II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Funcionarios docentes en el exterior. (BOE-A-2023-22868)
Resolución de 8 de noviembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de personal docente en el exterior.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 11 de noviembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 149636
específico de preparación para las tareas que llevarán a cabo. Este curso se realizará en
el lugar, fecha y hora que en su momento sea adecuadamente comunicado.
Novena. Adscripción, revocación y reincorporación una vez finalizada la adscripción en
el exterior.
En todo lo referente a períodos de adscripción, revocación y reincorporación una vez
finalizada la adscripción en el exterior, el personal funcionario que resulte seleccionado
deberá estar a lo establecido en los apartados séptimo, octavo, noveno y décimo de la
Orden ECD/531/2003, de 10 de marzo, (BOE de 13 de marzo), por la que se establece el
procedimiento para la provisión por funcionarios docentes, de las vacantes en centros,
programas y asesorías técnicas en el exterior.
La adscripción en puestos ubicados en Estados Unidos se ajustará a los requisitos
establecidos por las autoridades del país en materia de inmigración. La legislación
estadounidense sobre la permanencia del personal de las misiones diplomáticas
bilaterales, emitida por la Oficina de Misiones Diplomáticas, Office of Foreign MissionsUS Department of State, limita a este personal su estancia en el país a periodos de un
máximo de cinco años, ajustándose a dicho periodo la duración máxima de la
adscripción en dichos puestos de los aspirantes seleccionados.
Asimismo, la citada legislación exige que, tras cualquier estancia en Estados Unidos
como personal adscrito a una misión diplomática, con independencia de su duración,
debe transcurrir un plazo de 36 meses desde la finalización de dicha estancia antes de
poder volver a incorporarse a una misión con posterioridad en un turno ulterior. Esta
medida, que afecta a todo el personal que haya prestado o vaya a prestar servicios en
Estados Unidos con pasaportes diplomáticos o de servicio adscritos a este Ministerio,
incluyendo al personal funcionario que desempeñe puestos como asesores y asesoras
técnicas o personal docente, tanto en adscripciones temporales como en comisiones de
servicio, constituye un requisito de obligado cumplimiento para la adscripción al puesto
adjudicado.
La falta de cumplimiento de este requisito para la adscripción en aquellos casos en
los que la persona participante haya resultado seleccionada y se le haya adjudicado un
puesto ubicado en Estados Unidos, conllevará la imposibilidad de adscripción al mismo,
decayendo de su derecho al citado puesto, así como al resto de puestos que haya
podido solicitar y hayan sido adjudicados a otras personas participantes.
La adscripción en puestos ubicados en Reino Unido estará condicionada a que los
candidatos seleccionados cumplan los requisitos que establezcan las autoridades del país en
materia de inmigración y educación (Reino Unido: https://www.educacionyfp.gob.es/
reinounido/brexit/brexit-profesoradoespa-ol.html, apartado «visados».
La falta de cumplimiento de este requisito para la adscripción en aquellos casos en
los que la persona participante haya resultado seleccionada y se le haya adjudicado un
puesto ubicado en Reino Unido, conllevará la imposibilidad de adscripción al mismo,
decayendo de su derecho al citado puesto, así como al resto de puestos que haya
podido solicitar y hayan sido adjudicados a otras personas participantes.
La participación con carácter voluntario en los concursos de traslados que sean
convocados por la distintas administraciones educativas antes de aquel curso académico
en el que, de acuerdo con lo establecido en el artículo décimo de la Orden
ECD/531/2003, de 10 de marzo, anteriormente citada, deba participarse en los
concursos de traslados convocados de forma obligatoria, podrá determinar la finalización
del periodo de adscripción en esos puestos, cuando de dicha participación con carácter
voluntario derive la obtención de un destino definitivo que conlleve, de acuerdo con su
normativa reguladora, la obligación de incorporarse al mismo con fecha de 1 de
septiembre del correspondiente curso académico.
cve: BOE-A-2023-22868
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 270
Sábado 11 de noviembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 149636
específico de preparación para las tareas que llevarán a cabo. Este curso se realizará en
el lugar, fecha y hora que en su momento sea adecuadamente comunicado.
