III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2023-23206)
Resolución de 20 de octubre de 2023, de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, por la que se publica el Convenio con la Agència per a la Qualitat del Sistema Universitari de Catalunya, para la colaboración en el Programa de Apoyo a la Evaluación de la Actividad Docente.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 273
Miércoles 15 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 152542
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE UNIVERSIDADES
23206
Resolución de 20 de octubre de 2023, de la Agencia Nacional de Evaluación
de la Calidad y Acreditación, por la que se publica el Convenio con la Agència
per a la Qualitat del Sistema Universitari de Catalunya, para la colaboración
en el Programa de Apoyo a la Evaluación de la Actividad Docente.
La Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) y la
Agència per a la Qualitat del Sistema Universitari de Catalunya (AQU Catalunya) han
suscrito, con fecha 20 de octubre de 2023, un convenio para la colaboración en el
Programa de Apoyo a la Evaluación de la Actividad Docente (DOCENTIA), por lo que,
conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone su publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» como anexo a la presente resolución.
Madrid, 20 de octubre de 2023.–La Directora de la Agencia Nacional de Evaluación
de la Calidad y Acreditación, Pilar Paneque Salgado.
ANEXO
Convenio entre la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación
(ANECA) Y La Agència per a la Qualitat del Sistema Universitari de Catalunya (AQU
Catalunya) para la colaboración en el Programa de Apoyo a la Evaluación de la
Actividad Docente (Docentia)
REUNIDOS
De una parte, doña Pilar Paneque Salgado, actuando en nombre y representación de
la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, OA, en adelante ANECA
(entidad con NIF S2801299E y domicilio social en calle Orense, 11, 7.ª planta, 28020
Madrid), en su condición de Directora de la misma, cargo para el que fue nombrada por
Resolución de 28 de febrero de 2023, del Consejo Rector de la ANECA, y en el ejercicio
de las competencias atribuidas en el artículo 16 del Estatuto de la ANECA, aprobado por
Real Decreto 1112/2015, de 11 de diciembre.
De otra parte, don Francesc Xavier Grau i Vidal, presidente de la Agència per a la
Qualitat del Sistema Universitari de Catalunya, en adelante AQU Catalunya, con CIF
Q-0801199A, nombrado por el Acuerdo GOV/267/2022, de 6 de diciembre (DOGC
núm. 8809, de 9 de diciembre de 2022), que actúa en ejercicio de las funciones que tiene
atribuidas en el artículo 11 del Decreto 315/2016, de 8 de noviembre, por el que se
aprueban los Estatutos de la Agència per a la Qualitat del Sistema Universitari de
Catalunya.
EXPONEN
1. Que ANECA, organismo autónomo adscrito al Ministerio de Universidades, tiene
como funciones la acreditación y evaluación del profesorado universitario, la acreditación
institucional, la evaluación de titulaciones universitarias, el seguimiento de resultados e
informe en el ámbito universitario, y cualquier otra que le atribuyan las leyes estatales y
autonómicas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la Ley Orgánica 2/2023,
de 22 de marzo, del Sistema Universitario.
cve: BOE-A-2023-23206
Verificable en https://www.boe.es
Ambos representantes, reconociéndose mutuamente capacidad suficiente,
subscriben en nombre de las respectivas entidades el presente documento y, al efecto,
Núm. 273
Miércoles 15 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 152542
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE UNIVERSIDADES
23206
Resolución de 20 de octubre de 2023, de la Agencia Nacional de Evaluación
de la Calidad y Acreditación, por la que se publica el Convenio con la Agència
per a la Qualitat del Sistema Universitari de Catalunya, para la colaboración
en el Programa de Apoyo a la Evaluación de la Actividad Docente.
La Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) y la
Agència per a la Qualitat del Sistema Universitari de Catalunya (AQU Catalunya) han
suscrito, con fecha 20 de octubre de 2023, un convenio para la colaboración en el
Programa de Apoyo a la Evaluación de la Actividad Docente (DOCENTIA), por lo que,
conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone su publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» como anexo a la presente resolución.
Madrid, 20 de octubre de 2023.–La Directora de la Agencia Nacional de Evaluación
de la Calidad y Acreditación, Pilar Paneque Salgado.
ANEXO
Convenio entre la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación
(ANECA) Y La Agència per a la Qualitat del Sistema Universitari de Catalunya (AQU
Catalunya) para la colaboración en el Programa de Apoyo a la Evaluación de la
Actividad Docente (Docentia)
REUNIDOS
De una parte, doña Pilar Paneque Salgado, actuando en nombre y representación de
la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, OA, en adelante ANECA
(entidad con NIF S2801299E y domicilio social en calle Orense, 11, 7.ª planta, 28020
Madrid), en su condición de Directora de la misma, cargo para el que fue nombrada por
Resolución de 28 de febrero de 2023, del Consejo Rector de la ANECA, y en el ejercicio
de las competencias atribuidas en el artículo 16 del Estatuto de la ANECA, aprobado por
Real Decreto 1112/2015, de 11 de diciembre.
De otra parte, don Francesc Xavier Grau i Vidal, presidente de la Agència per a la
Qualitat del Sistema Universitari de Catalunya, en adelante AQU Catalunya, con CIF
Q-0801199A, nombrado por el Acuerdo GOV/267/2022, de 6 de diciembre (DOGC
núm. 8809, de 9 de diciembre de 2022), que actúa en ejercicio de las funciones que tiene
atribuidas en el artículo 11 del Decreto 315/2016, de 8 de noviembre, por el que se
aprueban los Estatutos de la Agència per a la Qualitat del Sistema Universitari de
Catalunya.
EXPONEN
1. Que ANECA, organismo autónomo adscrito al Ministerio de Universidades, tiene
como funciones la acreditación y evaluación del profesorado universitario, la acreditación
institucional, la evaluación de titulaciones universitarias, el seguimiento de resultados e
informe en el ámbito universitario, y cualquier otra que le atribuyan las leyes estatales y
autonómicas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la Ley Orgánica 2/2023,
de 22 de marzo, del Sistema Universitario.
cve: BOE-A-2023-23206
Verificable en https://www.boe.es
Ambos representantes, reconociéndose mutuamente capacidad suficiente,
subscriben en nombre de las respectivas entidades el presente documento y, al efecto,