II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Funcionarios docentes en el exterior. (BOE-A-2023-22868)
Resolución de 8 de noviembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de personal docente en el exterior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 270

Sábado 11 de noviembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 149634

Una vez valorada la primera parte de la fase específica, esta Subsecretaría hará
públicos los resultados mediante Resolución publicada en la precitada página web del
Ministerio:
https://www.educacionyfp.gob.es/contenidos/profesorado/no-universitarios/
funcionarios-docentes/concurso.html. Asimismo, indicará la forma en que se convocará a
quienes hayan superado la primera parte de la fase específica para la lectura de la
segunda parte, en sesión pública ante la Comisión de Valoración correspondiente, cuyos
miembros podrán hacerles las preguntas o requerir las aclaraciones que estimen
pertinentes para contrastar sus conocimientos durante un tiempo máximo de veinte
minutos. La Comisión valorará el rigor analítico, el conocimiento teórico y el práctico de
los centros y programas en el exterior, el perfil profesional del candidato o de la
candidata, su adecuación al puesto, así como la puesta al día en metodología en
educación. Finalizada la actuación, el Presidente o la Presidenta de la Comisión de
Valoración hará entrega al participante de la copia de su ejercicio. Una parte de estas
cuestiones se podrá realizar en el idioma o idiomas acreditados para cada puesto.
La segunda parte de esta fase específica se valorará de cero a quince puntos y será
necesario alcanzar el 50% de la puntuación máxima establecida para superarla.
Sexta. Propuesta de resolución.
La propuesta de resolución del concurso deberá recaer sobre aquella persona
participante con mayor puntuación para cada puesto, sumados los resultados finales de
las fases general y específica.
Los empates que puedan producirse se dirimirán según la puntuación obtenida por
este orden:
1.º Mayor puntuación en la fase específica.
2.º Mayor puntuación en la fase general.
3.º Mayor puntuación en cada uno de los apartados de la fase general, por el orden
en el que aparecen establecidos en el baremo.
Resolución del concurso.

1. Concluidas las distintas fases, el Presidente o Presidenta de la Comisión de
Selección elevará a esta Subsecretaría la propuesta de resolución del concurso, que
contendrá la relación de aspirantes seleccionados, con indicación de los puestos
adjudicados y las puntuaciones definitivas obtenidas por los mismos. Las actas del
procedimiento se adjuntarán a esta propuesta.
La Subsecretaría, una vez comprobado que se han cumplido todos los trámites y
requisitos previstos en la convocatoria, dictará la Resolución por la que se resuelve este
concurso de méritos que será publicada en el «Boletín Oficial del Estado», adscribiendo
al personal docente seleccionado a los correspondientes puestos de trabajo. Igualmente,
anunciará la fecha y lugares de exposición de las listas que contengan las puntuaciones
obtenidas en cada parte de la fase específica por quienes la hayan realizado, así como
la puntuación total de la misma, siempre y cuando hubieran obtenido la puntuación
mínima exigida en cada una de las dos partes. A quienes hayan superado la fase
específica, se les sumará la puntuación definitiva obtenida en la fase general y se
publicará, en este caso, la puntuación total alcanzada en el concurso de méritos.
Contra esta Resolución, que es definitiva en la vía administrativa, se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia en cuya circunscripción tenga la interesada o el interesado
su domicilio o bien ante la del Tribunal Superior de Justicia en cuya circunscripción se
dicta el acto originario que se impugna, a elección, conforme a lo establecido en el
artículo 10.1, i) en relación con la regla segunda del artículo 14.1 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de
dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de la publicación de esta
Resolución, de acuerdo con el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

cve: BOE-A-2023-22868
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Séptima.