Novena. Adscripción, revocación y reincorporación una vez finalizada la adscripción en
el exterior.
En todo lo referente a períodos de adscripción, revocación y reincorporación una vez
finalizada la adscripción en el exterior, el personal funcionario que resulte seleccionado
deberá estar a lo establecido en los apartados séptimo, octavo, noveno y décimo de la
Orden ECD/531/2003, de 10 de marzo, (BOE de 13 de marzo), por la que se establece el
procedimiento para la provisión por funcionarios docentes, de las vacantes en centros,
programas y asesorías técnicas en el exterior.
La adscripción en puestos ubicados en Estados Unidos se ajustará a los requisitos
establecidos por las autoridades del país en materia de inmigración. La legislación
estadounidense sobre la permanencia del personal de las misiones diplomáticas
bilaterales, emitida por la Oficina de Misiones Diplomáticas, Office of Foreign MissionsUS Department of State, limita a este personal su estancia en el país a periodos de un
máximo de cinco años, ajustándose a dicho periodo la duración máxima de la
adscripción en dichos puestos de los aspirantes seleccionados.
Asimismo, la citada legislación exige que, tras cualquier estancia en Estados Unidos
como personal adscrito a una misión diplomática, con independencia de su duración,
debe transcurrir un plazo de 36 meses desde la finalización de dicha estancia antes de
poder volver a incorporarse a una misión con posterioridad en un turno ulterior. Esta
medida, que afecta a todo el personal que haya prestado o vaya a prestar servicios en
Estados Unidos con pasaportes diplomáticos o de servicio adscritos a este Ministerio,
incluyendo al personal funcionario que desempeñe puestos como asesores y asesoras
técnicas o personal docente, tanto en adscripciones temporales como en comisiones de
servicio, constituye un requisito de obligado cumplimiento para la adscripción al puesto
adjudicado.
La falta de cumplimiento de este requisito para la adscripción en aquellos casos en
los que la persona participante haya resultado seleccionada y se le haya adjudicado un
puesto ubicado en Estados Unidos, conllevará la imposibilidad de adscripción al mismo,
decayendo de su derecho al citado puesto, así como al resto de puestos que haya
podido solicitar y hayan sido adjudicados a otras personas participantes.
La adscripción en puestos ubicados en Reino Unido estará condicionada a que los
candidatos seleccionados cumplan los requisitos que establezcan las autoridades del país en
materia de inmigración y educación (Reino Unido: https://www.educacionyfp.gob.es/
reinounido/brexit/brexit-profesoradoespa-ol.html, apartado «visados».
La falta de cumplimiento de este requisito para la adscripción en aquellos casos en
los que la persona participante haya resultado seleccionada y se le haya adjudicado un
puesto ubicado en Reino Unido, conllevará la imposibilidad de adscripción al mismo,
decayendo de su derecho al citado puesto, así como al resto de puestos que haya
podido solicitar y hayan sido adjudicados a otras personas participantes.
La participación con carácter voluntario en los concursos de traslados que sean
convocados por la distintas administraciones educativas antes de aquel curso académico
en el que, de acuerdo con lo establecido en el artículo décimo de la Orden
ECD/531/2003, de 10 de marzo, anteriormente citada, deba participarse en los
concursos de traslados convocados de forma obligatoria, podrá determinar la finalización
del periodo de adscripción en esos puestos, cuando de dicha participación con carácter
voluntario derive la obtención de un destino definitivo que conlleve, de acuerdo con su
normativa reguladora, la obligación de incorporarse al mismo con fecha de 1 de
septiembre del correspondiente curso académico.
cve: BOE-A-2023-22868
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 270