III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2023-23206)
Resolución de 20 de octubre de 2023, de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, por la que se publica el Convenio con la Agència per a la Qualitat del Sistema Universitari de Catalunya, para la colaboración en el Programa de Apoyo a la Evaluación de la Actividad Docente.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 15 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 152543
2. Que AQU Catalunya es la agencia de evaluación de la calidad universitaria en el
ámbito de la Comunidad Autónoma de Catalunya, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 137 de la Ley 1/2003, de 19 de febrero, de Universidades de Cataluña y los
artículos 1 y 2 la Ley 15/2015, de 21 de julio, de la Agencia para la Calidad del Sistema
Universitario de Cataluña.
3. Que ambas agencias tienen objetivos e intereses comunes en la evaluación,
acreditación y certificación de la calidad en el ámbito universitario, siendo muy relevante
la evaluación de la actividad docente en el sistema universitario español.
4. Que AQU Catalunya en el año 2003 puso en marcha una primera iniciativa para
favorecer la evaluación de la docencia del personal docente e investigador universitario.
En este sentido, AQU Catalunya hizo público el documento «Criterios mínimos para
superar la evaluación de los manuales docentes», el objeto del cual era, por una parte,
establecer los criterios mínimos necesarios para que las universidades obtuviesen la
certificación de los modelos de evaluación docente del profesorado y, por otra, establecer
los criterios mínimos para que los profesores pudieran obtener una evaluación positiva
de la docencia. Fruto de esta primera iniciativa, durante el período 2003-2006 las
universidades catalanas desarrollaron los instrumentos adecuados que permitieron la
evaluación de más de 3.000 profesores.
5. Que en el año 2007 ANECA puso en marcha una iniciativa con el mismo objeto,
el Programa de Apoyo a la Evaluación de la Actividad Docente (DOCENTIA), con el
objetivo de satisfacer las demandas de las universidades y la necesidad del sistema
educativo de disponer de un modelo y de unos procedimientos para garantizar la calidad
del profesorado universitario y favorecer su desarrollo y reconocimiento. Esta iniciativa
se generalizó a través de la colaboración de ANECA con las diferentes agencias
autonómicas de garantía de la calidad universitaria para el desarrollo de dicho programa
en sus ámbitos de competencia, adaptando el mismo a las necesidades de las
universidades de las diferentes comunidades autónomas.
6. Que dada la analogía de criterios y procesos de evaluación entre las iniciativas
de ANECA y AQU Catalunya, ambas agencias firmaron en fecha 2 de marzo de 2007 el
Anexo I al Convenio marco de colaboración suscrito entre la ANECA y AQU Catalunya
de 22 de octubre de 2003. En dicho anexo ANECA ponía en marcha el Programa de
Apoyo a la Evaluación de la Actividad Docente (DOCENTIA) y AQU Catalunya
participaba en el Programa DOCENTIA como miembro de pleno derecho.
7. Que en el año 2021 ANECA impulsó la renovación del programa DOCENTIA,
tras una reflexión conjunta de todas las agencias autonómicas, en la que también
participó AQU Catalunya, alcanzando un amplio consenso sobre la actualización del
programa DOCENTIA, que dio lugar a la firma de convenios de colaboración al efecto
entre ANECA y agencias autonómicas bajo un modelo normalizado. No obstante,
teniendo en cuenta la especial relación entre ANECA y AQU Catalunya derivada de la
firma del citado Anexo I, ya finalizado, se requiere la renovación del marco de
colaboración que ambas agencias vienen manteniendo en relación con la evaluación de
la actividad docente del profesorado universitario y el programa DOCENTIA, mediante la
firma de un convenio propio.
8. Que, tal y como se establece en los documentos del programa DOCENTIA, las
universidades elaborarán su propio modelo y procedimiento de evaluación de la actividad
docente de su profesorado en las diferentes fases que establece el programa
DOCENTIA: evaluación de los diseños, seguimiento de su implantación y certificación/
acreditación de los procedimientos de evaluación. En el caso de las universidades
catalanas y centros adscritos universitarios catalanes dicho modelo se someterá a
evaluación por parte de AQU Catalunya, siguiendo el mismo proceder que establecieron
en su día en el Anexo I al Convenio entre ANECA y AQU Catalunya de 2 de marzo
de 2007.
