II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Personal laboral. (BOE-A-2023-23064)
Resolución de 9 de noviembre de 2023, del Consorcio de la Zona Especial Canaria, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión de puesto de trabajo de Dirección de Régimen Interior, Supervisión y Control, en régimen de alta dirección.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 272

Martes 14 de noviembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 150801

El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles, a contar desde el
día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Novena.

Protección de datos personales.

En cumplimiento de lo previsto en la normativa de protección de datos de carácter
personal, se informa que los datos de carácter personal facilitados en el curso de la
presente convocatoria se incluirán en un fichero titularidad del Consorcio de la Zona
Especial Canaria, con domicilio en la calle León y Castillo, 431 de Las Palmas de Gran
Canaria, con la finalidad de gestionar el procedimiento de contratación.
Los datos e información que se faciliten para participar en el proceso selectivo no
serán utilizados para finalidades distintas de las señaladas ni serán cedidos a persona o
entidad alguna.
Las personas candidatas prestan su consentimiento expreso e inequívoco para el
tratamiento de sus datos de carácter personal por parte del Consorcio de la Zona
Especial Canaria. Las personas interesadas podrán ejercitar sus derechos de acceso,
rectificación, cancelación y oposición mediante comunicación escrita dirigida a la
Consorcio de la Zona Especial Canaria, en la dirección del responsable, mencionada
anteriormente.

cve: BOE-A-2023-23064
Verificable en https://www.boe.es

Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante la Presidencia del Consorcio de la Zona Especial Canaria en el plazo
de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación o bien demanda, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante el órgano
jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69.2 de la
Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social. Ha de tenerse en
cuenta que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer
demanda hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la
desestimación presunta del mismo.