica al este del núcleo de población de Pantoja,
situada sobre los lugares de Los Arenales, Las Regaderas y Las Lenguas.
Alternativa 2. Se ubica sur del núcleo de población de Cobeja, situada sobre en los
lugares de La Sacristana y Celada Chica. Lleva aparejada una línea de evacuación de
unos 13 km.
Alternativa 3. se ubica oeste del núcleo de población de Pantoja, situada sobre los
lugares de Chapotales y los Lindazos. Lleva aparejada una línea de evacuación de
unos 13 km.

Alternativa 1 (seleccionada). Se ubica sobre los lugares La Higuera, Barragán,
Camino Alto, Calatravillas, Quinto de Valdebajares y Las Cabezadas. Recoge las
indicaciones dadas en el informe elaborado por la Dirección General de Medio Natural y
Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha durante el segundo
trámite de información pública.
Alternativa 2. Se encuentra situada al este de Añover del Tajo, sobre los lugares de
Los Hijares, Valdelacierva y El Pradillo.
Alternativa 3. Se encuentra situada al noreste de Añover del Tajo, sobre los lugares
de Los Horcajos, Majadillas, El Pradillo y Planta de Cocha.

cve: BOE-A-2023-23196
Verificable en https://www.boe.es

Se selecciona la Alternativa 1 ya que presenta menores afecciones sobre la
vegetación, los espacios protegidos, la avifauna y la hidrología. La Dirección General de
Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en su
informe correspondiente al primer trámite de información pública, indicó que la superficie
ocupada por la planta, debido a su tamaño y ubicación, podía ser compatible con la
conservación de los recursos naturales.
Se plantean tres alternativas para la PFV Valdemoro VI: