III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Bachillerato. (BOE-A-2023-22794)
Resolución de 31 de octubre de 2023, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convoca en el año 2024 la prueba para la obtención del título de Bachiller para personas mayores de veinte años en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 268
Jueves 9 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 149215
e) Todos los aspirantes deberán presentar la declaración responsable de no estar
matriculados en las enseñanzas de Bachillerato ni poseer el título de Bachiller, según el
modelo del anexo II.a.
f) Los aspirantes podrán solicitar la exención de la realización de aquellas materias
que pudieran tener la condición de superadas con anterioridad o convalidadas, de
acuerdo con la normativa en vigor. En dicho caso se deberá hacer constar en la solicitud
y se acreditará mediante la aportación de la documentación correspondiente
(certificaciones académicas, fotocopia del libro de calificaciones, etc.).
g) Aquellos aspirantes que en el momento de formalización de la solicitud no
puedan aportar la documentación acreditativa de alguno de los requisitos establecidos
en el artículo 3 de la presente resolución, deberán presentar la declaración responsable
del anexo II.b debidamente cumplimentada. Posteriormente tendrán la obligación de
presentar dicha documentación al menos dos días antes a la realización de la prueba, en
el mismo lugar donde se formalizó la solicitud de participación. Sin dicha documentación
no se tendrá derecho a la realización de los exámenes.
h) Los aspirantes con discapacidad que soliciten medidas de adaptación deberán
especificarlo en el anexo I.a o I.b y deberán presentar certificado o resolución del grado
de discapacidad, emitido por el órgano oficial competente.
i) Todos los aspirantes deberán presentar el anexo III, declaración responsable de
la veracidad de la documentación aportada, manifestando que la misma es copia fiel de
los originales que obran en su poder, sin perjuicio de la posibilidad por parte de la
Administración de requerirles en cualquier momento la documentación original. La
inexactitud, falsedad u omisión en cualquier dato o documento aportado conllevará la
pérdida de todos los derechos derivados de este proceso, con independencia de las
responsabilidades a que hubiera lugar, conforme dispone el artículo 69.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
4. A efectos de organización de las pruebas, los aspirantes indicarán en la solicitud
la modalidad por la que se presentan, el idioma de la Primera Lengua Extranjera y las
materias troncales de opción y específicas elegidas.
1. En esta convocatoria, la prueba tendrá lugar los días 13 y 14 de marzo de 2024.
2. El plazo de presentación de la solicitud para ser admitido en la prueba será
desde el día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta
resolución hasta el día 12 de diciembre de 2023, inclusive.
3. Finalizado el proceso de revisión de las solicitudes presentadas, se emitirá la
resolución por la que se hacen públicos los listados provisionales de los participantes
admitidos y excluidos, a partir del 22 de diciembre de 2023 en el sitio web del Ministerio
de Educación y Formación Profesional: http://www.educacionyfp.gob.es, en los tablones
de anuncios de las Direcciones Provinciales de las ciudades de Ceuta y Melilla y de las
Embajadas o Consulados en donde vayan a realizarse los exámenes. En estos listados
figurará la resolución de las solicitudes de convalidación y consideración de materias
superadas con anterioridad.
4. Los participantes contarán con diez días hábiles para presentar alegaciones a
partir del día siguiente al de la publicación de la resolución por la que se hacen públicos
los listados provisionales de los participantes admitidos y excluidos.
5. En los siete días hábiles siguientes a la finalización del período de reclamación
se dictará y publicará la resolución acompañada de los listados definitivos de aspirantes
admitidos y excluidos, y se enviarán a los centros o lugares donde vaya a realizarse la
prueba precisando la fecha, hora y lugar de realización de los exámenes.
6. Contra la resolución los interesados e interesadas podrán presentar, en el plazo
de un mes, recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Educación.
cve: BOE-A-2023-22794
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 5. Calendario.
Núm. 268
Jueves 9 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 149215
e) Todos los aspirantes deberán presentar la declaración responsable de no estar
matriculados en las enseñanzas de Bachillerato ni poseer el título de Bachiller, según el
modelo del anexo II.a.
f) Los aspirantes podrán solicitar la exención de la realización de aquellas materias
que pudieran tener la condición de superadas con anterioridad o convalidadas, de
acuerdo con la normativa en vigor. En dicho caso se deberá hacer constar en la solicitud
y se acreditará mediante la aportación de la documentación correspondiente
(certificaciones académicas, fotocopia del libro de calificaciones, etc.).
g) Aquellos aspirantes que en el momento de formalización de la solicitud no
puedan aportar la documentación acreditativa de alguno de los requisitos establecidos
en el artículo 3 de la presente resolución, deberán presentar la declaración responsable
del anexo II.b debidamente cumplimentada. Posteriormente tendrán la obligación de
presentar dicha documentación al menos dos días antes a la realización de la prueba, en
el mismo lugar donde se formalizó la solicitud de participación. Sin dicha documentación
no se tendrá derecho a la realización de los exámenes.
h) Los aspirantes con discapacidad que soliciten medidas de adaptación deberán
especificarlo en el anexo I.a o I.b y deberán presentar certificado o resolución del grado
de discapacidad, emitido por el órgano oficial competente.
i) Todos los aspirantes deberán presentar el anexo III, declaración responsable de
la veracidad de la documentación aportada, manifestando que la misma es copia fiel de
los originales que obran en su poder, sin perjuicio de la posibilidad por parte de la
Administración de requerirles en cualquier momento la documentación original. La
inexactitud, falsedad u omisión en cualquier dato o documento aportado conllevará la
pérdida de todos los derechos derivados de este proceso, con independencia de las
responsabilidades a que hubiera lugar, conforme dispone el artículo 69.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
4. A efectos de organización de las pruebas, los aspirantes indicarán en la solicitud
la modalidad por la que se presentan, el idioma de la Primera Lengua Extranjera y las
materias troncales de opción y específicas elegidas.
1. En esta convocatoria, la prueba tendrá lugar los días 13 y 14 de marzo de 2024.
2. El plazo de presentación de la solicitud para ser admitido en la prueba será
desde el día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta
resolución hasta el día 12 de diciembre de 2023, inclusive.
3. Finalizado el proceso de revisión de las solicitudes presentadas, se emitirá la
resolución por la que se hacen públicos los listados provisionales de los participantes
admitidos y excluidos, a partir del 22 de diciembre de 2023 en el sitio web del Ministerio
de Educación y Formación Profesional: http://www.educacionyfp.gob.es, en los tablones
de anuncios de las Direcciones Provinciales de las ciudades de Ceuta y Melilla y de las
Embajadas o Consulados en donde vayan a realizarse los exámenes. En estos listados
figurará la resolución de las solicitudes de convalidación y consideración de materias
superadas con anterioridad.
4. Los participantes contarán con diez días hábiles para presentar alegaciones a
partir del día siguiente al de la publicación de la resolución por la que se hacen públicos
los listados provisionales de los participantes admitidos y excluidos.
5. En los siete días hábiles siguientes a la finalización del período de reclamación
se dictará y publicará la resolución acompañada de los listados definitivos de aspirantes
admitidos y excluidos, y se enviarán a los centros o lugares donde vaya a realizarse la
prueba precisando la fecha, hora y lugar de realización de los exámenes.
6. Contra la resolución los interesados e interesadas podrán presentar, en el plazo
de un mes, recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Educación.
cve: BOE-A-2023-22794
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 5. Calendario.