III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-23195)
Resolución de 23 de octubre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques eólicos Muka, Mira, Mizar, Nara, Narumi y Rai y sus infraestructuras de evacuación, en la provincia de Zaragoza".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 15 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 152400
«Corral de Villagrasa». Destaca que los aerogeneradores más cercanos se sitúan a más
de 2,5 km de distancia al primillar. Por tanto, aunque exista una afección a un área crítica
de cernícalo primilla, el promotor considera que se ha mantenido una distancia suficiente
al primillar. Además, argumenta que las medidas se ampliarán en caso de ser necesario,
añadiendo cualquier medida que evite, o en su caso reduzca, la afección sobre la
avifauna.
En respuesta al requerimiento de información adicional de esta Dirección General de
Calidad y Evaluación Ambiental, el promotor aporta el cálculo de los índices de
mortalidad por colisión de cada aerogenerador para algunas de las especies relevantes
en la zona de estudio. Los resultados de este análisis para la configuración original de
los parques eólicos muestran mortalidades muy altas para grulla y altas para buitre
leonado, con unas previsiones de 1.023 y 34 bajas respectivamente, que resultan
inasumibles. El promotor considera que la elevada mortalidad, en el caso de la grulla, es
debida a la alta concentración de individuos de la especie durante la migración e
invernada, que llegan a reunir a más de 10.000 ejemplares en las Cinco Villas. Según el
promotor los aerogeneradores responsables tasas de mortalidad muy elevadas son:
MUK 09, NAR 03, NAR 05, NAR 07, NAR 08, NRM 05 y NRM 06. El promotor descarta
estos aerogeneradores, dada la imposibilidad de establecer medidas para minimizar los
impactos. Por otro lado, indica que los aerogeneradores con mortalidad alta son: MIZ 06,
MIZ 07, MUK 08, NRM 08 y RAI 04.
Teniendo en cuenta estos resultados, el promotor lleva a cabo una modificación del
proyecto que implica: reubicación de aerogeneradores, descarte de las posiciones con
mayor mortalidad, repotenciación de algunos aerogeneradores, y establecimiento de
medidas correctoras (pintado de palas o la instalación de dispositivos de detección y
parada) para algunos otros. Tras estas modificaciones realizadas, el promotor recalcula
los índices de mortalidad para las nuevas posiciones, junto con las medidas correctoras
comentadas. Se observa que algunos de los aerogeneradores mantienen estimas de
mortalidad elevadas sobre especies como el buitre leonado y la grulla común.
El promotor señala que las especies detectadas en campo con un índice de
sensibilidad para aves más alto respecto al conjunto de los parques eólicos son:
quebrantahuesos, alimoche común, águila real, ganga ortega y milano real. En lo que
respecta al índice de vulnerabilidad espacial, el promotor señala que las cuadrículas con
un índice de vulnerabilidad espacial alto se distribuyen principalmente por los parques
eólicos Mizar, Muka, Mira y Nara.
Además, propone otras medidas correctoras y/o de compensación, como el
seguimiento de la población de grullas, adoptándose medidas oportunas en caso de
cambios en su estatus actual derivados del proyecto. Se propone una distancia mínima
de 300 m de los aerogeneradores con respecto a granjas. Con el fin de minimizar la
presencia de avifauna carroñera y oportunista, se incorporará un sistema de vigilancia
intensiva para la detección y eliminación de animales muertos en los parques, como
también el compromiso a comunicar a las granjas próximas al proyecto de la presencia
de cadáveres y carroñas propias de éstas. En cuanto a la mortalidad en quirópteros y
aves, se propone el desarrollo e implantación de un protocolo de parada de los
aerogeneradores para velocidades de viento bajas (entre 0 y 5 m/s), desde media hora
antes del ocaso hasta media hora después del orto.
Asimismo, el promotor aporta un estudio del uso del espacio, nidificación y presencia
de dormideros en el ámbito de estudio para el milano real, alimoche común, grulla,
cernícalo primilla, cigüeña blanca, buitre leonado, aguilucho, culebrera europea y chova
piquirroja. El promotor señala una serie de medidas en función de las especies
señaladas.
