II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2023-23099)
Resolución de 2 de noviembre de 2023, de la Universidad de Salamanca, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral de los Grupos I, II, III y IVA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 272
Martes 14 de noviembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 150882
León; los Estatutos de la Universidad de Salamanca, aprobados por Acuerdo 19/2003,
de 30 de enero, de la Junta de Castilla y León, el C.C. actualmente en vigor; así como
por lo dispuesto en las presentes bases. Igualmente, y con carácter supletorio, resultará
de aplicación el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del
Estado y de Provisión de Puestos de trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios civiles de la Administración General del Estado.
2.
Características, funciones y jornada de los puestos de trabajo
2.1 Las características de los puestos de trabajo aparecen relacionadas en el
Anexo I, tal y como se hallan fijadas en la actual relación de puestos de trabajo. Las
funciones que, con carácter general, corresponden a cada uno de los Grupos y
Categorías profesionales en que se encuadran los puestos convocados, son las que
figuran en el Anexo I del actual C.C.
2.2 Las personas que obtengan las plazas de referencia deberán cumplir las
obligaciones inherentes al puesto de trabajo al que han accedido, con especial referencia
al régimen de jornada y horario. La jornada de trabajo será la fijada con carácter general
para las Administraciones Públicas, y el horario en que ésta se desarrollará será el
establecido en el Centro, Departamento o Servicio en el que se ubica cada puesto de
trabajo, con sujeción a lo establecido en el C. C. y en la relación de puestos de trabajo.
El desempeño de los puestos convocados quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de
diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones
Públicas.
3.
Requisitos de los aspirantes
3.1 Para participar en este concurso-oposición libre, los aspirantes deberán reunir
los requisitos generales de acceso a los empleos públicos previstos en el artículo 56 y 57
del Estatuto Básico del Empleado Público. Además, se deberá reunir los requisitos
generales de acceso a la Función Pública y, en particular:
a)
Nacionalidad:
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de las
plazas convocadas, y no padecer enfermedad ni defecto físico que impida el ejercicio de
éstas. Quienes tengan la condición de personas con discapacidad reconocida por el
órgano competente, deberán acreditar la compatibilidad de sus limitaciones en la
actividad con las funciones del/los puestos a los que aspiran.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa. Sólo por la ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la
edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
cve: BOE-A-2023-23099
Verificable en https://www.boe.es
– Tener la nacionalidad española.
– Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea.
– Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los
nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén
separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus
descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo menores de veintiún años o
mayores de dicha edad dependientes.
– Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la
libre circulación de trabajadores.
– Los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren
con residencia legal en España.
Núm. 272
Martes 14 de noviembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 150882
León; los Estatutos de la Universidad de Salamanca, aprobados por Acuerdo 19/2003,
de 30 de enero, de la Junta de Castilla y León, el C.C. actualmente en vigor; así como
por lo dispuesto en las presentes bases. Igualmente, y con carácter supletorio, resultará
de aplicación el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del
Estado y de Provisión de Puestos de trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios civiles de la Administración General del Estado.
2.
Características, funciones y jornada de los puestos de trabajo
2.1 Las características de los puestos de trabajo aparecen relacionadas en el
Anexo I, tal y como se hallan fijadas en la actual relación de puestos de trabajo. Las
funciones que, con carácter general, corresponden a cada uno de los Grupos y
Categorías profesionales en que se encuadran los puestos convocados, son las que
figuran en el Anexo I del actual C.C.
2.2 Las personas que obtengan las plazas de referencia deberán cumplir las
obligaciones inherentes al puesto de trabajo al que han accedido, con especial referencia
al régimen de jornada y horario. La jornada de trabajo será la fijada con carácter general
para las Administraciones Públicas, y el horario en que ésta se desarrollará será el
establecido en el Centro, Departamento o Servicio en el que se ubica cada puesto de
trabajo, con sujeción a lo establecido en el C. C. y en la relación de puestos de trabajo.
El desempeño de los puestos convocados quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de
diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones
Públicas.
3.
Requisitos de los aspirantes
3.1 Para participar en este concurso-oposición libre, los aspirantes deberán reunir
los requisitos generales de acceso a los empleos públicos previstos en el artículo 56 y 57
del Estatuto Básico del Empleado Público. Además, se deberá reunir los requisitos
generales de acceso a la Función Pública y, en particular:
a)
Nacionalidad:
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de las
plazas convocadas, y no padecer enfermedad ni defecto físico que impida el ejercicio de
éstas. Quienes tengan la condición de personas con discapacidad reconocida por el
órgano competente, deberán acreditar la compatibilidad de sus limitaciones en la
actividad con las funciones del/los puestos a los que aspiran.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa. Sólo por la ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la
edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
cve: BOE-A-2023-23099
Verificable en https://www.boe.es
– Tener la nacionalidad española.
– Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea.
– Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los
nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén
separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus
descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo menores de veintiún años o
mayores de dicha edad dependientes.
– Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la
libre circulación de trabajadores.
– Los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren
con residencia legal en España.