9. El Programa DOCENTIA toma como referencia los Criterios y Directrices para la
Garantía de Calidad en el Espacio Europeo de Educación Superior (ESG) que fueron
cve: BOE-A-2023-23206
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 273
Miércoles 15 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 152543
2. Que AQU Catalunya es la agencia de evaluación de la calidad universitaria en el
ámbito de la Comunidad Autónoma de Catalunya, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 137 de la Ley 1/2003, de 19 de febrero, de Universidades de Cataluña y los
artículos 1 y 2 la Ley 15/2015, de 21 de julio, de la Agencia para la Calidad del Sistema
Universitario de Cataluña.
3. Que ambas agencias tienen objetivos e intereses comunes en la evaluación,
acreditación y certificación de la calidad en el ámbito universitario, siendo muy relevante
la evaluación de la actividad docente en el sistema universitario español.
4. Que AQU Catalunya en el año 2003 puso en marcha una primera iniciativa para
favorecer la evaluación de la docencia del personal docente e investigador universitario.
En este sentido, AQU Catalunya hizo público el documento «Criterios mínimos para
superar la evaluación de los manuales docentes», el objeto del cual era, por una parte,
establecer los criterios mínimos necesarios para que las universidades obtuviesen la
certificación de los modelos de evaluación docente del profesorado y, por otra, establecer
los criterios mínimos para que los profesores pudieran obtener una evaluación positiva
de la docencia. Fruto de esta primera iniciativa, durante el período 2003-2006 las
universidades catalanas desarrollaron los instrumentos adecuados que permitieron la
evaluación de más de 3.000 profesores.
5. Que en el año 2007 ANECA puso en marcha una iniciativa con el mismo objeto,
el Programa de Apoyo a la Evaluación de la Actividad Docente (DOCENTIA), con el
objetivo de satisfacer las demandas de las universidades y la necesidad del sistema
educativo de disponer de un modelo y de unos procedimientos para garantizar la calidad
del profesorado universitario y favorecer su desarrollo y reconocimiento. Esta iniciativa
se generalizó a través de la colaboración de ANECA con las diferentes agencias
autonómicas de garantía de la calidad universitaria para el desarrollo de dicho programa
en sus ámbitos de competencia, adaptando el mismo a las necesidades de las
universidades de las diferentes comunidades autónomas.
6. Que dada la analogía de criterios y procesos de evaluación entre las iniciativas
de ANECA y AQU Catalunya, ambas agencias firmaron en fecha 2 de marzo de 2007 el
Anexo I al Convenio marco de colaboración suscrito entre la ANECA y AQU Catalunya
de 22 de octubre de 2003. En dicho anexo ANECA ponía en marcha el Programa de
Apoyo a la Evaluación de la Actividad Docente (DOCENTIA) y AQU Catalunya
participaba en el Programa DOCENTIA como miembro de pleno derecho.
7. Que en el año 2021 ANECA impulsó la renovación del programa DOCENTIA,
tras una reflexión conjunta de todas las agencias autonómicas, en la que también
participó AQU Catalunya, alcanzando un amplio consenso sobre la actualización del
programa DOCENTIA, que dio lugar a la firma de convenios de colaboración al efecto
entre ANECA y agencias autonómicas bajo un modelo normalizado. No obstante,
teniendo en cuenta la especial relación entre ANECA y AQU Catalunya derivada de la
firma del citado Anexo I, ya finalizado, se requiere la renovación del marco de
colaboración que ambas agencias vienen manteniendo en relación con la evaluación de
la actividad docente del profesorado universitario y el programa DOCENTIA, mediante la
firma de un convenio propio.
8. Que, tal y como se establece en los documentos del programa DOCENTIA, las
universidades elaborarán su propio modelo y procedimiento de evaluación de la actividad
docente de su profesorado en las diferentes fases que establece el programa
DOCENTIA: evaluación de los diseños, seguimiento de su implantación y certificación/
acreditación de los procedimientos de evaluación. En el caso de las universidades
catalanas y centros adscritos universitarios catalanes dicho modelo se someterá a
evaluación por parte de AQU Catalunya, siguiendo el mismo proceder que establecieron
en su día en el Anexo I al Convenio entre ANECA y AQU Catalunya de 2 de marzo
de 2007.
9. El Programa DOCENTIA toma como referencia los Criterios y Directrices para la
Garantía de Calidad en el Espacio Europeo de Educación Superior (ESG) que fueron
cve: BOE-A-2023-23206
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 273