El apartado «Condiciones al proyecto» de la presente resolución para la protección
de la fauna, recoge todas las indicaciones que deben ser seguidas por el promotor.
cve: BOE-A-2023-23195
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 273
Miércoles 15 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 152400
«Corral de Villagrasa». Destaca que los aerogeneradores más cercanos se sitúan a más
de 2,5 km de distancia al primillar. Por tanto, aunque exista una afección a un área crítica
de cernícalo primilla, el promotor considera que se ha mantenido una distancia suficiente
al primillar. Además, argumenta que las medidas se ampliarán en caso de ser necesario,
añadiendo cualquier medida que evite, o en su caso reduzca, la afección sobre la
avifauna.
En respuesta al requerimiento de información adicional de esta Dirección General de
Calidad y Evaluación Ambiental, el promotor aporta el cálculo de los índices de
mortalidad por colisión de cada aerogenerador para algunas de las especies relevantes
en la zona de estudio. Los resultados de este análisis para la configuración original de
los parques eólicos muestran mortalidades muy altas para grulla y altas para buitre
leonado, con unas previsiones de 1.023 y 34 bajas respectivamente, que resultan
inasumibles. El promotor considera que la elevada mortalidad, en el caso de la grulla, es
debida a la alta concentración de individuos de la especie durante la migración e
invernada, que llegan a reunir a más de 10.000 ejemplares en las Cinco Villas. Según el
promotor los aerogeneradores responsables tasas de mortalidad muy elevadas son:
MUK 09, NAR 03, NAR 05, NAR 07, NAR 08, NRM 05 y NRM 06. El promotor descarta
estos aerogeneradores, dada la imposibilidad de establecer medidas para minimizar los
impactos. Por otro lado, indica que los aerogeneradores con mortalidad alta son: MIZ 06,
MIZ 07, MUK 08, NRM 08 y RAI 04.
Teniendo en cuenta estos resultados, el promotor lleva a cabo una modificación del
proyecto que implica: reubicación de aerogeneradores, descarte de las posiciones con
mayor mortalidad, repotenciación de algunos aerogeneradores, y establecimiento de
medidas correctoras (pintado de palas o la instalación de dispositivos de detección y
parada) para algunos otros. Tras estas modificaciones realizadas, el promotor recalcula
los índices de mortalidad para las nuevas posiciones, junto con las medidas correctoras
comentadas. Se observa que algunos de los aerogeneradores mantienen estimas de
mortalidad elevadas sobre especies como el buitre leonado y la grulla común.
El promotor señala que las especies detectadas en campo con un índice de
sensibilidad para aves más alto respecto al conjunto de los parques eólicos son:
quebrantahuesos, alimoche común, águila real, ganga ortega y milano real. En lo que
respecta al índice de vulnerabilidad espacial, el promotor señala que las cuadrículas con
un índice de vulnerabilidad espacial alto se distribuyen principalmente por los parques
eólicos Mizar, Muka, Mira y Nara.
Además, propone otras medidas correctoras y/o de compensación, como el
seguimiento de la población de grullas, adoptándose medidas oportunas en caso de
cambios en su estatus actual derivados del proyecto. Se propone una distancia mínima
de 300 m de los aerogeneradores con respecto a granjas. Con el fin de minimizar la
presencia de avifauna carroñera y oportunista, se incorporará un sistema de vigilancia
intensiva para la detección y eliminación de animales muertos en los parques, como
también el compromiso a comunicar a las granjas próximas al proyecto de la presencia
de cadáveres y carroñas propias de éstas. En cuanto a la mortalidad en quirópteros y
aves, se propone el desarrollo e implantación de un protocolo de parada de los
aerogeneradores para velocidades de viento bajas (entre 0 y 5 m/s), desde media hora
antes del ocaso hasta media hora después del orto.
Asimismo, el promotor aporta un estudio del uso del espacio, nidificación y presencia
de dormideros en el ámbito de estudio para el milano real, alimoche común, grulla,
cernícalo primilla, cigüeña blanca, buitre leonado, aguilucho, culebrera europea y chova
piquirroja. El promotor señala una serie de medidas en función de las especies
señaladas.
El apartado «Condiciones al proyecto» de la presente resolución para la protección
de la fauna, recoge todas las indicaciones que deben ser seguidas por el promotor.
cve: BOE-A-2023-23195
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 273