II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Funcionarios docentes en el exterior. (BOE-A-2023-22868)
Resolución de 8 de noviembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de personal docente en el exterior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 11 de noviembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 149632

Cuarta. Listas provisionales y definitivas de personas admitidos y excluidos y
valoración de la Fase General.
1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, esta
Subsecretaría dictará Resolución que se publicará en la página web del Ministerio:
https://www.educacionyfp.gob.es/contenidos/profesorado/no-universitarios/funcionariosdocentes/concurso.html, que dará acceso al presente concurso de méritos, en la que se
anunciará la fecha de exposición de las listas provisionales de aspirantes que, por reunir
los requisitos generales de participación a que se refiere la Base primera, resulten
admitidos y de quienes, por no haber demostrado estar en posesión de dichos requisitos,
resulten excluidos provisionalmente, con indicación de las causas de exclusión.
Estas listas contendrán los niveles e idiomas que en la presente convocatoria se
acrediten a cada participante siempre que estos sean los requeridos para los puestos
solicitados. Asimismo, se le podrá reconocer el nivel de conocimiento de otros idiomas
distintos a los acreditados, cuando estos se correspondan con alguno de los exigidos
para las vacantes ofertadas en la presente convocatoria. Ese reconocimiento les podrá
ser válido para acreditar los idiomas correspondientes en la siguiente convocatoria de
concurso de méritos, en función de los puestos a los que opte en la forma que se indique
en esa convocatoria. La justificación del conocimiento de los idiomas se hará de acuerdo
con lo previsto en la base segunda 2.3.e). Las citadas listas contendrán las
especialidades requeridas para el puesto solicitado, así como otras especialidades no
requeridas para los puestos seleccionados por las personas candidatas y debidamente
acreditadas conforme a la normativa establecida en la Base Primera apartado A).2.
Igualmente, contendrán las puntuaciones provisionales de la fase general
correspondiente a los distintos apartados del baremo de méritos aprobadas por la
Comisión de Selección. En el caso de aspirantes provisionalmente excluidos, la validez
de estas puntuaciones y de los idiomas acreditados y/o reconocidos quedará
condicionada a su admisión definitiva.
2. El personal participante dispondrá de un plazo de diez días hábiles, contados a
partir del día siguiente a la publicación de estas listas, para subsanar la posible causa
que hubiera supuesto su exclusión o para subsanar los méritos alegados pero
insuficiente o defectuosamente justificados, así como para presentar reclamaciones
contra las puntuaciones provisionales otorgadas y los idiomas acreditados y/o
reconocidos.
Los escritos de reclamación deberán presentarse a través del registro electrónico de
la Administración General del Estado https://administracion.gob.es/ y dirigirse a la
Subsecretaría de este Ministerio, Subdirección General de Personal–Área Docente.
3. Vistas las reclamaciones presentadas dentro del plazo establecido, esta
Subsecretaría dictará Resolución, en la que se anunciará la fecha de exposición de las listas
definitivas de aspirantes admitidos, con indicación de las puntuaciones definitivas de la fase
general y de los idiomas y niveles definitivamente acreditados y/o reconocidos, así como las
listas definitivas de aspirantes excluidos con indicación de las causas que han motivado su
exclusión, declarando desestimadas las reclamaciones presentadas que no hayan supuesto
modificaciones con respecto a las listas provisionales. Esta Resolución se publicará en la
página web del Ministerio: https://www.educacionyfp.gob.es/contenidos/profesorado/nouniversitarios/funcionarios-docentes/concurso.html, que dará acceso al presente concurso de
méritos.
La citada Resolución es definitiva en la vía administrativa y contra la misma, así
como contra las listas publicadas, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia en cuya
circunscripción tenga el interesado o la interesada su domicilio o bien ante la del Tribunal
Superior de Justicia en cuya circunscripción se dicta el acto originario que se impugna, a
elección, conforme a lo establecido en el artículo 10.1, i) en relación con la regla
segunda del artículo 14.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso- Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a

cve: BOE-A-2023-22868
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Núm. 270