II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2023-23099)
Resolución de 2 de noviembre de 2023, de la Universidad de Salamanca, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral de los Grupos I, II, III y IVA.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 14 de noviembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 150887
procederá devolución alguna de la tasa por derechos de examen en los supuestos de
exclusión definitiva de las pruebas selectivas por causa imputable al interesado. En
ningún caso, la presentación y pago de la tasa de los derechos de examen supondrá la
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
4.5 A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:
A. Los aspirantes que posean la nacionalidad española deberán adjuntar fotocopia
del Documento Nacional de Identidad. Los aspirantes extranjeros a que hace referencia
la base 3.1.a de la presente convocatoria deberán presentar documento o fotocopia del
documento acreditativo de su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten
el vínculo de parentesco y dependencia del nacional de otro Estado con el que tengan
dicho vínculo cuando esta circunstancia proceda. Asimismo, en el supuesto de aquellos
aspirantes que participen por su condición de cónyuge, deberán presentar declaración
jurada o promesa de éste de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su
caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo. Los
documentos que así lo precisen deberán presentarse traducidos al español.
B. Si se ha realizado el pago en el banco deberá escanear la copia sellada y
adjuntarla a su solicitud. Para ello deberá hacer clic en Tareas Pendientes, dentro de su
Área Personal.
En el caso de exención de tasas, deberá adjuntar justificante acreditativo de la
correspondiente condición que da derecho a ella, tal y como se indica en la base 4.3.2.
C. Para el ejercicio de sus derechos, las personas con discapacidad que hayan
marcado tal condición en la solicitud de participación, deberán aportar acreditación de la
misma, así como acreditar la compatibilidad de sus limitaciones en la actividad con las
funciones del/los puestos a los que aspiran, expedidas por los órganos competentes en
materia de servicios sociales.
4.6 De la presentación de las solicitudes de participación en las presentes pruebas
selectivas que efectúen los aspirantes se deducirá que éstos reúnen los requisitos de
participación establecidos en la base 3. Al final del proceso selectivo, los aspirantes
seleccionados aportarán la documentación acreditativa de estos requisitos tal y como se
señala en la base 9.
4.7 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus
solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado,
dentro de los plazos previstos para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho
plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
4.8 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición del interesado.
5.
Admisión de aspirantes
5.1 Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad
de Salamanca dictará, en el plazo máximo de un mes, Resolución en virtud de la cual se
declararán aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos por
cada grupo, categoría, especialidad y localidad. En esta Resolución, que será publicada
en el «Boletín Oficial de Castilla y León», figurarán los aspirantes excluidos (apellidos,
nombre y DNI) con indicación expresa de la causa de exclusión.
5.2 En todo caso, tanto la Resolución como las mencionadas listas certificadas
completas de aspirantes admitidos y excluidos, se publicarán en el tablón de anuncios de
la sede electrónica de la Universidad.
5.3
Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles,
contados a partir del siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y
León», para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión o su omisión de
las relaciones de admitidos y excluidos. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado,
no subsanen la exclusión o la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la
relación de admitidos, serán definitivamente excluidos del correspondiente procedimiento
cve: BOE-A-2023-23099
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 272
Martes 14 de noviembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 150887
procederá devolución alguna de la tasa por derechos de examen en los supuestos de
exclusión definitiva de las pruebas selectivas por causa imputable al interesado. En
ningún caso, la presentación y pago de la tasa de los derechos de examen supondrá la
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
4.5 A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:
A. Los aspirantes que posean la nacionalidad española deberán adjuntar fotocopia
del Documento Nacional de Identidad. Los aspirantes extranjeros a que hace referencia
la base 3.1.a de la presente convocatoria deberán presentar documento o fotocopia del
documento acreditativo de su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten
el vínculo de parentesco y dependencia del nacional de otro Estado con el que tengan
dicho vínculo cuando esta circunstancia proceda. Asimismo, en el supuesto de aquellos
aspirantes que participen por su condición de cónyuge, deberán presentar declaración
jurada o promesa de éste de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su
caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo. Los
documentos que así lo precisen deberán presentarse traducidos al español.
B. Si se ha realizado el pago en el banco deberá escanear la copia sellada y
adjuntarla a su solicitud. Para ello deberá hacer clic en Tareas Pendientes, dentro de su
Área Personal.
En el caso de exención de tasas, deberá adjuntar justificante acreditativo de la
correspondiente condición que da derecho a ella, tal y como se indica en la base 4.3.2.
C. Para el ejercicio de sus derechos, las personas con discapacidad que hayan
marcado tal condición en la solicitud de participación, deberán aportar acreditación de la
misma, así como acreditar la compatibilidad de sus limitaciones en la actividad con las
funciones del/los puestos a los que aspiran, expedidas por los órganos competentes en
materia de servicios sociales.
4.6 De la presentación de las solicitudes de participación en las presentes pruebas
selectivas que efectúen los aspirantes se deducirá que éstos reúnen los requisitos de
participación establecidos en la base 3. Al final del proceso selectivo, los aspirantes
seleccionados aportarán la documentación acreditativa de estos requisitos tal y como se
señala en la base 9.
4.7 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus
solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado,
dentro de los plazos previstos para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho
plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
4.8 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición del interesado.
5.
Admisión de aspirantes
5.1 Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad
de Salamanca dictará, en el plazo máximo de un mes, Resolución en virtud de la cual se
declararán aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos por
cada grupo, categoría, especialidad y localidad. En esta Resolución, que será publicada
en el «Boletín Oficial de Castilla y León», figurarán los aspirantes excluidos (apellidos,
nombre y DNI) con indicación expresa de la causa de exclusión.
5.2 En todo caso, tanto la Resolución como las mencionadas listas certificadas
completas de aspirantes admitidos y excluidos, se publicarán en el tablón de anuncios de
la sede electrónica de la Universidad.
5.3
Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles,
contados a partir del siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y
León», para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión o su omisión de
las relaciones de admitidos y excluidos. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado,
no subsanen la exclusión o la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la
relación de admitidos, serán definitivamente excluidos del correspondiente procedimiento
cve: BOE-A-2023-23099
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Núm. 272