III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Hidrocarburos. Permisos de investigación. (BOE-A-2023-22845)
Resolución de 10 de octubre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se autoriza la ejecución del proyecto "Abandono Definitivo (P&A) de Pozos Submarinos (Activo Casablanca, Tarragona)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 10 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 149429

II. EsIA, anexos y Documento de Síntesis actualizado tras el periodo de información
pública y consultas a las Administraciones públicas afectadas.
III. Las alegaciones e informes recibidos en los trámites de información pública y de
consultas a las Administraciones públicas afectadas, así como las respuestas remitidas.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 39 de la LEA, mediante oficio de 10 de
noviembre de 2022, de la DGPEM, se remitió a la DGCEA, en su calidad de órgano
ambiental, la solicitud de evaluación de impacto ambiental ordinaria recibida, así como
otra información que se ha considerado relevante, como puede ser el informe y
documentación relativos al trámite de información pública y consultas realizado. Cabe
destacar que, con posterioridad, se han recibido informes extemporáneos que se han
trasladado tanto a «RIPSA» como al órgano ambiental.
Una vez recabada documentación complementaria y realizadas consultas
adicionales, tras la finalización del análisis técnico del expediente de evaluación
ambiental, el órgano ambiental, mediante Resolución de 25 de julio de 2023, de la
DGCEA, publicada en el BOE núm. 182, de 1 de agosto de 2023, ha formulado
declaración de impacto ambiental (DIA en adelante) del proyecto «Abandono definitivo
(P&A) de pozos submarinos (activo Casablanca), Tarragona». En la DIA se establecen
las condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias, que resultan de la evaluación ambiental practicada, en las que se debe
desarrollar el proyecto para la adecuada protección del medio ambiente y los recursos
naturales, sin que esto exima al promotor de la obligación de obtener todas las
autorizaciones ambientales o sectoriales que resulten legalmente exigibles. En el
apartado de la DIA correspondiente a Fundamentos de Derecho, en su apartado 1, se
establecen las condiciones al proyecto, 22 en total, que incluyen tanto condiciones
generales como condiciones relativas a medidas preventivas, correctoras y
compensatorias para los impactos más significativos y condiciones al programa de
vigilancia ambiental.
Por otra parte, con respecto a la solicitud de informes preceptivos contemplados en
diversas normativas sectoriales que se llevó a cabo durante el trámite de información
pública, cabe destacar lo siguiente:
– Informe a la Dirección General de Infraestructura (Ministerio de Defensa) de
acuerdo con lo previsto en la Ley 8/1975, de 12 de marzo, y el Real Decreto 1339/2018,
de 29 de octubre:
Consta informe de 9 de abril de 2022, de la Subdirección General de Patrimonio de la
Dirección General de Infraestructuras del Ministerio de Defensa, en el que se indica que
desde el punto de vista patrimonial no se hacen observaciones, manifestando que no
hay inconvenientes para que se prosiga con su tramitación. No obstante, deja constancia
expresa de que el proyecto definitivo deberá ser remitido a este Departamento, para que
los órganos técnicos de los Estados Mayores de los Ejércitos analicen su incidencia o no
en los intereses de la Defensa Nacional en su faceta de servidumbres aéreas militares.
Esto se encuentra reflejado en el condicionante (16) de la DIA del proyecto.
Posteriormente, se ha recibido informe de 7 de agosto de 2023, de la Subdirección
General de Patrimonio de la Dirección General de Infraestructuras del Ministerio de
Defensa, en el que manifiestan que se ha detectado que el párrafo solicitando el
proyecto definitivo se incluyó por error, ya que en la provincia de Tarragona no existe
ninguna zona afectada por servidumbres aeronáuticas militares, comunicando que no
tiene inconveniente en que se proceda con los trabajos necesarios para el abandono
definitivo y desmantelamiento de los pozos submarinos del activo Casablanca.

cve: BOE-A-2023-22845
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Núm. 269