III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-22925)
Resolución de 9 de octubre de 2023, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica el Convenio con la Universidad Carlos III de Madrid, en el ámbito de los derechos de las personas afrodescendientes en América Latina y el Caribe.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 270

Sábado 11 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 149720

con la normativa que les resulta de aplicación para suscribir el presente convenio y, a tal
efecto,
EXPONEN
Primero.
Que, en virtud del artículo 21 del Estatuto de la AECID, aprobado por Real
Decreto 1403/2007, de 26 de octubre, la AECID es una Agencia estatal adscrita al
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación a través de su
Secretaría de Estado de Cooperación Internacional (SECI).
Segundo.
Que, de acuerdo con el artículo 31.1 de la Ley 1/2023, de 20 de febrero, de
Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global, la AECID es el órgano
responsable del fomento, programación, coordinación operativa, gestión y ejecución de
las políticas públicas de la cooperación española para el desarrollo sostenible. Entre sus
fines se cuentan impulsar el desarrollo humano sostenible en los países en desarrollo,
potenciando las propias capacidades de los países socios y promoviendo la cohesión
social a través del fomento y, el impulso, de las políticas públicas relacionadas con el
buen gobierno.
Tercero.
Que, de conformidad con el artículo 31.5 de dicha Ley, la AECID debe promover la
generación de alianzas entre actores de cooperación, y que para ello podrá establecer
acuerdos operativos o marcos de actuación con las universidades y el resto de las
entidades del sistema de la cooperación española.
Cuarto.
Que la Agencia, tal como queda recogido en el artículo 5 de su Estatuto, queda
especialmente facultada para impulsar actuaciones orientadas a la promoción del
desarrollo humano sostenible en el ámbito social, institucional, cultural, universitario y
científico, con impacto en los países y regiones socios de la Cooperación Española, así
como para apoyar e incentivar iniciativas públicas que contribuyan a la consecución de
los objetivos de la Agencia y para coordinar intervenciones con impacto en desarrollo
sostenible con los diversos agentes de la Cooperación Española reconocidos en el Plan
Director, entre los que se cuentan las universidades.

Que, en cumplimiento del artículo 41 de la Ley 1/2023, la AECID impulsará el
establecimiento de mecanismos de colaboración con universidades y fomentará la
generación y transferencia de conocimiento experto para el desarrollo sostenible,
fomentando la participación de especialistas en distintos ámbitos de la cooperación
internacional y la incorporación del desarrollo sostenible global y sus prioridades a los
planes de estudios y los programas académicos y de investigación.
Sexto.
Que, tal y como establece el artículo 4 de dicha Ley, para el fomento de la política
española de cooperación para el desarrollo sostenible la AECID deberá impulsar la lucha
contra las desigualdades prestando especial atención a aquellas personas y colectivos
que sufran discriminación, exclusión o violencia por motivos de etnia, con una
perspectiva interseccional y un enfoque de derechos, así como impulsar el

cve: BOE-A-2023-22925
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Quinto.