II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-23010)
Resolución de 30 de octubre de 2023, de la Universidad Pompeu Fabra, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 13 de noviembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 150012
indicar como nombre del remitente el del mismo aspirante. El resguardo del pago debe
adjuntarse como documentación de la solicitud.
Para los casos de exenciones o bonificaciones de pago, será necesario adjuntar la
acreditación del motivo, tanto si se realiza la presentación de la solicitud por medio
electrónico como si se efectúa de forma presencial. La no presentación de esta
acreditación determinará la exclusión en este concurso.
La falta del pago de la tasa o el pago incompleto en el plazo de presentación de
solicitudes determina la exclusión de la candidatura. Por lo tanto, no se podrá formalizar
el pago en el plazo de enmiendas. Para acreditar el pago se debe adjuntar el
comprobante a la solicitud.
Las tasas satisfechas no serán objeto de devolución en caso de exclusión de la
convocatoria por falta de cumplimiento de los requisitos, así como tampoco por causa de
renuncia de la persona aspirante, o por otras causas que impidan su participación en el
proceso selectivo, excepto por causa de fuerza mayor que habrá que acreditar.
3.5 En ningún caso el pago de la tasa sustituirá el trámite de presentación de la
solicitud ante la Universidad dentro del termini y en la forma correspondiente, de acuerdo
con lo que establece esta base.
4.
Admisión de aspirantes
4.1 Como máximo el quinto día hábil después de finalizar el plazo de presentación
de solicitudes, se hará pública la lista provisional de personas de admitidas y excluidas
con indicación de los motivos de exclusión y se indicará la fecha de publicación de la
lista definitiva. Esta lista se publicará en la web de la Universidad: http://
www.upf.edu/web/personal/ofertes-pdi
4.2 Los aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del
día siguiente de la publicación de las listas provisionales de personas admitidas y
excluidas, para presentar, por los medios que se indica en la base 3 (indicando la
referencia de la plaza), posibles reclamaciones con el fin de enmendar los defectos de la
solicitud, a excepción del pago de la tasa, o para adjuntar la documentación requerida
por la convocatoria.
Los escritos o reclamaciones que se presenten respecto de la lista provisional se
resolverán mediante la publicación de la lista definitiva.
4.3 En el caso de que los aspirantes excluidos no enmienden, dentro del plazo
señalado los defectos que, en cada caso, han motivado su exclusión, serán
considerados desistidos de la petición y, por lo tanto, su exclusión se convertirá en
definitiva.
4.4 De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 41 y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, con la
publicación de las resoluciones indicadas en la web de la Universidad se considerará
realizada la oportuna notificación a los interesados y se iniciará el cómputo de los plazos
a efectos de posibles reclamaciones o recursos.
4.5 Las resoluciones de aprobación de las listas definitivas agotan la vía
administrativa.
4.6 Las personas candidatas al concurso que renuncien a participar en cualquier
momento del proceso selectivo deben comunicarlo a la rectora mediante un escrito
firmado por alguno de los procedimientos previstos para la presentación de la solicitud.
5.
Comisión de Selección
5.1 De conformidad con lo establecido en el artículo 106 de los Estatutos de la
Universidad Pompeu Fabra, la Comisión de Selección es la que se indica en el anexo II
de estas bases, junto con la información de la plaza o plazas que son objeto de
convocatoria.
cve: BOE-A-2023-23010
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 271
Lunes 13 de noviembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 150012
indicar como nombre del remitente el del mismo aspirante. El resguardo del pago debe
adjuntarse como documentación de la solicitud.
Para los casos de exenciones o bonificaciones de pago, será necesario adjuntar la
acreditación del motivo, tanto si se realiza la presentación de la solicitud por medio
electrónico como si se efectúa de forma presencial. La no presentación de esta
acreditación determinará la exclusión en este concurso.
La falta del pago de la tasa o el pago incompleto en el plazo de presentación de
solicitudes determina la exclusión de la candidatura. Por lo tanto, no se podrá formalizar
el pago en el plazo de enmiendas. Para acreditar el pago se debe adjuntar el
comprobante a la solicitud.
Las tasas satisfechas no serán objeto de devolución en caso de exclusión de la
convocatoria por falta de cumplimiento de los requisitos, así como tampoco por causa de
renuncia de la persona aspirante, o por otras causas que impidan su participación en el
proceso selectivo, excepto por causa de fuerza mayor que habrá que acreditar.
3.5 En ningún caso el pago de la tasa sustituirá el trámite de presentación de la
solicitud ante la Universidad dentro del termini y en la forma correspondiente, de acuerdo
con lo que establece esta base.
4.
Admisión de aspirantes
4.1 Como máximo el quinto día hábil después de finalizar el plazo de presentación
de solicitudes, se hará pública la lista provisional de personas de admitidas y excluidas
con indicación de los motivos de exclusión y se indicará la fecha de publicación de la
lista definitiva. Esta lista se publicará en la web de la Universidad: http://
www.upf.edu/web/personal/ofertes-pdi
4.2 Los aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del
día siguiente de la publicación de las listas provisionales de personas admitidas y
excluidas, para presentar, por los medios que se indica en la base 3 (indicando la
referencia de la plaza), posibles reclamaciones con el fin de enmendar los defectos de la
solicitud, a excepción del pago de la tasa, o para adjuntar la documentación requerida
por la convocatoria.
Los escritos o reclamaciones que se presenten respecto de la lista provisional se
resolverán mediante la publicación de la lista definitiva.
4.3 En el caso de que los aspirantes excluidos no enmienden, dentro del plazo
señalado los defectos que, en cada caso, han motivado su exclusión, serán
considerados desistidos de la petición y, por lo tanto, su exclusión se convertirá en
definitiva.
4.4 De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 41 y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, con la
publicación de las resoluciones indicadas en la web de la Universidad se considerará
realizada la oportuna notificación a los interesados y se iniciará el cómputo de los plazos
a efectos de posibles reclamaciones o recursos.
4.5 Las resoluciones de aprobación de las listas definitivas agotan la vía
administrativa.
4.6 Las personas candidatas al concurso que renuncien a participar en cualquier
momento del proceso selectivo deben comunicarlo a la rectora mediante un escrito
firmado por alguno de los procedimientos previstos para la presentación de la solicitud.
5.
Comisión de Selección
5.1 De conformidad con lo establecido en el artículo 106 de los Estatutos de la
Universidad Pompeu Fabra, la Comisión de Selección es la que se indica en el anexo II
de estas bases, junto con la información de la plaza o plazas que son objeto de
convocatoria.
cve: BOE-A-2023-23010
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 271