III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2023-22846)
Resolución de 30 de octubre de 2023, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para el desarrollo del Marco de cooperación interadministrativa previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de dependencia; y para el establecimiento y financiación del nivel de protección acordado para el ejercicio 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 269

Viernes 10 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 149449

la accesibilidad y adaptaciones en el hogar que contribuyan a mejorar su capacidad de
desplazamiento en la vivienda.
Cuarta. Objetivos a cumplir por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en el
año 2023.
1. En cumplimiento de lo recogido en el «Acuerdo para la Puesta en Marcha del Plan
de Choque para el Impulso del Sistema para la Autonomía y la Atención a la
Dependencia», adoptado en el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema
para la Autonomía y Atención a la Dependencia, este convenio que desarrolla el Marco de
cooperación interadministrativa recoge los objetivos, medios y recursos para la mejora de
los servicios y prestaciones del Sistema que se han de ejecutar durante el año 2023, así
como los indicadores que resulten necesarios que permitan verificar su cumplimiento.
2. En el anexo I del presente convenio se recogen los objetivos y las actuaciones
que componen el compromiso de la Comunidad Autónoma para el año 2023, así como
los indicadores de verificación del cumplimiento de los mismos.
3. El grado de cumplimiento de los citados objetivos, podrá constituir un criterio de
reparto de la asignación relativa al nivel acordado correspondiente al ejercicio 2024, de
acuerdo con las previsiones al respecto del Marco de cooperación interadministrativa
que sea aprobado en dicho ejercicio y previo acuerdo del Consejo Territorial.
Quinta. Pago de las aportaciones de la Administración General del Estado
correspondientes al nivel acordado de financiación del SAAD.
El pago de las aportaciones que corresponden a la Administración General del
Estado, con el objeto de financiar la aplicación y desarrollo del nivel acordado en la
Comunidad Autónoma correspondiente al año 2023, se llevará a cabo a la firma del
presente convenio, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo primero de la regla
quinta del artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición adicional nonagésima novena
de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2023, que dispone que podrá preverse el anticipo de hasta la cuantía total del importe
previsto en el respectivo convenio para la financiación de las actuaciones a desarrollar por
las comunidades autónomas, previa autorización del Consejo de Ministros.
Justificación de gastos por la Comunidad Autónoma.

1. La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia se compromete a acreditar la
correcta aplicación de la totalidad de las aportaciones recibidas de la Administración
General del Estado antes de la finalización de la vigencia del presente convenio,
mediante la cumplimentación de los certificados recogidos como anexo II y anexo III del
presente convenio.
2. De conformidad con lo establecido en la regla séptima del apartado 2 del
artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, la
Comunidad Autónoma remitirá al Instituto de Mayores y Servicios Sociales un estado de
ejecución del ejercicio, indicando las cuantías totales de compromisos de créditos,
obligaciones reconocidas y pagos realizados en el año, detallado por cada una de las
aplicaciones presupuestarias del presupuesto de gastos del Estado desde las que se
realizaron las transferencias de crédito. El citado estado de ejecución se materializará en
un certificado firmado por la persona titular del centro directivo que gestione los créditos
incluidos en este convenio y adverado por la persona titular de la intervención, de
conformidad con el modelo recogido como anexo II y anexo III del presente convenio.
De la misma forma se presentará una memoria técnica de las medidas adoptadas
con relación al Plan de choque, cumplimiento de objetivos e indicadores de verificación
previstos, suscrita por el titular del centro directivo que gestione los créditos incluidos en
este convenio, donde se recoja el grado de cumplimiento y ejecución de las actuaciones

cve: BOE-A-2023-22846
Verificable en https://www.boe.es

Sexta.