III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2023-22936)
Resolución de 6 de noviembre de 2023, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Rairiz de Veiga, sobre la financiación, ejecución y entrega de las obras de construcción de un puente sobre el río Bidueiro en Ponte Catuxa en Rairiz de Veiga (Ourense).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 270

Sábado 11 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 149767

2. El convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su
objeto, así como por incurrir en alguna de las siguientes causas de resolución:
a) El acuerdo unánime de todos los firmantes.
b) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de
alguno de los firmantes, y en particular, el incumplimiento de lo establecido en la cláusula
décima en relación a la puesta a disposición por parte del Ayuntamiento de Rairiz de
Veiga de los terrenos o bienes necesarios para la ejecución de las obras, así como de la
aprobación del proyecto.
La extinción del convenio por esta causa, tras el procedimiento contradictorio
regulado en el artículo 51.2.c) de la LRJSP, conllevará el pago de una indemnización a la
otra parte del convenio por los perjuicios causados derivados de actuaciones ya
ejecutadas o como consecuencia de otras actuaciones que tengan que asumir debido al
referido incumplimiento.
c) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
d) Por la entrada en vigor de disposiciones legales o reglamentarias que
determinen su extinción.
e) Por el transcurso del plazo de vigencia del convenio, sin haberse acordado,
tramitado e inscrito la prórroga del mismo antes de su extinción.
En dichos supuestos se establecerá, en función de la causa concreta de extinción y a
la vista de la situación particular de las actuaciones en curso, la forma de continuación
de las mismas y su finalización en un plazo improrrogable fijado por las partes, a
propuesta de la comisión de seguimiento, así como la forma de entrega de las obras al
organismo competente.
3. Las posibles modificaciones de este convenio, acordadas de forma unánime por
los firmantes, deberán formalizarse mediante la suscripción de la correspondiente
adenda modificativa, con los mismos requisitos y condiciones exigidos para la
aprobación del convenio inicial, salvo que la modificación consista en un mero cambio
del importe de las anualidades, de acuerdo con lo previsto en el punto primero de la
cláusula quinta.
Tercera.

Descripción de la obra.

Una vez demolida la obra de paso inicial se procederá a la ejecución de una nueva,
cuya forma y tipología se definirá en el correspondiente proyecto constructivo. En todo
caso la nueva obra de paso deberá salvar el cauce sin apoyos intermedios y con
capacidad hidráulica suficiente.
Coste de las actuaciones y financiación de las mismas.

1. La inversión total necesaria para la actuación se ha estimado en 190.000,00
euros, Impuesto del Valor Añadido incluido.
2. El coste de la inversión se financiará con cargo al presupuesto de gastos del
organismo de cuenca para el año 2023 y 2024, con cargo a la aplicación
presupuestaria 23.108.452A.601, superproyecto 2013.23.233.9001 y código de
proyecto 2013.23.233.0011.
3. De acuerdo con lo anterior, la cofinanciación de la obra se realizará de
conformidad con la siguiente fórmula:
– La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., aportará 171.000,00 euros del
coste inicialmente previsto, lo que supone un porcentaje del 90 % de la inversión.
– El Ayuntamiento de Rairiz de Veiga aportará 19.000,00 euros del coste
inicialmente previsto, con cargo a su aplicación presupuestaria 450-620 lo que supone
un porcentaje del 10 % de la inversión.

cve: BOE-A-2023-22936
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Cuarta.