I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Instituciones de inversión colectiva. (BOE-A-2023-22763)
Real Decreto 813/2023, de 8 de noviembre, sobre el régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión y de las demás entidades que prestan servicios de inversión.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 268

Jueves 9 de noviembre de 2023

Sec. I. Pág. 148963

las condiciones establecidas en dicho apartado para considerarse empresa de servicios
de inversión pequeña y no interconectada.
2. Cuando una empresa de servicios de inversión que no cumpliera todas las
condiciones establecidas en el artículo 12.1 del Reglamento (UE) 2019/2033 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2019, las cumpla
posteriormente, el presente capítulo dejará de aplicarse tras un período de seis meses a
partir del momento en el que cumpla dichas condiciones. El presente capítulo dejará de
aplicarse a una empresa de servicios de inversión tras dicho período únicamente si la
empresa de servicios de inversión hubiera seguido cumpliendo las condiciones
establecidas en el artículo 12, apartado 1, del Reglamento (UE) 2019/2033 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2019, de manera
ininterrumpida durante dicho período y lo hubiera notificado en consecuencia a la CNMV.
3. Cuando una empresa de servicios de inversión determine que ya no satisface
todas las condiciones establecidas en el artículo 12.1 del Reglamento (UE) 2019/2033
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2019, deberá notificarlo a
la CNMV y cumplir lo dispuesto en el presente capítulo en un plazo de doce meses a
partir de la fecha en que haya tenido lugar la evaluación.
4. Las empresas de servicios de inversión aplicarán las disposiciones del
artículo 108 relativas a remuneración variable concedidas por los servicios prestados o el
desempeño durante el ejercicio siguiente a aquel en que se haya llevado a cabo la
evaluación a que se refiere el apartado 3.
5. Cuando sea de aplicación el presente capítulo y se aplique el artículo 8 del
Reglamento (UE) 2019/2033 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre
de 2019, el presente capítulo se aplicará a las empresas de servicios de inversión
individualmente.
Cuando sea de aplicación el presente capítulo y se aplique el artículo 7 del
Reglamento (UE) 2019/2033 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre
de 2019, el presente capítulo se aplicará a las empresas de servicios de inversión
individualmente y en base consolidada.
Como excepción a lo dispuesto en el párrafo segundo, el presente capítulo no se
aplicará a las empresas filiales incluidas en una situación consolidada que estén
establecidas en terceros países, cuando la empresa matriz de la Unión pueda demostrar
a la CNMV que la aplicación del presente capítulo es ilegal con arreglo a la legislación de
los terceros países en que estén establecidas las filiales.
Sección 1.ª
Artículo 102.

Gobierno interno y tratamiento de los riesgos

Requisitos de organización interna.

a) Procedimientos eficaces de identificación, gestión, seguimiento y comunicación
de los riesgos a los que estén o puedan estar expuestas las empresas de servicios de
inversión o de los riesgos que ellas supongan o puedan suponer para terceros;
b) mecanismos adecuados de control interno, incluidos procedimientos
administrativos y contables sólidos.
Artículo 103. Gestión del riesgo y comité de riesgos.
1. De conformidad con lo previsto en el artículo 175 de la Ley 6/2023, de 17 de
marzo, el órgano de administración es el responsable de los riesgos que asuma una
empresa de servicios de inversión. A estos efectos, las empresas de servicios de
inversión deberán establecer canales eficaces de información al órgano de

cve: BOE-A-2023-22763
Verificable en https://www.boe.es

1. Las empresas de servicios de inversión contarán con una estructura organizativa
clara con líneas de responsabilidad bien definidas, transparentes y coherentes.
2. Las empresas de servicios de inversión contarán dentro de sus sistemas de
gobernanza con: