I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Subvenciones. (BOE-A-2023-23122)
Real Decreto 823/2023, de 14 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Corporación de Radio y Televisión Española, SA, S.M.E., para el desarrollo de la producción, emisión y difusión de la 24.ª edición de los Grammy Latinos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 273
Miércoles 15 de noviembre de 2023
Sec. I. Pág. 152033
artículo 22.2.c) deberán ser aprobadas por real decreto, a propuesta del Ministro
competente y previo informe del Ministerio de Hacienda y Función Pública.
Este real decreto se atiene a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad,
seguridad jurídica, transparencia y eficiencia prescritos en el artículo 129.1 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. La adecuación de la norma propuesta a los principios de
necesidad y eficacia se deduce de la orientación que adopta la misma en pos de la
defensa del interés general, que se anuda a la obligación constitucional que tienen los
poderes públicos de garantizar el acceso a la cultura, existiendo razones de interés
público, social, económico y cultural que justifican la financiación pública. Es una norma
que responde al principio de proporcionalidad, conteniendo la regulación imprescindible
para dar cumplimiento tanto al mandato constitucional como a los fines atribuidos al
departamento, siendo además las obligaciones que impone a la entidad beneficiaria las
establecidas de forma común en la normativa general de subvenciones. El proyecto
regula el contenido mínimo establecido en el artículo 28.3 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, así como otros extremos propios de las bases reguladoras de acuerdo con el
artículo 17 de la misma ley. La norma se adecúa al principio de seguridad jurídica, puesto
que resulta coherente con el resto del ordenamiento jurídico, y de eficiencia, pues no
incorpora más cargas administrativas de las estrictamente necesarias. Por último, se
adecúa al principio de transparencia, al articularse las subvenciones en un real decreto
cuya publicación en el «Boletín Oficial del Estado» permitirá su conocimiento a toda la
ciudadanía, que además tiene acceso a la información sobre las mismas que consta en
su memoria, accesible a través del Portal de Transparencia.
Por último, y en atención a que la finalidad última de la subvención es el fomento de
la cultura, la actuación subvencionada encuentra su fundamento en la competencia
estatal prevista en el artículo 149.2 de la Constitución Española que establece que, sin
perjuicio de las competencias que podrán asumir las comunidades autónomas, el Estado
considerará el servicio de la cultura como deber y atribución esencial y facilitará la
comunicación cultural entre las comunidades autónomas, de acuerdo con ellas. De esta
manera, la propuesta se considera plenamente respetuosa con el reparto constitucional
de competencias entre el Estado y las comunidades autónomas en materia de cultura.
El Ministerio de Hacienda y Función Pública ha emitido el preceptivo informe en
cumplimiento del artículo 28.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y del artículo 67
de su reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Cultura y Deporte, con la aprobación previa
de la Ministra de Hacienda y Función Pública, y previa deliberación del Consejo de
Ministros en su reunión del día 14 de noviembre de 2023,
DISPONGO:
El presente real decreto tiene por objeto regular la concesión directa de una
subvención de carácter singular a la Corporación de Radio y Televisión Española,
SA, S.M.E., para el desarrollo de la producción, emisión y difusión de la 24.ª edición de
los Grammy Latinos, en aplicación de lo previsto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en relación con lo establecido en los
apartados 2 y 3 del artículo 28 de dicha ley, por concurrir razones de interés público,
social, económico y cultural.
Artículo 2.
Régimen jurídico aplicable.
Esta subvención se regirá, además de por lo particularmente dispuesto en este real
decreto y en la resolución de concesión, por lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, por el reglamento de la citada ley, aprobado por el Real Decreto 887/2006,
cve: BOE-A-2023-23122
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 1. Objeto.
Núm. 273
Miércoles 15 de noviembre de 2023
Sec. I. Pág. 152033
artículo 22.2.c) deberán ser aprobadas por real decreto, a propuesta del Ministro
competente y previo informe del Ministerio de Hacienda y Función Pública.
Este real decreto se atiene a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad,
seguridad jurídica, transparencia y eficiencia prescritos en el artículo 129.1 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. La adecuación de la norma propuesta a los principios de
necesidad y eficacia se deduce de la orientación que adopta la misma en pos de la
defensa del interés general, que se anuda a la obligación constitucional que tienen los
poderes públicos de garantizar el acceso a la cultura, existiendo razones de interés
público, social, económico y cultural que justifican la financiación pública. Es una norma
que responde al principio de proporcionalidad, conteniendo la regulación imprescindible
para dar cumplimiento tanto al mandato constitucional como a los fines atribuidos al
departamento, siendo además las obligaciones que impone a la entidad beneficiaria las
establecidas de forma común en la normativa general de subvenciones. El proyecto
regula el contenido mínimo establecido en el artículo 28.3 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, así como otros extremos propios de las bases reguladoras de acuerdo con el
artículo 17 de la misma ley. La norma se adecúa al principio de seguridad jurídica, puesto
que resulta coherente con el resto del ordenamiento jurídico, y de eficiencia, pues no
incorpora más cargas administrativas de las estrictamente necesarias. Por último, se
adecúa al principio de transparencia, al articularse las subvenciones en un real decreto
cuya publicación en el «Boletín Oficial del Estado» permitirá su conocimiento a toda la
ciudadanía, que además tiene acceso a la información sobre las mismas que consta en
su memoria, accesible a través del Portal de Transparencia.
Por último, y en atención a que la finalidad última de la subvención es el fomento de
la cultura, la actuación subvencionada encuentra su fundamento en la competencia
estatal prevista en el artículo 149.2 de la Constitución Española que establece que, sin
perjuicio de las competencias que podrán asumir las comunidades autónomas, el Estado
considerará el servicio de la cultura como deber y atribución esencial y facilitará la
comunicación cultural entre las comunidades autónomas, de acuerdo con ellas. De esta
manera, la propuesta se considera plenamente respetuosa con el reparto constitucional
de competencias entre el Estado y las comunidades autónomas en materia de cultura.
El Ministerio de Hacienda y Función Pública ha emitido el preceptivo informe en
cumplimiento del artículo 28.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y del artículo 67
de su reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Cultura y Deporte, con la aprobación previa
de la Ministra de Hacienda y Función Pública, y previa deliberación del Consejo de
Ministros en su reunión del día 14 de noviembre de 2023,
DISPONGO:
El presente real decreto tiene por objeto regular la concesión directa de una
subvención de carácter singular a la Corporación de Radio y Televisión Española,
SA, S.M.E., para el desarrollo de la producción, emisión y difusión de la 24.ª edición de
los Grammy Latinos, en aplicación de lo previsto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en relación con lo establecido en los
apartados 2 y 3 del artículo 28 de dicha ley, por concurrir razones de interés público,
social, económico y cultural.
Artículo 2.
Régimen jurídico aplicable.
Esta subvención se regirá, además de por lo particularmente dispuesto en este real
decreto y en la resolución de concesión, por lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, por el reglamento de la citada ley, aprobado por el Real Decreto 887/2006,
cve: BOE-A-2023-23122
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Artículo 1. Objeto.