III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2023-23178)
Resolución 420/38438/2023, de 7 de noviembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de A Coruña, para el desarrollo de actividades docentes de interés mutuo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 273

Miércoles 15 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 152177

Tercera. Aportaciones del Ministerio de Defensa.
El MINISDEF, a través de la escuela «Antonio Escaño», se compromete a facilitar a
la UDC:
a) El profesorado y las instalaciones de frio y aire acondicionado, de motores y, en
concreto, la cámara de máquinas y control de máquinas de buques tipo patrullero, los
bancos de pruebas de motores, con los motores de prácticas correspondientes, las
turbinas de gas y el resto de motores de prácticas y simuladores de Control de
Plataforma que se considere necesario, para facilitar las prácticas de las asignaturas de
los alumnos de la Escuela Politécnica Superior y de la Escuela Técnica Superior de
Náutica y Máquinas.
Esta colaboración representa un total de 80 horas de asistencias anuales, a impartir
a lo largo del curso académico en horario que, sin afectar a las actividades docentes de
la escuela «Antonio Escaño», será coordinado entre el Departamento de Energía y
Propulsión de la escuela y los Departamentos correspondientes de la Escuela
Politécnica Superior y la Escuela Técnica Superior de Náutica y Máquinas de la UDC.
b) Las instalaciones y profesores del Centro de Instrucción de Seguridad Interior
(CISI) de la escuela «Antonio Escaño», para impartir dos cursos de lucha
contraincendios a lo largo del curso a los alumnos de la Escuela Técnica Superior de
Náutica y Máquinas de la UDC.
Esta colaboración supone un total de 50 horas anuales, que serán coordinadas
directamente entre la Jefatura del CISI y la Dirección de la Escuela Técnica Superior de
Náutica y Máquinas de la UDC.
Financiación.

Estas colaboraciones dan lugar a unas compensaciones económicas por ambas
partes que alcanzan las cantidades totales de quinientos cuatro mil (504.000) euros en el
período de 2023 a 2026, en cuatro anualidades de ciento veintiséis mil (126.000) euros
cada una, a abonar a la UDC por parte de la Armada, con cargo a la aplicación
presupuestaria 14.17.226.06.121N (reuniones, conferencias y cursos); y de una cantidad
estimada de sesenta y tres mil trescientos veinticuatro (63.324) euros, en cuatro
anualidades de quince mil ochocientos treinta y un (15.831) euros a abonar a la Armada
por parte de la UDC.
La aportación económica a realizar por el MINISDEF se llevará a cabo a través de
certificaciones trimestrales en el mes posterior a la finalización de cada trimestre natural,
de conformidad con la colaboración prestada expedida por el Director del Departamento
de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la facultad de Informática de
la UDC, con el «Visto Bueno» de la Vicerrectora de Planificación Académica e
Innovación Docente de la UDC, y se hará efectiva en la cuenta bancaria IBAN número
«ES93 0049 0007 2524 1210 9321». El coste final generado por los apoyos prestados a
la UDC podrá variar en función de los gastos debidamente justificados computables al
consumo real de material fungible necesario para la realización de las prácticas,
consumo de los motores, precio del gasoil y de otros conceptos cuyo coste orientativo se
refleja en la memoria económica. En todo caso, el coste máximo anual a abonar por la
UDC no será superior a veintidós mil (22.000) euros.
Los pagos por parte de la UDC se llevarán a cabo a través de las correspondientes
certificaciones mensuales por los servicios prestados expedidas por el Subdirector-Jefe
de Estudios de la escuela «Antonio Escaño», con el «Visto Bueno» de su ComandanteDirector, mediante ingresos en la cuenta Restringida de Ingresos de la Caja Pagadora de
la Armada IBAN núm. «ES61 0182 2370 4902 0000 0921». Asimismo, simultáneamente
se remitirá copia de la certificación mensual a la Sección de Gestión Económica y
Tesorería de la Armada, a los efectos de justificar documentalmente el ingreso al Tesoro
Público e iniciar el expediente de generación de crédito.

cve: BOE-A-2023-23178
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.